El BOE publica el decreto que facilita el cambio de sede social de las empresas

El BOE publica el decreto que facilita el cambio de sede social de las empresas

7 / 10 / 2017 09:33

El BOE de hoy publica el Real Decreto Ley de medidas urgentes en materia de movilidad de operadores económicos dentro del territorio nacional, que reforma la Ley de Sociedades. La norma permite que las empresas cambien su sede social pese a que sus estatutos establezcan de forma clara que esa decisión corresponde a la Junta de Accionistas.

Con la entrada en hoy en vigor de este Decreto Ley, cualquier Consejo de Administración ya puede tomar esa decisión de forma exprés sin tener que convocar a la Junta, como anunció ayer el Consejo de Ministros.

Según reconoció el ministro Luis de Guindos, se trata de una medida adoptada “a petición de instancias empresariales”. Con ella, las empresas que tengan intención de modificar su sede social fuera de Cataluña ante una eventual declaración de independencia, ya tienen vía libre.

CaixaBank ha decidido trasladar su sede social a Valencia por la incertidumbre política en Cataluña, una medida que han adoptado también la multinacional Gas Natural Fenosa, que llevará su domicilio a Madrid, y otras empresas catalanas como Dogi, Banco Mediolanum, Arquia Banca o Service Point.

Según el propio documento, la necesidad de poder cambiar de domicilio social de forma rápida y sencilla es “especialmente acuciante” porque hay muchos movimientos en el último trimestre de cada año. Eso sí, y esta es la única vez que, sin hacerlo de forma directa, el Decreto Ley alude a la situación en Cataluña: esas decisiones, “en el contexto actual, pueden venir motivadas por las especiales circunstancias que caracterizan el momento en que esta norma va a entrar en vigor”.

Esta no es la primera vez que la Ley de Sociedades se modifica a petición de las propias empresas, como aseguró ayer el ministro. En 2015, otra ley (la de medidas urgentes en materia concursal) ya estableció que el Consejo de Administración podía cambiar el domicilio social de la empresa salvo que los estatutos dijeran lo contrario.

Con esta medida se pretende dar vía libre al cambio de domicilio social en las empresas en las que, pese a la reforma de 2015, mantuvieron en sus reglas internas, pese a no estar obligadas, que esta decisión era de la Junta de Accionistas.

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