Un tribunal uruguayo desestima una apelación por contener más de 100 "faltas garrafales de ortografía"

Un tribunal uruguayo desestima una apelación por contener más de 100 «faltas garrafales de ortografía»

12 / 11 / 2017 13:23

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El Tribunal de Apelaciones de Trabajo de primer turno de Montevideo, Uruguay, desestimó la apelación presentada por el abogado Pablo Andrada, en representación de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE), contra la sentencia de primera instancia que obligada a pagar a una funcionaria 342.074 pesos uruguayos (10.036 euros), por contener más de 100 «faltas garafales de ortografía» en 11 páginas.

Algunas de dichas faltas se producen en palabras tan comunes como «espresa, desarroyo, ubiera, estubiera, quizo, abaló y extructura», por poner algunos ejemplos.

«El escrito de apelación presentado en autos resulta absolutamente inentendible, plagado de faltas de ortografía garrafales, errores de sintaxis, de tecleo, excesivo uso de abreviaciones con incoherencias absolutas, con un lenguaje inapropiado», afirma la sentencia, que tiene fecha de 20 de septiembre pasado, según el diario uruguayo El Observador, y que en España ha reproducido LawandTrends.

Los cuatro jueces que compusieron el Tribunal de Apelaciones de Trabajo ratificaron por unanimidad la sentencia, que es firme. 

En el mismo afirmaron que el texto presentado no se ajustaba «a la dignidad y respeto que merece de la justicia». 

NO FUE REVISADO DESPUÉS DE ESCRITO

«Las faltas de ortografía, los errores de sintaxis, el exceso en la utilización de abreviaciones no hacen sino indicar que el apelante incorporó un borrador, que ni siquiera revisó, sometiendo al Tribunal y a su contraparte a un ejercicio de develación de un acertijo supuestamente argumentativo», añade la sentencia.

También hay errores tipográficos, donde se nota que el abogado quiso escribir una palabra y terminó tecleando otra.

El escrito de apelación presentado por el abogado Andrada, para más inri, cuestionaba que la sentencia de primer instancia hubiera sido «imparcial». A lo que el tribunal de apelación contestó: «Aparentemente pretenden que las sentencias sean parciales».

La funcionaria había denunciado a la Comisión de Apoyo de la ASSE ante la jurisdicción laboral porque no le habían pagado la compensación debida del 20 por ciento por trabajar en un centro de tratamiento intensivo. Tampoco había percibido el llamado extra por presentismo, ni le habían hecho la liquidación de forma correcta cuando dejó trabajar en dicho centro.

A todos esos beneficios tienen derecho los funcionarios contratados directamente por la ASSE, pero en algunos casos se omiten cuando el trabajador se contrata en régimen de comisión de apoyo.

En consecuencia, los funcionarios denuncian sus derechos cuando creen que son vulnerados. Y los suelen ganar a la ASSE.

En los últimos años este organismo ha tenido que pagar 48 millones de euros como consecuencia de las sentencias adversas en los tribunales de lo social en Uruguay.

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