El CGPJ ampara al juez del 'caso Cursach' ante el "continuo hostigamiento" de algunos letrados

El CGPJ ampara al juez del ‘caso Cursach’ ante el «continuo hostigamiento» de algunos letrados

1 / 02 / 2018 14:52

Actualizado el 02 / 08 / 2018 13:34

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado este jueves por unanimidad otorgar el amparo previsto en el artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial al titular del Juzgado de Instrucción número 12 de Palma, Manuel Penalva, quien había denunciado «continuo hostigamiento» por parte de varios letrados en relación con la instrucción del denominado ‘caso Policía Local’ o ‘caso Cursach‘.

El órgano de gobierno de los jueces, después de estudiar las alegaciones de los abogados, ha decidido otorgar amparo al magistrado frente a la actuación de uno de ellos, Vicente ‘Coco’ Campaner, «instándole el cese o la abstención en el futuro de cualquier acto que perturbe el ejercicio independiente de la función jurisdiccional».

Además, el CGPJ traslada su decisión al Colegio de Abogados de Baleares «por si, en el ámbito de su competencia, considerase preciso realizar alguna actuación en relación con la conducta del letrado».

MANIFESTACIÓN CONVOCADA POR CAMPANER

La Comisión Permanente ha considerado que, de todas las conductas descritas por el juez en su solicitud de amparo, reviste particular trascendencia la convocatoria de Campaner de una manifestación que tuvo lugar el pasado 27 de noviembre y que tenía como objetivo «reivindicar que se haga Justicia deteniendo e inhabilitando» al magistrado y al fiscal adscrito al caso, a los que acusaba de haber manipulado e inventado pruebas para encarcelar a personas inocentes en este procedimiento judicial.

«Una manifestación, convocada ante las sedes judiciales, para reivindicar la detención e inhabilitación de un juez que se encuentra instruyendo unas diligencias judiciales, y que coincide además con el día en que se encuentran señaladas diversas declaraciones de investigados en la causa, supone una actuación externa a la relación procesal que, por sí misma y sin necesidad de otros condicionantes, tiene suficiente gravedad y entidad como para ocasionar un efecto negativo apreciable sobre el ejercicio de la jurisdicción, suponiendo una clara injerencia en un asunto judicial en curso», señala el acuerdo aprobado este jueves.

El texto añade que si el abogado tiene sospechas o indicios, tal y como asegura Campaner, de mala praxis judicial, «dispone de diversos cauces legales para reivindicar sus legítimas aspiraciones, pero dicho cauce no puede consistir en una descalificación tan absoluta de la función jurisdiccional, dirigiendo y jaleando a una multitud de personas que no tienen otro objetivo más que sembrar una duda generalizada sobre le independencia del juez que conoce el caso, y que les conduce incluso a solicitar su detención e inhabilitación».

Por todo ello, el CGPJ concluye que esas actuaciones «no sólo comprometen el deber de respeto hacia las decisiones judiciales, sino que, además, transmiten a los ciudadanos una imagen distorsionada de la Justicia y del principio constitucional de separación de poderes, que ha de considerarse un principio constitutivo de nuestro sistema político y de convivencia. En definitiva, proceden a socavar uno de los fundamentos esenciales del orden constitucional: la legitimidad de los miembros del Poder Judicial y la confianza social en su actuación». (EP)

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