Un juzgado de Oviedo aplica la sentencia del TJUE sobre las cláusulas suelo

Un juzgado de Oviedo no admite la querella contra un psicólogo forense por delito de odio

9 / 01 / 2018 14:34

Actualizado el 09 / 01 / 2018 14:39

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La magistrada del Juzgado de Instrucción número 3 de Oviedo no ha admitido a trámite la querella presentada contra el conocido psicólogo forense, Ramón Jesús Vilalta, por los colectivos Abogadas para la Igualdad y Women’s Link Worldwide.

Según informa el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, el auto no es firme y puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial.

La querella por falsedad documental y falso testimonio, incluía también una acusación de incurrir en un delito de odio hacia cinco mujeres.

Abogadas para la Igualdad y Women’s Link Worldwide cuestionaban cinco casos concretos evaluados por Ramón Jesús Vilalta.

Se trata de 3 casos de abusos sexuales a menores (2 por parte del padre y 1 por parte del abuelo paterno) y dos casos de violencia de género por parte de la pareja.

Delito de Odio

Los citados colectivos señalaron, en el momento de presentación de su querella, que se trataba del primer procedimiento penal de este tipo que se había registrado en España, puesto que en los informes emitidos por el psicólogo forense se desacreditaba el testimonio de las mujeres y de sus hijos e hijas «basándose en prejuicios y estereotipos de género», como que las mujeres manipulan a sus hijos e hijas para dañar a sus parejas o exparejas.

Sin embargo, en su auto, la magistrada-juez del Juzgado de Instrucción 3 de Oviedo, María Begoña Fernández, no aprecia delito de odio (artículo 510 del Código Penal).

La magistrada considera que «las expresiones reflejadas en los dictámenes litigiosos emitidos por el profesional, y el trato dispensado a las afectadas y que se evidencia en la grabación aportada, (…) en modo alguno arroja ni el más mínimo elemento indiciario que apunte a la presencia del ilícito expresado».

Delitos de falsedad documental y falso testimonio

Con respecto a los delitos de falsedad documental y falso testimonio, también contenidos en la querella, el Auto hace hincapié en que que los informes periciales redactados por el psicólogo en los cinco casos que forman parte de la reclamación, pertenecen a sendos procedimientos que acabaron sobreseídos y fueron siempre refrendados por sucesivas resoluciones judiciales.

Unas resoluciones que se alcanzaron «tras una exhaustiva y detallada valoración por la sala de la totalidad del material probatorio aportado a la vista por las partes intervinientes, y en modo alguno exclusivamente, como se pretende, del dictamen emitido por el querellado».

Los colectivos pedían penas de cárcel e inhabilitación para el citado psicólogo forense, adscrito al Instituto de Medicina Legal de Asturias, al entender que basaba sus informes en «estereotipos, y en la mayoría de los casos no da credibilidad a las víctimas, ni a sus hijos, entendiendo que las denuncias son falsas, y que se presentan por motivos espurios o instrumentales».

Anuncian recurso

Tras conocerse el fallo, la presidenta de Abogadas para la Igualdad, Elena Ocejo, ha manifestado este martes la intención de recurrir la decisión del Juzgado de Instrucción número 3 de inadmitir a trámite la querella por un delito de odio contra el psicólogo forense por el contendido de sus informes sobre víctimas de violencia de género o de abusos.

Ocejo, en declaraciones a los medios en los pasillos de la Audiencia Provincial, en dónde se celebraba un juicio de un hombre por acabar con la vida de su mujer en Avilés en 2016, ha señalado que presentará un recurso de reforma ante el Juzgado y que en caso de nuevo rechazo se presentará uno de apelación ante la Audiencia Provincial.

 

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