La Audiencia Provincial rechaza la recusación del juez ponente, en apelación, del "caso Rita Maestre"

La Fiscalía de Madrid investiga unas amenazas de muerte hacia Rita Maestre y algunos magistrados

1 / 02 / 2017 13:52

Actualizado el 01 / 02 / 2017 13:55

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La Audiencia Provincial de Madrid ha remitido a los Juzgados de Plaza de Castilla un escrito anónimo en el que se amenaza de muerte a la portavoz del Ayuntamiento de Madrid, Rita Maestre, y a los magistrados que la absolvieron por unanimidad en el caso del ‘asalto a la capilla’ de la Complutense.

El anónimo fue recibido por la Sección 16 de la Audiencia días después de la resolución judicial. Se trata de unas frases escritas con un rotulador negro sobre una hoja de periódico en la que se informa de dicha absolución.

«Rita y 16, unos tiritos en la sien. Sección 16, había que daros 16 tiros en la sien, hijos de puta, ojalá haya una guerra civil para ir a por vosotros, ¡sois basura!«, es el texto literal de las amenazas, adelantado por la Cadena Ser y confirmado a Europa Press por fuentes judiciales.

Ante la gravedad de las mismas, y teniendo en cuenta que además de los magistrados van dirigidos a un cargo público, han sido remitidas para su investigación a los Juzgados de Plaza de Castilla.

También se han incorporado a la causa judicial.

ABSOLUCIÓN EN DICIEMBRE

La Audiencia Provincial de Madrid decidió en diciembre dejar absuelta a la portavoz del Ayuntamiento de Madrid, Rita Maestre, del delito de ofensa a los sentimientos religiosos por el que había sido condenada a una multa de 4.320 euros por el asalto en 2011 a la capilla del campus de Somosaguas de la Universidad Complutense de Madrid (UCM).

Los hechos objeto del procedimiento se produjeron la mañana del 10 de marzo de 2011 cuando un grupo de personas accedieron a la capilla a las 11.30 horas, entre ellas Maestre. En el juicio, la concejal de Ahora Madrid afirmó ante el juez que «un torso desnudo» no era un gesto ofensivo, mientras que el fiscal sí entendía que su intención era ofender a los ánimos de los presentes.

La Audiencia madrileña manifestó entonces que «aunque en ciertos ámbitos» el acto de protesta en la capilla denunciado «puede ser valorado como claramente irrespetuoso» no concurre el «componente de profanación» exigible para aplicar el tipo penal impuesto en la condena. (EP)

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