Dos años de cárcel para un tuitero por incitar al asesinato de mujeres

Dos años de cárcel para un tuitero por incitar al asesinato de mujeres

|
03/2/2017 05:58
|
Actualizado: 02/2/2017 21:19
|

La Audiencia Nacional ha condenado a dos años de cárcel a un joven de 21 años, Berenguer Jordi Moya, por un delito de odio y otro de enaltecimiento del terrorismo por incitar desde su cuenta de Twitter al asesinato machista de mujeres y a la comisión de un atentado yihadista en la Puerta del Sol de Madrid.

La Sección cuarta de lo penal de la Audiencia Nacional, formada por Ángela Murillo, Teresa Palacios y Juan Francisco Martel, asegura en su sentencia que el intento de justificar estos tuits por parte del acusado, Berenguer Jordi Moya, nacido en Barcelona, «dejaron al Tribunal perplejo y demudado».

En su declaración en el juicio, celebrado el pasado 24 de enero, Moya alegó que su intención con estos comentarios era llamar la atención sobre la problemática de la violencia de género a modo de «experimento sociológico» al percibir que este fenómeno solo tenía repercusión en Twitter.

Tuiteaba mensajes como «53 asesinadas por violencia de género machista en lo que va de año, pocas me parecen con la de putas que hay sueltas». También difundió a sus 2000 seguidores: «Este año finalizará con 56 asesinadas, no es una buena marca pero se hizo lo que se pudo, a ver si en 2016 doblamos esa cifra, gracias».

U otros de carácter ofensivos o denigrantes como «Marta del Castillo era feminista y se tiró al río porque las mujeres se mojan por la igualdad» o «A mí me gusta follar contra la encimera y los fogones, porque pongo a la mujer en su sitio por parte doble«. En su defensa llegó a declarar que estos comentarios formaban parte de ese experimento enfocado «en plan broma o humor negro», pero se le fue de las manos por su ignorancia, según dijo.

Esta explicación, indica la sentencia, es «imposible» de sostener «y menos aún» «cuando lo que revelan es todo menos una preocupación existente en la sociedad».

Es más subraya el tribunal, «Lo que denotan es justamente lo contrario al sentir general, que no broma ni humor negro tampoco, que de serlo, de sumo mal gusto. Lo que rezuman los contenidos de los tuits es la discriminación hacía la mujer».

En otros tuits  justificaba el terrorismo, llegó a escribir mensajes cómo «Ahora solo falta un atentado en Madrid, unos cuantos españoles muertos y un 2015 de puta madre» o «Ya tengo los explosivos preparados para esta noche liarla en Sol, Feliz Año, Alá es grande!». Respeto a estos mensajes, el acusado sostuvo que se refería a que todos sus amigos de Madrid «iban a estallar de felicidad» y que la Puerta del Sol es muy grande.

Sin embargo, estos comentarios que pretendió justificar «no constan que fueran acompañados de una explicación que los banalizase, con lo que al usuario de las redes lo que le llega es la alabanza a las masacres causadas por el terrorismo, justamente, a ciudadanos de una sociedad que ha sido su objetivo» y en fechas «de concurrencia multitudinaria en la calle», destaca la sentencia.

Ante tales comentarios, la cuenta de correo de la Policía recibió emails de ciudadanos quejándose e incluso dos particulares presentaron denuncias en comisarías de Zamora y Santa Cruz de Tenerife.

El acusado contaba con dos cuentas de esta red social en las que tenía unos 2.000 seguidores, pero una se la cerraron «seguramente por los contenidos», ha dicho.

Cuando ese cuenta fue cerrada, el acusado empleó una segunda para seguir con sus mensajes en la que difundió una imagen de una mujer maltratada con el lema «Ya la he maltratado, tu eres la siguiente».

Berenguer Jordi Moya al que en principio no identificaron distintos cuerpos policiales, fue localizado a través de su novia y ya en Comisaría admitió ser la persona que había escrito esos comentarios en Twitter.

NO HAY CABIDA PARA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Según la sentencia, «en el caso que nos ocupa, no encuentran amparo ni justificación en el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión los mensajes emitidos por el acusado», puesto que  aquel derecho no ampara sino al revés, la prohibida alabanza de actividades terroristas al margen de su efectivo y actual acaecimiento»

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales