La causa sobre el PATRIMONIO DE RODRIGO RATO, vuelve a los JUZGADOS DE MADRID

La Audiencia Provincial ordena reabrir la pieza de blanqueo en el caso Rato

5 / 10 / 2017 11:41

Actualizado el 02 / 08 / 2018 13:37

La Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado al Juzgado de Instrucción nº 31 de Madrid, que instruye el caso Rato, que reabra la pieza relativa al blanqueo de capitales que pudo cometer el exvicepresidente económico del Gobierno, Rodrigo Rato, por las actividades económicas de sus sociedades Vivaway y Krandora.

La Sala estima parcialmente el recurso interpuesto por la Fiscalía Anticorrupción contra el sobreseimiento que dictó el juez Antonio Serrano-Arnal el pasado mes de mayo y le pide que siga investigando si el exdirector gerente del Fondo Monetario Internacional (FMI) incurrió en un delito de blanqueo de capitales al entender que existen indicios suficientes de que «ha tenido sociedades domiciliadas en el extranjero utilizando como testaferros a sociedades fiduciarias, sin actividad social conocida».

El magistrado Serrano-Arnal sobreseyó esta pieza de la investigación, abierta tras un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) que apuntaba que Rato se aprovechó del proceso de privatización de empresas propiedad del Estado, como Endesa, Repsol o Telefónica, para «colocar» en los puestos de dirección a personas de su confianza. El juez sobreseyó la pieza al entender que el informe de la Guardia Civil carecía de «sustento básico».

Ahora la Audiencia Provincial de Madrid estima el recurso presentado por la Fiscalía Anticorrupción y le ordena reabrir esta parte de la investigación al concluir que el «fin último» de las actividades de sus sociedades era «defraudar a la «Hacienda Pública mediante el envío a dichas sociedades de cantidades de dinero que permanecían de este modo oculto al Fisco». Posteriormente, añade, las cantidades defraudadas han retornado al circuito económico mediante su transferencia a otras sociedades.

NO SE INVESTIGA DELITO DE COHECHO

No obstante, establece que se mantenga el sobreseimiento provisional por el delito de cohecho. En relación a este tipo delictivo, el juez Serrano-Arnal apuntó que, de haberse producido, estaría prescrito desde 2014, diez años después de su salida del Ejecutivo, por lo que no cabe investigación relativa a estos hechos.

Al respecto, los magistrados de la Audiencia Provincial exponen que, dado el cargo que ostentó en el Ejecutivo, «es perfectamente creíble que su opinión fuera especialmente relevante para nombrar a dichos presidentes», ahora bien, «afirmar que los nombramientos de tales presidentes tenían como finalidad facilitar el lucro ilícito de la familia Rato a través del cobro de comisiones o sobreprecios es una conclusión que no se sostiene», precisa el escrito.

INFORME DE LA UCO

La Guardia Civil expuso en su informe que el investigado se valió de su influencia en dichos nombramientos para luego obtener «sustanciosos contratos de publicidad» a través de la sociedad Cor Comunicación — creada con sus hermanos y cuyo control adquirió por completo en 2013– y otras derivadas también bajo su control como Muinmo o Emisoras Rato.

En base a estas pesquisas, Anticorrupción recurrió el sobreseimiento y solicitó al magistrado que volviera a citar a declarar al exvicepresidente del Gobierno, que ya ha prestado declaración hasta cuatro veces en el marco de esta causa que investiga el origen presuntamente ilícito de su fortuna. (EP)

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