La nueva presidenta de la Audiencia Provincial de Málaga no podrá asumir el cargo

La nueva presidenta de la Audiencia Provincial de Málaga no podrá asumir el cargo

27 / 12 / 2016 05:59

Actualizado el 24 / 04 / 2018 11:07

La magistrada elegida para presidir la Audiencia Provincial de Málaga, Lourdes García Ortiz, de 57 años, es esposa de José Luis López Fuentes, de 58 años, presidente de la Audiencia Provincial de Granada desde el 22 de mayo de 2015.

La Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), aprobada por el Parlamento, prohíbe que un matrimonio -como es el caso- o una pareja de hecho puedan formar parte de una misma Sala de Gobierno, en este caso la del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

El artículo 391 de la LOPJ lo dice con toda claridad: «Tampoco podrán pertenecer a una misma Sala de Gobierno Jueces o Magistrados unidos entre sí por cualquiera de los vínculos a que se refiere el párrafo anterior». Los vínculos a que se refiere el «párrafo anterior» es el «matrimonial o situación de hecho equivalente». 

Y especifica, de un modo expresó: «Está disposición es aplicable a los Presidentes«.

Lourdes García Ortiz fue elegida nueva presidenta de la Audiencia Provincial de Málaga en el Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) del pasado 20 de diciembre.

Obtuvo 11 de los 21 votos frente a los 10 conseguidos por el, hasta entonces presidente de ese órgano judicial, Antonio Alcalá Navarro, de 65 años, que había terminado su primer mandato de 5 años.

El voto decisivo que le dio la Presidencia de la Audiencia Provincial a Lourdes García Ortiz fue el del presidente del órgano de gobierno de los jueces, Carlos Lesmes, magistrado de lo contencioso-administrativo.

Votaron con él, a favor de García Ortiz, Rafael Fernández Valverde, magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo -especialista como Lesmes-, y Gerardo Martínez Tristán, magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, expresidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y exletrado jefe del Servicio de Personal del CGPJ.

Todos ellos, se presupone, que buenos conocedores del articulado de la LOPJ.

Situación prohibida por la Ley

Fuentes judiciales consultadas por Confilegal se preguntan cómo es posible que esto haya sucedido si esta situación está específicamente prohibida por la LOPJ, redactada y sancionada por el legislador, elegido por la voluntad popular. 

Un día antes de la elección de García Ortiz, el 19 de diciembre, se celebró la Sala de Gobierno del TSJA.

En ese marco, algunos de los presentes vieron como los vocales Martínez Tristán y Mar Cabrejas felicitaron efusivamente al marido de Lourdes García Ortiz por la elección que iba a tener lugar al día siguiente, en el Pleno del CGPJ.

Ante esta problemática situación, desde el grupo que votó a García Ortiz ya se está estudiando la defensa legal del nombramiento.

Con toda seguridad se basará en la interpretación del artículo en cuestión, asimilando el «no podrán pertenecer» al «no podrán coincidir», con lo que creen que podrían salvar el enorme escollo que presenta la diáfana redacción del 391.

Si García Ortiz «no coincide» con su marido, López Fuentes, en la Sala de Gobierno del TSJM, de la que ambos son miembros natos (de pleno derecho por su nombramiento), entonces puede ser presidenta de la Audiencia Provincial de Málaga, sería la argumentación.

A juicio, de varios juristas consultados, sería forzar la interpretación de la Ley que, en este caso, no tiene mucha, porque es simple: «no pueden pertenecer».

El presidente de la Audiencia Provincial de Málaga saliente -y principal damnificado-, Antonio Alcalá Navarro, tiene ahora la posibilidad de «emprender las acciones legales a que haya lugar», como se suele decir en la fórmula clásica.

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