Un juzgado abre diligencias por un presunto delito de incitación al odio en el ámbito escolar en la Seu d’Urgell
Fachada de los juzgados de La Seu d'Urgell (Lérida).

Un juzgado abre diligencias por un presunto delito de incitación al odio en el ámbito escolar en la Seu d’Urgell

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10/10/2017 13:07
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Actualizado: 10/10/2017 13:33
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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de La Seu d’Urgell (Lleida) ha acordado abrir diligencias por un presunto delito de incitación al odio en el ámbito escolar, ante las denuncias de varios padres por los supuestos comentarios, humillaciones e insultos realizados por algunos profesores, así como actitudes amparadas por el director del centro.

En su auto, el juez Ignacio Risueño Puchades ha decidido incoar diligencias previas para la comprobación de los hechos denunciados.

En su escrito, recuerda que el Art. 510 Código Penal, en su apartado primero castiga a quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.

Unas conductas que podrían ser «castigadas con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses», según el Código Penal.

El juez, señala que este tipo delictivo responde a una «conducta legalmente definida como delito mediante la cual el autor expresa odio, hostilidad o discriminación hacia un grupo social. En este caso, el grupo se determinaría por su pertenencia a una profesión».

En el caso de autos, «podría ser que los profesores indicados y el director del centro educativo, incitaran de manera directa a sus alumnos (de edades muy tempranas y en consecuencia moldeables, máxime por quien ostenta un principio de autoridad frente a ellos) a la comisión de hechos mínimamente concretados de los que pueda predicarse la discriminación, el odio, hostilidad o la violencia contra los referidos grupos o asociaciones y por las razones que se especifican en el precepto».

Según el auto del juez de La Seu d’Urgell «Hasta tal punto existen indicios de lo indicado, que según se relata en la denuncia un alumno de dicho centro habría sufrido humillaciones, insultos e incluso agresiones al ser su madre miembro de la Guardia Civil, y ser este hecho conocido por el resto de alumnos y profesores».

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