La Fiscalía de Valencia investigará los retrasos de 150.000 mamografías para prevenir el cáncer

El SCS indemnizará con 80.000 euros a una mujer por no detectar a tiempo un cáncer de mama

10 / 04 / 2018 06:15

En esta noticia se habla de:

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha condenado al Servicio Canario de Salud a indemnizar con 80.000 a una mujer por no detectarle a tiempo el carácter maligno de un tumor en su mama, lo que provocó la extirpación del pecho.

El fallo es firme.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC en su sede de Las Palmas ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por una vecina de la isla de Gran Canaria contra la sentencia de primera instancia que el 6 de abril de 2017 condenó al Servicio Canario de Salud a indemnizarla con 60.000 euros, al apreciar sólo responsabilidad patrimonial de la Administración sólo por “pérdida de oportunidad”.

La decisión judicial desestima íntegramente el recurso que interpuso la administración sanitaria.

En un fallo del que ha sido ponente la magistrada Inmaculada Falcón, el Tribunal aprecia no sólo la “pérdida de oportunidad” que vio en su día el Juzgado, sino “infracción de la lex artis” (mala praxis médica) en el diagnóstico de la patología que provocó la pérdida del pecho -esto es, que no se dispensó el tratamiento médico adecuado al caso- y eleva la indemnización de 60.000 a 80.000 euros,  por los daños morales y los derivados del retraso de diagnóstico.

Según detalla la resolución judicial, la paciente tenía 38 años cuando acudió  por primera vez a su médico de familia, al haberse detectado un nódulo en el pecho. Este facultativo la remitió a una consulta rápida con el servicio correspondiente el 16 de abril de 2012.

En el informe radiológico se advirtió la existencia de un nódulo de 0,6 centímetros, sugestivo de “quiste con contenido ecogénico”, recomendando un controlo clínico.

La paciente, sigue la sentencia, acudió al Hospital Doctor Negrín el 11 de septiembre de 2012. Lo único que consta de esta visita, dice la Sala, es una nota clínica de consultas externas en la que se afirma que el quiste sigue “de igual tamaño” y se le da el alta de su enfermedad “con una exploración física”.

El 20 de junio de 2013, a la paciente se diagnostico de cáncer de mama, y tuvo que ser intervenida. Se le tuvo que practicar un “vaciamiento axilar” y se produjo un linfedema postquirúrgico.

La Sala establece que el quid de la cuestión era delimitar si era o no necesaria una mamografía en el momento en el que se le detectó a la paciente el bulto en ecografía (16 de abril-8 de mayo de 2012), o en el momento en el que acudió a revisión el 11 de septiembre siguiente.

Recuerda el tribunal que el fallo de primera instancia llegó a la conclusión de que no se había producido infracción de la lex artis porque la mamografía no era exigible según el protocolo del Hospital Doctor Negrín, aunque sí se consideraba esencial, añade, según el de el Hospital La Paz de Madrid.

La atención médica correcta debería ser universal

“Esta Sala no termina de comprender”, dice el TSJC, “cómo el mismo elemento, la mamografía, puede ser innecesaria en un hospital y necesaria en otra para un correcta atención médica; es decir, la atención médica correcta debería de ser universal al menos en el mismo territorio, sin que podamos admitir que la paciente, de haber sido atendida en Madrid, tendría derecho a la responsabilidad patrimonial por mala praxis, y por haber sido atendida en Las Palmas, únicamente tiene derecho a la responsabilidad patrimonial por pérdida de oportunidad. Es decir”, concluye, “es necesario saber si la paciente fue atendida con todos los medios exigibles de acuerdo a las circunstancias que se presentaban en el caso”.

La conclusión, expone la sentencia, es que “de haberse practicado las pruebas diagnósticas correspondientes, la mamografía complementaria en abril o la repetición de la ecografía en septiembre, se podrían haber determinado exactamente el alcance de la lesión”.

El tribunal subraya que el Hospital Doctor Negrín no aportó al proceso el invocado protocolo, “por lo que quien tenía todas las facilidades de demostrar la innecesariedad de la mamografía, o de repetir la ecografía, no lo ha hecho”.

Añade que la paciente acudió al médico “todas las veces necesarias, el médico de familia emitió las interconsultas en sus periodos correspondientes y, entre abril de 2012 y 2013, pasó un año sin que se emitiera un diagnóstico acertado”, por lo que la Sala estima que existió realmente infracción de la lex artis  “al no dispensarse los tratamientos adecuados al conocimiento actual de la ciencia médica”.

La sentencia de la Sala confirma pues acreditado el caso de mala praxis. “El  nódulo era el mismo el abril de 2012 que en el año 2013; no se dispensó el tratamiento médico adecuado al no haberse realizado un diagnóstico con las pruebas adecuadas en los seis meses siguientes: mamografía en abril de 2012, o al menos repetir la ecografía en septiembre de 2012”.

«Tomando en consideración todos los datos y los informes presentados, esta Sala considera que una indemnización de 80.000 euros es adecuada tomando en consideración que lo que indemnizamos es el retraso en el diagnóstico».

Noticias relacionadas:

El SAS, condenado a pagar 75.000 € por ignorar a un paciente durante 7 meses: su dolor lumbar resultó ser un cáncer

Firmó un recurso sin comprobar una sola cita: la IA se las había inventado todas, y ahora debe responder ante la Justicia

La Comunidad Valenciana, condenada a indemnizar 120.000 € a un paciente que se negó a la epidural, se la pusieron igual, y acabó impedido

6.000 euros de indemnización por mala praxis: olvidaron una gasa quirúrgica que le provocó una infección vaginal y pérdida auditiva

Una obstrucción intestinal acabó en muerte: fue despachada en urgencias en 14 minutos

Una clínica dental, condenada a indemnizar con 12.000€ a una paciente por mala praxis e intrusismo profesional

Lo último en Tribunales

LEY DE NIETOS CERA

La JEC ordena verificar quién puede votar por la «ley de nietos» tras las cautelares del Tribunal Supremo

delegado del Gobierno en Ceuta, Miguel Ángel Pérez

La jueza Tardón reclama la causa contra el delegado del Gobierno en Ceuta por la llegada masiva de inmigrantes

convenio colectivo sanidad complemento

El conflicto entre gestión pública y privada de la Sanidad llega a los tribunales por la bolsa de empleo del SERMAS

Francisco Garzón

«La condena moral del maquinista será de por vida»: la jueza avala el indulto al responsable del accidente de Angrois

gotera comunidad de vecinos

Una aseguradora tendrá que pagar la reparación de una gotera después de echarle la culpa «a la cercanía con el mar»