El TSJV confirma 22 años de cárcel para un guardia civil por tratar de envenenar a una compañera

El TSJV confirma 22 años de cárcel para un guardia civil por tratar de envenenar a una compañera

4 / 05 / 2018 06:00

Actualizado el 11 / 04 / 2022 10:42

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena a 22 años de prisión del brigada de la Guardia Civil de Villajoyosa (Alicante) que intentó envenenar a una agente con la que estaba obsesionado, a su marido y al hijo de éstos últimos.

La sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del órgano judicial autonómico, hecha pública este jueves por TSJCV, desestima el recurso de apelación que formuló el acusado, Francisco G.J., contra la sentencia dictada por la Audiencia de Alicante el pasado mes de noviembre.

La Sección Segunda le declaró autor de tres delitos de asesinato en grado de tentativa -uno de ellos agravado al ser la víctima un niño de 3 años, menor de 16- un delito continuado de allanamiento de morada y otro contra la intimidad, aunque le absolvió de acoso.

El tribunal consideró probado que el brigada accedió el 3 de junio de 2016 a la vivienda que las víctimas ocupaban en la casa cuartel de Villajoyosa y vertió un insecticida, ‘Clorpirifos’, en el arroz cocido que la familia había dejado preparado para comer ese día con la «intención de acabar con la vida» de todos sus miembros.

El TSJCV subraya que «el ‘Clorpirifos’ es un plaguicida moderadamente peligroso. Su toxicidad depende de varios factores: dosis, duración y factores individuales (edad, sexo, estado de salud). La intoxicación aguda por ‘Clorpirifos’ en los seres humanos se caracteriza por presentar una sintomatología característica que consiste en dolor de cabeza, nauseas, mareos, contracciones musculares, debilidad,…)». Además, insiste en que «Con exposición suficiente, puede producirse inconsciencia, convulsiones y la muerte».

Según los magistrados, el agente ahora condenado utilizó «un medio con potencialidad letal», independientemente «de su concentración en la comida sobre la que lo vertió», y conocía además que exponía a sus efectos tanto a un niño de tres años como a una persona, su padre, que recibía quimioterapia por una enfermedad oncológica.

No era la primera vez que entraba en esa casa sino que lo había hecho varias veces desde principios de ese mismo año, 2016, para «arrojar sustancias en las comidas» que dejaba preparada la pareja y el niño.

El 3 de junio, una videocámara que la pareja afectada había dejado instalada en el comedor de su casa, al sospechar que alguien entraba porque la comida se ponía mala a menudo, captó al acusado echando el insecticida en el arroz.

Entre otras pruebas, la Audiencia de Alicante fundamentó la condena en una prueba clave, un escrito intervenido en un ‘pen drive’ del sospechoso tras su detención donde revelaba, su intención de «llevar a cabo una actuación lesiva e ilícita».

En él decía que había llegado «el momento de la verdad» para ver si tenía «el valor» de hacer lo que había «planificado muchas veces», al menos en su «pensamiento», pues estaba en un «constante sinvivir» mientras ella, la agente con la que estaba obsesionado, parecía «inmensamente feliz».

Para la sala, «la mención a las otras ocasiones en las que lo ha hecho» demostraba que había intentado cometer ese crimen múltiple con anterioridad, contaminando la comida con matarratas.

Además de los asesinatos frustrados, el tribunal condenó al brigada por un delito contra la intimidad ya que en sus incursiones en el domicilio de las víctimas se había llevado ropa interior, fotos y objetos «de índole personal y sexual» de su compañera y la pareja de ésta.

El TSJCV ha confirmado ahora íntegramente la sentencia de la Audiencia de Alicante tras desestimar todos los argumentos expuestos por la defensa en su recurso de apelación.

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