Un juzgado abre diligencias por un presunto delito de incitación al odio en el ámbito escolar en la Seu d'Urgell

Un juzgado abre diligencias por un presunto delito de incitación al odio en el ámbito escolar en la Seu d’Urgell

10 / 10 / 2017 13:07

Actualizado el 10 / 10 / 2017 13:33

En esta noticia se habla de:

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de La Seu d’Urgell (Lleida) ha acordado abrir diligencias por un presunto delito de incitación al odio en el ámbito escolar, ante las denuncias de varios padres por los supuestos comentarios, humillaciones e insultos realizados por algunos profesores, así como actitudes amparadas por el director del centro.

En su auto, el juez Ignacio Risueño Puchades ha decidido incoar diligencias previas para la comprobación de los hechos denunciados.

En su escrito, recuerda que el Art. 510 Código Penal, en su apartado primero castiga a quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.

Unas conductas que podrían ser «castigadas con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses», según el Código Penal.

El juez, señala que este tipo delictivo responde a una «conducta legalmente definida como delito mediante la cual el autor expresa odio, hostilidad o discriminación hacia un grupo social. En este caso, el grupo se determinaría por su pertenencia a una profesión».

En el caso de autos, «podría ser que los profesores indicados y el director del centro educativo, incitaran de manera directa a sus alumnos (de edades muy tempranas y en consecuencia moldeables, máxime por quien ostenta un principio de autoridad frente a ellos) a la comisión de hechos mínimamente concretados de los que pueda predicarse la discriminación, el odio, hostilidad o la violencia contra los referidos grupos o asociaciones y por las razones que se especifican en el precepto».

Según el auto del juez de La Seu d’Urgell «Hasta tal punto existen indicios de lo indicado, que según se relata en la denuncia un alumno de dicho centro habría sufrido humillaciones, insultos e incluso agresiones al ser su madre miembro de la Guardia Civil, y ser este hecho conocido por el resto de alumnos y profesores».

Noticias relacionadas:

Pedraz rechaza que el coronel Daniel Baena ejerza la acusación particular en el «caso Leire Díez» por falta de «datos concretos»

No toda brecha acaba en multa: la AEPD archiva el caso de la Guardia Civil civil que afectó a los datos de 50.000 agentes

Pedraz cita como investigado a Leonardo Marcos, exdirector de la Guardia Civil, en el ‘caso Leire Díez’

Un testigo afirma que Koldo le dijo que Leire Díez tenía acceso a Sánchez y a la cúpula del PSOE

Opinión | Duelo a garrotazos: El cuadro que Goya pintó para nadie y que hoy nos retrata a todos

El coronel de la Guardia Civil purgado por investigar el ‘lazo’ Puigdemont-Putin se persona contra Leire Díez

Lo último en Tribunales

silencio no respuesta

El silencio no es una respuesta en la protección de datos: la AEPD endurece el el derecho de acceso

denegacion teletrabajo justificar

6.000 euros de indemnización por denegar el teletrabajo a una empleada que necesitaba cuidar a sus hijos con discapacidad

festivos dias descanso

El 15 de agosto cae en sábado: ¿debe compensarse el festivo cuando coincide con el día de descanso?

derecho de acceso

El despido no borra el derecho a saber qué huella digital guarda la empresa sobre ti

leire díez en ferraz

El juez Zamarriego apunta que Santos Cerdán acordó pagar a Leire Díez «por sus servicios» con fondos del PSOE