El PP presenta 50 enmiendas a su propuesta de reforma sobre los permisos de los jueces
Rafael Catalá durante una intervención parlamentaria. EP.

El PP presenta 50 enmiendas a su propuesta de reforma sobre los permisos de los jueces

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02/3/2018 18:56
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Actualizado: 07/3/2022 13:54
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Todos los grupos parlamentarios han aprovechado la tramitación de propuesta de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) para modificar el régimen de licencias y permisos del personal de la Administración de Justicia para presentar enmiendas a la propia LOPJ, el que más ha sido el PP, que ha presentado casi 50, entre ellas que el acceso a los altos cargos se realice en base a criterios de mérito y capacidad, regular las puertas giratorias o la supresión de la figura del llamado magistrado autonómico. 

Aprovechando la modificación de la proposición de Ley relativa únicamente a permisos y judiciales, el Partido Popular ha formulado casi 50 enmiendas de las 97 recibidas a su propuesta. Muchas de ellas son enmiendas de mejora, modificación y de adición a la citada Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985 de 1 de julio, y ajenas al propio objeto de la proposición de Ley.

La tramitación de todas estas enmiendas, probablemente dilate la regulación de los permisos y licencias de los jueces que era el objeto único de la citada propuesta de reforma de la LOPJ.

En concreto, desde el PP también plantean que el acceso a los altos puestos de la magistratura se realice sólo en base a criterios de mérito y capacidad; que se suprima la figura del magistrado autonómico, elegido por el Parlamento de la autonomía en cuestión, y pase a ser designado según el método general, es decir, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.

Asimismo, quieren limitar a un máximo de dos mandatos de cinco años los cargos de presidente de la Audiencia Nacional, presidente de Sala de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia, así como los presidentes de las Audiencias Provinciales.

De acuerdo con la reforma propuesta del artículo 351 de la Ley Orgánica del Poder Judicial propone una Disposición Transitoria para evitar el cambio de instructor o jueces o magistrados en los procesos en curso para evitar perturbar la marcha de los mismos.

También proponen ampliar las atribuciones de la Sala de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia a fin de habilitar el cauce de solución de conflictos.

Además, imponer la obligación a jueces y magistrados que hayan ocupado un cargo político nacional, autonómico o local de abstenerse de intervenir en cualesquiera asuntos en los que sean parte partidos o agrupaciones políticas o aquellos de sus integrantes que ostenten o hayan ostentado cargo público.

Desde el PP también quieren modificar el apartado 1 del artículo 454, que quedaría redactado de la siguiente forma:»Los letrados de la Administración de Justicia son responsables de la función de documentación que les es propia, así como de la formación de los autos y expedientes, dejando constancia de las resoluciones que dicten los jueces y magistrados, o ellos mismos cuando así lo autorice la ley. En el ejercicio de dicha responsabilidad atenderán a las instrucciones emitidas por sus superiores jerárquicos, y darán asimismo las instrucciones oportunas al personal de la Oficina Judicial».

Además, plantean muchas cuestiones técnicas de mejora de la propia Administración de Justicia, en el ámbito tecnológico, de la  Oficina Judicial.

Desde el PSOE presentan 6 enmiendas concretas

El pasado martes CONFILEGAL publicaba las  6 enmiendas a la Proposición de Ley de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, de reforma parcial del régimen de permisos y licencias, por el propuestas que el Grupo Socialista del Congreso. Entre ellas,  propone la “supresión del periodo de los jueces y juezas en prácticas”, que actualmente se están ocupando de los denominados juzgados de “cláusulas suelo”.

Desde el PSOE insisten en que la Ley Orgánica 8/2012, de 27 de diciembre, de medidas de eficiencia presupuestaria en la Administración de Justicia introdujo en la Escuela Judicial una nueva fase de “sustitución y refuerzo”, en la que los jueces y juezas en prácticas deben desempeñar funciones en órganos jurisdiccionales, con idéntica amplitud de jurisdicción a la de quiene son titulares del órgano judicial”.

También proponen que los jueces puedan «disfrutar de permisos de tres días, sin que puedan exceder de seis permisos en el año natural, ni de uno al mes. Los tres días podrán disfrutarse, separada o acumuladamente, siempre dentro del mismo mes”; Cubrir todas las vacantes; una aumento del 15% más de plazas durante 5 años; Retribuir las licencias de estudio y formación y lograr para la carrera judicial mejoras en materia de conciliación.

El PNV quiere que todos los vocales del CGPJ pueden estar en la Permanente

Proponen que se  modifiquen los apartados 1 y 2, del artículo 601, que quedan redactados como sigue:

1..- Pleno del Consejo General del Poder Judicial elegirá anualmente a los Vocales de la Comisión Permanente.

2.- La Comisión Permanente estará compuesta por el Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, que la presidirá, y otros siete Vocales: cuatro de los nombrados por el turno judicial y tres de los designados por el turno de juristas de reconocida competencia. Los Vocales de ambos turnos se renovarán anualmente a fin de que, salvo renuncia expresa, todos los Vocales formen parte de aquella, al menos durante un año, a lo largo del mandato del Consejo».

También quieren volver a implantar «aquel sistema de votación que permita la expresión menos condicionada de los miembros del Consejo General; y, por ello, debe modificarse el actual sistema de votación que se articula a través del llamamiento nominal».

Las fuerzas independentistas catalanas

Las fuerzas independentistas catalanas quieren la «Derogación de la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, de reforma del Consejo General del Poder Judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial». Es decir, que se restablezca «la vigencia de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial en su redacción anterior a la entrada en vigor de la Ley Orgánica derogada y de las disposiciones reglamentarias que se hubieran dictado bajo su vigencia».

Asimismo, solicitan que se reconozcan las competencias autonómicas para ordenar los servicios de justicia gratuita garantizándoles el Estado la adecuada financiación. El PDeCAT  plantea también que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya sea la última instancia jurisdiccional en los distintos órdenes, de acuerdo con las previsiones del Estatuto de Autonomía de Cataluña.

También piden mejorar la implementación de las lenguas oficiales ante la Administración de Justicia.

Desde Esquerra, quiere que los miembros del CGPJ comparezcan ante las Cámaras cuando así lo soliciten las mismas, sin ningún tipo de cortapisa ni dilación.

Respecto a la elección de los 20 vocales del CGPJ, pretenden la modificación del artículo 567 para que sean «designados por las Cortes Generales del modo establecido en la Constitución y en la presente Ley Orgánica, atendiendo al principio de presencia paritaria entre hombres y mujeres».

Piensan que «El sistema actual de distinción de vocales con régimen de dedicación exclusiva y a tiempo parcial ha resultado gravemente disfuncional y ha perjudicado de forma notable el carácter colegiado del órgano constitucional», y por ello quieren que se modifique el artículo 579 de la LOPJ para que «Los miembros del Consejo General del Poder Judicial desarrollarán su actividad con dedicación absoluta, siendo su cargo incompatible con cualquier otro puesto, profesión o actividad, públicos o privados, por cuenta propia o ajena, retribuidos o no, a excepción de la mera administración del patrimonio personal o familiar».

Ciudadanos

La formación naranja en sus enmiendas insiste modificar el apartado 1 del artículo 503, que queda redactado de la siguiente forma: «Por causas justificadas, los funcionarios tendrán derecho a iguales permisos y con la misma extensión que los establecidos en la normativa vigente aplicable a los funcionarios de la Administración General del Estado, con excepción del permiso por asuntos particulares que tendrá una duración de nueve días, los cuales no podrán acumularse en ningún caso a las vacaciones anuales retribuidas».

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