El Supremo ordena al CGPJ aprobar un nuevo escalafón para la 64ª promoción de jueces

Los presidentes de los TSJ subrayan que «la Constitución no es un límite para la democracia, sino su mayor garantía»

4 / 10 / 2017 14:15

Actualizado el 07 / 03 / 2022 13:59

Los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia, reunidos en Oviedo del 2 al 4 de octubre, han aprobado por unanimidad un documento de conclusiones de sus Jornadas, en el que incluyen una declaración institucional en la que afirman que “la Constitución no es un límite para la democracia, sino su mayor garantía”. Además, muestran su “respeto, solidaridad y apoyo” a los jueces catalanes. 

Los presidentes de TSJ recuerdan que la mayor grandeza del sistema constitucional español es que permite defender cualquier idea aunque sea contraria al propio orden constitucional, siempre que se respete la democracia, los derechos fundamentales y el imperio de la ley.

Consideran que al Poder Judicial concierne la defensa de los derechos reconocidos en la Constitución y en la ley y señalan que “sedes judiciales cercadas, jueces y demás servidores públicos hostigados, persecución del diferente, mandatos judiciales incumplidos son ataques frontales al Estado de Derecho”.

En su declaración institucional, los máximos responsables judiciales expresan su respeto, solidaridad y apoyo al presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, y a magistrados, jueces y demás servidores públicos, que “pese a las presiones sufridas se mantienen firmes en la defensa del Estado de Derecho”.

Protección social de la carrera judicial

Los presidentes de los TSJ de España indican en sus conclusiones que la profunda transformación de la carrera judicial, la sobrecarga de trabajo de los órganos judiciales y la introducción de las nuevas tecnologías exigen una revisión y ordenación de la protección social de los jueces, a fin de ubicarla como un elemento esencial del estatuto judicial.

En este sentido, reivindican como presupuesto sustancial de la independencia judicial el reconocimiento de los derechos profesionales de los jueces, entre los que se incluyen la independencia económica, la igualdad de mujeres y hombres, la protección frente al acoso, la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, la protección de la salud y la prevención de riesgos laborales.

Los presidente de TSJ señalan como muy positivo el hecho de que el Pleno del CGPJ de 26 de julio de 2017 acordase tomar en consideración “como principios programáticos de su actuación en materia de protección social de la Carrera Judicial” las 130 propuestas contenidas en el documento elaborado por el Grupo de Trabajo creado al efecto, y asumen el compromiso de promover la protección social de los jueces españoles.

Expediente judicial

 Los presidentes de TSJ afirman en su documento de conclusiones que “el expediente judicial electrónico desarrollado por el Ministerio de Justicia ha respondido, hasta la fecha, a una implantación tan ambiciosa como improvisada”.

 También realizan en esta materia diversas consideraciones:

1.- El expediente judicial electrónico se ha diseñado pensando más en la oficina judicial que en la labor jurisdiccional, por lo que no constituye una herramienta eficaz para jueces y magistrados.

2.- Parece necesario realizar una auditoría sobre el estado y situación de la digitalización de la Justicia.

3.- Hay que garantizar la participación del Poder Judicial para velar por la seguridad de las redes de comunicaciones y aplicaciones para el acceso al expediente judicial electrónico y en la protección jurídica de sus datos e información.

4.- Se debe unificar en todo el territorio nacional las diferentes aplicaciones de gestión procesal y de acceso al expediente judicial electrónico.

Asumiendo que, de acuerdo al informe Gartner, los actuales sistemas de gestión procesal habrán de subsistir al medio plazo, sus propietarios (Ministerio de Justicia y Comunidades Autónomas) debieran dirigir su respectivo desarrollo hacia aquellos aspectos que en el medio plazo vayan a constituir su particular aportación al sistema común integrado.

5.- Constitución de una organización integrada por los titulares de cada sistema de gestión procesal, por el Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía General del Estado que acometa el objetivo de construir un nuevo sistema de gestión procesal.

6.- Es imprescindible que se tome en consideración y se evalúen las consecuencias que la implantación del expediente digital está teniendo en la carga de trabajo profesional de los jueces y se articulen, en consecuencia, las medidas necesarias para la protección de su salud laboral.

7.- Es inexcusable el establecimiento igualmente de un único cuadro de mandos digital para las
diferentes tareas que deben realizar los jueces/as en relación con su función

Reforma del sistema de justicia

 Los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia destacan en sus conclusiones una serie de principios programáticos en materia de reforma del sistema de justicia, entre los que se incluyen:

1.- La transformación tecnológica es un camino sin retorno. Se debe avanzar en el proceso de mejora de la justicia digital sumando los recursos técnicos  que supongan una mejora efectiva de la función jurisdiccional.

2.- Necesidad de modernizar el sistema procesal penal, que supere el modelo actual, lastrado en su funcionamiento y con una exasperante lentitud.

3.- Estancamiento de la mediación penal. Las Administraciones deben involucrarse en la formación, ayuda material y difusión de la mediación.

4.- La organización territorial judicial no responde a criterios de racionalidad y eficacia. Es una reforma judicial acuciante y es responsabilidad de quienes ostentan el poder ejecutivo abordar el diseño de un nuevo modelo de organización judicial.

5.- Necesidad de afrontar una reorganización funcionarial y una política decidida de redistribución de funcionarios. Apostar por una mayor flexibilidad frente a un modelo vinculado a la rigidez.

6.- La mejora del sistema de justicia debe avanzar sobre el triple eje de refuerzo de la independencia judicial, progreso en la calidad y eficacia de la administración de justicia y mejora de las condiciones de ejercicio de la jurisdicción.

Texto íntegro de las conclusiones

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