El violador del parque seguirá en prisión hasta 2031 por la «extrema gravedad» de los hechos
En el juicio, la Audiencia de Sevilla rechazó imponer prisión permanente al violador del parque y le condena a 39 años de cárcel. (EP)

El violador del parque seguirá en prisión hasta 2031 por la «extrema gravedad» de los hechos

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26/7/2017 16:06
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Actualizado: 26/7/2017 16:06
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La Audiencia de Sevilla ha rechazado poner en libertad a Francisco Morillo Suárez, condenado a 39 años de cárcel por la violación y asesinato de una joven en el parque de María Luisa de Sevilla, debido a la «peligrosidad» del condenado y a la «extrema gravedad» de los hechos.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Primera rechaza así la petición realizada por el abogado del acusado para que se pusiera en libertad a su cliente mientras se tramita el recurso que ha presentado ante el TSJA para que se le imponga una pena máxima de diez años de prisión, algo a lo que se opusieron tanto la Fiscalía como la familia de la víctima.

En este sentido, el tribunal argumenta que, en este caso, salvo el peligro de destrucción u ocultación de pruebas porque el juicio ya ha sido celebrado, «se dan todos los requisitos exigidos en el artículo 503 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el mantenimiento y la prórroga de la prisión«.

Todo ello, según argumenta, «en atención a la gravedad» de los delitos por los que ha sido condenado (agresión sexual y asesinato), a la extensión de la pena impuesta (15 y 24 años de prisión, respectivamente, con el límite máximo de cumplimiento de 30 años), y a las circunstancia del procesado, «que permiten deducir la existencia de un riesgo de fuga por la gravedad de las penas impuestas«.

La Audiencia agrega, asimismo, que tampoco puede descartarse «la reiteración delictiva dada la pluralidad de denuncias formuladas contra él por su compañera sentimental desde el año 2006 hasta meses antes de ocurrir los hechos que motivan las presentes actuaciones», según el auto consultado por Europa Press.

Además, el tribunal dice que concurre una circunstancia «especialmente determinante sobre las demás» que «evidencia la mayor peligrosidad del condenado y que lo hacen merecedor del mantenimiento de la medida cautelar» de prisión provisional acordada el 8 de marzo de 2016 y la prórroga solicitada por la acusación, como es la «extrema gravedad» de los hechos, «de acreditarse su participación en los mismos, según resulta del relato de la sentencia pendiente de recurso de apelación» ante el TSJA.

La acusación y la Fiscalía se opusieron a la libertad provisional

En la audiencia de la semana pasada, la acusación particular y el Ministerio Público se opusieron a la libertad provisional «por el evidente riesgo de fuga al haber sido condenado a 39 años y carecer de arraigo».

En una sentencia dictada en junio pasado, la Audiencia condenó al hombre a 24 años de cárcel por asesinato y 15 por agresión sexual, aunque no le condenaron a prisión permanente revisable, como pedía la Fiscalía y la acusación particular.

Francisco Morillo Suárez fue condenado por unos hechos en los que el propio tribunal destacó la «brutalidad» de lo ocurrido, y en la sentencia reflejaba que agredió sexualmente en dos ocasiones a la mujer, y en la segunda le provocó una hemorragia abundante que el ahora condenado pudo advertir y que finalmente le causó la muerte.

Sin embargo, en vez de llamar a un médico para que la atendieran, se limpió la sangre, la vistió y la trasladó a otro lugar cercano «dejándola abandonada a su suerte», como dijo el tribunal en su sentencia y recuerda la Fiscalía.

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