El juez de la Seo de Urgell mantiene imputados a 8 profesores por un supuesto delito de odio

8 / 11 / 2017 06:05

Actualizado el 02 / 08 / 2018 13:37

En esta noticia se habla de:

El magistrado Ignacio Risueño Puchades, titular del Juzgado de Instrucción 1 de La Seu de Urgell (Lleida), que investiga a ocho profesores del municipio por un presunto delito de incitación al odio por comentarios en tres centros educativos sobre las cargas policiales en el referéndum ilegal del 1 de octubre, los mantiene con cargos tras tomarles declaración ayer martes.

El juez no acordó ninguna otra diligencia ni medidas cautelares y la investigación continua, según informó en un comunicado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

Los ocho profesores de los centros Albert Vives, Pau Claris y La Salle mantienen la condición de investigados en la causa abierta a raíz de once denuncias de particulares, entre ellas la de una pareja de guardias civiles, padres de un niño que asiste a las clases de uno de los centros.

Los profesores recibieron muestras de apoyo en la puerta de los juzgados, entre ellos de la Associación de Maestros, la Federación de Madres y Padres de Cataluña, la Marea amarilla y el sindicato Ustec-STEs.

A la puerta del juzgado acudieron los 25 directores de las escuelas La Salle de toda Cataluña para apoyar a la directora del centro de La Seu d’Urgell y mostrar su rechazo al proceso judicial.

El director de la Xarxa d’Obres Educatives en La Salle Catalunya, Jordi Jover, explicó la razón por la que los directores han acudido a La Seu: «Hemos venido a apoyar a la directora de la escuela y por extensión a toda la comunidad educativa de La Seu en este momento, al que nosotros no estamos habituados».

«Nosotros estamos para dar clases, educar, para trabajar cada día, para trabajar por la paz, la solidaridad y la justicia y nada más, para que los alumnos sean felices yendo a la escuela», ha agregado.

ENSEÑANZA NO VE MOTIVOS DE MALA PRAXIS

El director de los Servicios Territoriales de Enseñanza de Lleida, Miquel Àngel Cullerés, mostró su confianza en que el juez de La Seu d’Urgell «archive el caso», argumentando que la Conselleria no ve motivos de que haya habido mala praxis profesional de los docentes.

«Han salido con libertad sin ningún tipo de medida cautelar, esto nos satisface momentáneamente y esperamos que el juez resuelva en el sentido de la confianza que tenemos nosotros puesta en los docentes, en su profesionalidad», ha explicado.

Cullerés estuvo en los juzgados, según ha dicho, para dar apoyo, como departamento a estos docentes de dos escuelas públicas y ha explicado que los profesores están «serenos porque no han hecho nada mal hecho».

EL JUEZ RISUEÑO LO VIO CLARO

El magistrado Ignacio Risueño Puchades decidió incoar diligencias previas para la comprobación de los hechos denunciados.

En su escrito, recordaba que el artículo 510 del Código Penal, en su apartado primero castiga a quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.

Unas conductas que podrían ser “castigadas con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses”, según el Código Penal.

El juez, señala que este tipo delictivo responde a una “conducta legalmente definida como delito mediante la cual el autor expresa odio, hostilidad o discriminación hacia un grupo social. En este caso, el grupo se determinaría por su pertenencia a una profesión”.

En el caso de autos, “podría ser que los profesores indicados y el director del centro educativo, incitaran de manera directa a sus alumnos (de edades muy tempranas y en consecuencia moldeables, máxime por quien ostenta un principio de autoridad frente a ellos) a la comisión de hechos mínimamente concretados de los que pueda predicarse la discriminación, el odio, hostilidad o la violencia contra los referidos grupos o asociaciones y por las razones que se especifican en el precepto”.

Según el auto del juez de La Seu d’Urgell “Hasta tal punto existen indicios de lo indicado, que según se relata en la denuncia un alumno de dicho centro habría sufrido humillaciones, insultos e incluso agresiones al ser su madre miembro de la Guardia Civil, y ser este hecho conocido por el resto de alumnos y profesores”.

Noticias relacionadas:

La Audiencia Provincial de Madrid delimita la frontera entre el delito de odio y el acoso laboral

El exDAO de la Policía Nacional niega las acusaciones, y asegura que la denunciante acudió a su casa «propia y conscientemente»

Opinión | El Supremo fija doctrina contra el odio y la discriminación en una sentencia crucial

El Supremo confirma 7 condenas de hasta 2 años y medio de prisión por delito de odio contra menores migrantes en Facebook

La Fiscalía pide 1 año y 3 meses de prisión a un aficionado por insultos racistas a Marcus Rashford, del FC Barcelona

El Supremo cierra el debate: Insultar a Vinicius Jr. por su raza en un estadio es delito de odio y conlleva prisión

Lo último en Tribunales

Deducción por vivienda habitual: Se abre la puerta para los que adquieran el 100 % de una copropiedad

Una comunidad de propietarios, condenada por no arreglar una terraza y provocar una humedad en uno de los pisos

caso koldo garcía

El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno prorroga seis meses la investigación del caso Koldo

l Secretario Adjunto de Organización del PSOE, diputado y exalcalde de Bedmar y Garcíez (Jaén), Juan Francisco Serrano Martínez

Zamarriego vuelve a rechazar que se cite el ex ‘número dos’ de Cerdán y un exdirector de comunicación de PSOE en el caso Leire Díez

El TS fija que los cónyuges divorciados deben beneficiarse del mismo trato en el IRPF por la venta de la casa común

Comodato o precario: la cesión gratuita de una vivienda llega hasta el Supremo porque la inquilina no quería devolverla

inteligencia artificial sentencias

La AN responde si se puede obligar a un tribunal a revelar si ha utilizado IA para redactar la sentencia