El Estado se ahorra casi 1.400 millones de euros al anular el Constitucional la indemnización por el cierre de «Castor»
Greenpeace protestando en 2013 contra el almacén de gas subterráneo. © Greenpeace / Pablo Blázquez.

El Estado se ahorra casi 1.400 millones de euros al anular el Constitucional la indemnización por el cierre de «Castor»

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23/12/2017 06:10
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Actualizado: 02/8/2018 13:36
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El Estado se va a ahorrar de pagar 1.350 millones de euros gracias a una decisión unánime de los 12 miembros del Tribunal Constitucional: la anulación del Real Decreto-Ley por el que el Gobierno estableció el pago de esa compensación económica a la empresa Escal UGS, S.L. (participada en un 66,67% por ACS, la empresa de Florentino Pérez, presidente del Real Madrid), tras la decisión de «hibernar» -paralizar, sería una palabra más precisa- las instalaciones de almacenamiento submarino de gas  frente a la costa de Castellón de la Plana y Tarragona.

En su sentencia, el Constitucional  estima parcialmente los recursos presentados por el Parlament, el gobierno catalán y el grupo del PSC en el Congreso y acuerda declarar «inconstitucionales y nulos».

El fallo analiza los artículos referidos al pago de la compensación económica (4 a 6 y 2.2), y llega a la conclusión de que son inconstitucionales porque no cumplen las exigencias que el artículo 86.1 de la Constitución Española impone a la legislación de urgencia.

El Tribunal afirma que, si bien la cuantía de la compensación estaba fijada en las normas que otorgaron la concesión a Escal UGS S.L., ni el decreto-ley ni el Gobierno en el debate parlamentario justificaron la necesidad de que tuviera que abonarse “en un solo pago (…) en el plazo de 35 días hábiles”.

En concreto, no se explica qué relación existe entre el establecimiento de ese plazo y las razones que justificaron la urgencia de la norma, esto es, “la necesidad de garantizar la seguridad de personas, bienes y medio ambiente”.

El Constitucional, por lo tanto, considera que no se dieron las razones de urgencia y necesidad que la Constitución exige al Poder Ejecutivo para legislar por decreto-ley (artículo 86.1) ni en lo que se refiere al pago de la indemnización y al cargo de la misma a Enagás Transporte S.A.U. ni respecto de la concesión a esta última del derecho de cobro del sistema gasista, por lo que declara inconstitucionales y nulos los arts. 4 a 6 y 2.2 de la norma.

Tampoco se aporta justificación de la necesidad y urgencia de reconocer a Enagás Transporte S.A.U. los derechos de cobro del sistema gasista por un periodo de treinta años; sobre esta cuestión, solo se apunta la conveniencia, considerada insuficiente por el Tribunal, de aprobar un único texto legal que abordara el problema de forma integral.

El ponente de la resolución ha sido el magistrado Juan Antonio Xiol. 

AL MENOS 500 TERREMOTOS

Con la aprobación del Real Decreto Ley 13/2014, de 3 de octubre, el Gobierno atendió «a la compleja compleja situación técnica existente” en la instalación “Castor” tras la renuncia a la concesión presentada por la empresa titular, Escal UGS, S.L., dice la sentencia.

La «compleja situación» a la que se refiere el fallo fue cuando la «inyección de gas colchón» en el subsuelo, a 21 kilómetros de las costas de Castellón y Tarragona, produjeron, al menos, 500 movimientos sísmicos en septiembre de 2013 que causaron una «notable alarma social» en las poblaciones cercanas.

Como consecuencia de ello, la Dirección General de Política Energética y Minas acordó la suspensión temporal del almacenamiento de gas y los primeros informes técnicos, encargados al Instituto Geográfico Nacional y al Instituto Geológico y Minero de España, recomendaron la realización de “estudios adicionales”.

Ante la imposibilidad de decidir en ese momento sobre el futuro de la instalación, el Gobierno acordó la paralización de las instalaciones de almacenamiento subterráneo y encargó a Enagás Transporte S.A.U. la realización de los estudios necesarios así como el pago de la compensación a Escal UGS, S.L. por el valor neto de su inversión.

En el debate de convalidación ante el Congreso de los Diputados -en esa legislatura el PP tenía 186 diputados, 10 por encima de la mayoría absoluta- el entonces ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, ofreció una argumentación similar y señaló que a cambio del abono de la compensación económica, Enagás Transporte S.A.U. obtuvo el “derecho de cobro del sistema gasista durante treinta años a partir del año 2016 (…)”.

UN PROYECTO APROBADO POR RODÍGUEZ ZAPATERO

El depósito habría sido el quinto y más grande de los existentes o planificados en España, creado para suplir la demanda energética española de gas natural en caso de escasez o cese de las importaciones. El proyecto Castor estaba previsto para almacenar un máximo de 1900 millones de metros cúbicos de gas natural, suficiente para suministrar el equivalente a 50 días de consumo en España.

El proyecto Castor fue aprobado por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, siendo ministro de Industria Miguel Sebastián, por el Real Decreto de 16 de mayo de 2008. Comenzó sus operaciones en mayo de 2012, dando inicio el 10 de abril de 2012 la primera inyección de gas.

Debido a los terremotos, el proyecto cesó actividades en septiembre de 2013 y fue liquidado a finales de 2014, cuando el gobierno puso fin a la concesión, revirtió al Estado la licencia de explotación del almacén de gas Castor, con la consiguiente indemnización.

La OCU calculó en 4.730 millones el monto que los consumidores habrán pagado por el proyecto fracasado.

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