20 años de cárcel para los padres de la bebé que murió por malnutrición en Málaga
Ciudad de la Justicia de Málaga, donde tuvo lugar el juicio. EP.

20 años de cárcel para los padres de la bebé que murió por malnutrición en Málaga

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19/12/2018 06:15
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Actualizado: 19/12/2018 00:26
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La Audiencia de Málaga ha condenado a 20 años de prisión a Esmeralda, de 22 años, y Rafael, de 27 años, los padres de una bebé que murió por malnutrición severa con tres meses de edad el 10 de noviembre de 2016 y que ya fueron declarados culpables por un jurado popular.

Se les considera autores de un delito de asesinato concurriendo la agravante de parentesco.

La sentencia, que no es firme, puede ser recurrida a la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Bajo la ponencia del magistrado Julio Ruiz-Rico Ruiz-Morón, que ha expresado el parecer del Jurado, la sentencia relata que, fruto de su relación sentimental con Rafael, Esmeralda dio a luz a su hija el 6 de agosto de 2016, que nació con un peso de 3.680 gramos y 52 centímetros.

A los tres meses, la bebé pesaba 2.900 gramos y su talla era de 54,5 cm. lo que la situaba en un percentil tres-cinco desviado del estándar de peso normal. «Pese a ser evidente la delgadez de la niña», los acusados nunca la llevaron al médico, ni la pesaron en ninguna farmacia, ni preguntaron a nadie sobre sus ciudados.

Según se pone de manifiesto en los hechos probados sus padres le daban biberones que contenían una cantidad insuficiente de leche maternizada, lo que pasado el tiempo provocó en la bebé un estado de malnutrición severa.

Asimismo, la menor sufrió a finales de octubre o principios de noviembre una caída que le provocó un traumatismo cráneo encefálico. Los padres, que estaban presentes cuando se produjo, no la llevaran a ningún centro sanitario para que fuera reconocida.

A partir de ese momento y durante sus tres meses de vida, “dejaron de prestar a la menor los más elementales cuidados de forma deliberada y reiterada, siendo conscientes de que con tal falta de cuidados le podría provocar la muerte, lo que aceptaron”.

Aunque los padres no tenían la intención de provocar la muerte de su hija, “fueron conscientes de que le estaban proporcionando una alimentación insuficiente para que pudiera subsistir, de la situación de peligro en la que debido a ello se encontraba la menor, y también que ello podría provocarle la muerte, dada la situación de absoluta indefensión de la misma, por ser un bebé y por ser ambos las únicas personas que se encargaban de atenderla”, recoge la sentencia.

Esa indefensión y dependencia de la bebé de sus padres, no impidió que Esmeralda «continuara alimentándola de esa forma, ni que acudiera a solicitar asistencia médica, pudiendo hacerlo, ya que les resultaba indiferente que se pudiera morir».

Por ello, el tribunal entiende que concurre «claramente» la alevosía en su modalidad de desvalimiento, puesto que recae la acción homicida sobre un recién nacido que por razón de su edad no podía cuidarse por sí mismo y ser los acusados las únicas personas que se encargaban de atenderla, «máxime cuando según ellos mismos, no mantenían relación alguna con sus respectivas familias».

Sobre las 6 horas del 10 de noviembre de 2016, la bebé falleció en el domicilio familiar, “siendo la causa fundamental de la muerte la malnutrición severa que sufría, y la causa inmediata una bronconeumonía provocada por la falta de alimentación, pues ésta ocasionó una depresión del sistema inmune e infección terminal”. Además, indica la sentencia, ayudó al resultado de muerte el citado traumatismo, por su localización en el sistema nervioso central.

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