Fachada de la Ciudad de la Justicia de Valencia

Pena de prisión para una testigo protegido que acusó falsamente a su exnovio

3 / 04 / 2017 05:58

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La magistrada juez del Juzgado de lo Penal 7 de Valencia, Pilar Clavo Costa, ha condenado a Carolina Herrero, de 30 años, a seis meses de prisión y a una multa de 360 euros por un delito probado de falso testimonio.

Herrero mintió ante la Policía al acusar a su exnovio de un delito de asesinato, otro de robo con violencia, uso de armas y daños, sobre los que se retractó después ante el tribunal del caso, que resultó ser el de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia, en un juicio que tuvo lugar el 29 de enero de 2015.

«En la vista del Juicio Oral» -dice la sentencia- «compareció aún con la condición de testigo protegida, la acusada, y habiendo prestado juramento o promesa de decir verdad y siendo advertida por la autoridad del delito de falso testimonio, no ratificó sus declaraciones anteriores y manifestó que la policía le presionó para que contara unos hechos que implicaran a Osel A. bajo la amenaza de acusarla, en caso contrario de cómplice de asesinato».

Herrero había relatado, el 22 de abril de 2010, ante la Brigada de Investigación de Delitos contra las Personas de la Policía Nacional que su exnovio -con el que había mantenido una relación de dos meses- le había enseñado un vídeo de un hombre al que tres personas y él habían secuestrado y después, supuestamente, asesinado.

«Osel, visiblemente alterado y nervioso» -dice la sentencia que contó la condenada- «se puso unos guantes y sacó del aparador un teléfono móvil de última generación que sabía que no era suyo y le mostró un vídeo de una duración de un minuto donde se veía un maletero abierto de un coche y en su interior la silueta de un varón adulto tumbada boca abajo que se quejaba de forma agónica».

«Añadiendo que mientras se proyectaba el vídeo, Osel le dijo hasta en tres ocasiones ‘se nos ha muerto, se nos ha muerto’, marchándose a continuación aturdida por lo presenciado», agrega la sentencia en el apartado de hechos probados.

Luego añade la sentencia que la condena por falso testimonio que, desde ese día, Osel y su amigo Fernando presumían en el barrio de haber matado al hombre al que le querían robar cocaína.

Herrero se ratificó más tarde ante el magistrado juez del Juzgado de Instrucción 2 de Sagunto.

De todo se desdijo después ante el tribunal de la Audiencia Provincial. Según la mujer, «la policía le presionó para que contara unos hechos que implicaran a Osel A. bajo la amenaza de acusara, en caso contrario, de cómplice de asesinato».

El resultado fue la absolución de Osel.

«La acusada, bien en su declaración judicial, que ratificaba la policial, bien en su declaración de la vista del juicio oral, faltó abiertamente, de forma consciente y voluntaria a la verdad, declarando hechos que no respondían a la realidad», dice tajante la magistrada Calvo Costa.

La sentencia es firme, ya que es fruto de una conformidad entre las partes, tras la aplicación del artículo 458 del Código Penal.

Herrero no pisará, sin embargo, la cárcel.

La pena queda suspendida y condicionada a que no delinca durante dos años a partir del 12 de diciembre de 2016, que es la fecha de la sentencia que se ha conocido ahora.

 

 

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