Los JUZGADOS NAVARROS recibirán las demandas y querellas DE FORMA TELEMÁTICA

Una empleada de banca condenada a 4 años de prisión por apropiarse de casi 500.000 euros de clientes

10 / 05 / 2017 12:19

Actualizado el 11 / 05 / 2017 12:30

En esta noticia se habla de:

La Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha condenado a 4 años y seis meses de prisión por un delito continuado de estafa a una empleada de una entidad bancaria de Pamplona que se apropió de un total de 483.981,28 euros de sus clientes, cantidad que la entidad tuvo que abonar inicialmente a los perjudicados.

En la sentencia, el tribunal considera probado que la acusada, «valiéndose de su condición de empleada» del banco y de la «total confianza» de sus clientes, algunos de edad avanzada, retiró «importantes» cantidades de dinero de sus cuentas corrientes.

Estas retiradas de fondos las efectuaba mediante operaciones bancarias cuyos justificantes hacía firmar a sus clientes, quienes lo hacían «desconociendo la operación bancaria que reflejaban esos justificantes, creyendo que obedecían a operaciones ordinarias» y «desconociendo que realmente mediante tales operaciones eran retiradas cantidades que les pertenecían». La acusada hacía suyo ese dinero o lo destinaba a una sociedad familiar de la que era administradora solidaria.

Los servicios de auditoría del banco detectaron «irregularidades» en la actuación de la acusada y mantuvieron el 31 de marzo de 2015 una entrevista con ella. Tras esta entrevista, la acusada contactó con los titulares de las cuentas bancarias solicitándoles que firmasen un documento reconociendo haberle prestado las cantidades de las que se había apropiado, documento que fue firmado por la mayoría de los clientes, según añade la sentencia.

Posteriormente, los usuarios de la entidades negaron haber prestado dinero a la acusada tanto a la entidad bancaria como al juzgado de instrucción.

Por todo ello, el juez ha condenado a la acusada a cuatro años y 6 meses de prisión por un delito continuado de estafa y al pago doce meses de multa, a razón de una cuota diaria de doce euros. Asimismo, debe indemnizar la cantidad de 483.981,28 euros a la entidad bancaria. Por otro lado, ha sido absuelta del delito de falsedad en documento mercantil.

La resolución no es firme y contra ella puede interponerse recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. (EP)

Noticias relacionadas:

La Ley de Segunda Oportunidad exonera a una deudora de buena fe de pagar 71.594 euros

El Supremo obliga a AENOR a pagar la gratificación íntegra de jubilación a una trabajadora en jubilación parcial

“Un minuto de conclusiones”: el tiempo de los jueces que corre en contra de abogados y representados

El depósito judicial de Málaga sufre 16 asaltos para robar pruebas

Arranca el juicio contra Rodrigo Rato por defraudar a Hacienda 8,5 millones, supuestamente

El TSX de Galicia confirma condena al SERGAS tras una intervención en el oído que le provocó la muerte a una paciente

Lo último en Tribunales

despido improcedente llegar tarde

Retrasarte dos o cuatro minutos al entrar al trabajo no es motivo para el despido, aunque sea frecuente

leire díez en ferraz

Leire Díez niega que buscara desestabilizar causas judiciales del PSOE y sostiene que actuó únicamente como periodista

menores migrantes canarias gobierno ts

La Fiscalía advierte de que actuará si las CCAA rechazan acoger a menores migrantes de Ceuta

MASC-1067x600

La negociación entre los abogados de las partes es suficiente para cumplir con el MASC

consentimeinto llamda spam

10.000 euros de sanción por realizar una llamada de spam de 46 segundos a un cliente de la lista Robinson