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Maestros de la Universidad

Maestros de la Universidad
Interior de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid. EP.
20/12/2018 06:15
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Actualizado: 20/12/2018 02:06
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En estos momentos en que parece existir como un movimiento acerca de lo que, acudiendo a nuestro pasado, podemos llamar “misión de la Universidad”, me parece de interés evocar aquí a alguno de los maestros que tuve la fortuna de disfrutar como alumno en mi Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid, entonces todavía Universidad Central.

Y es que, a mi parecer, antes que nada, antes de hablar de capacidades, destrezas, habilidades, fortalezas, debilidades o cosas semejantes sobre las que, por cierto, no sabría qué decir, la universidad continúa definiéndose de modo esencial y verdaderamente definitorio de su existencia como la reunión o ayuntamiento de maestros y alumnos de que brota el saber que se comunica a cada uno en tanto que miembro del grupo.

Naturalmente que de la naturaleza del saber en cada caso dependen los modos –los métodos, si se quiere- más apropiados o más afinados para encauzar la tarea que se desarrolla en común como sucede en las clases.

Pues sí, lo siento, ya lo ven ustedes, sigo pensando en las clases llamadas “magistrales” como piezas esenciales.

De todas formas ruego que se tomen mis palabras como especialmente referidas al enseñar y el aprender del Derecho que, como ciencia  humana –que no social- que es, se ha de resolver en la propia formación de la  persona a fin de que sea capaz de descubrir lo proporcionado al hombre según la justicia y la prudencia.

Como ni debo ni quiero alargar esta serie de artículos para los que se me ofrecen estas estimables y estimadas páginas, los reduciré al recuerdo de cuatro clases con otros tantos maestros pese a que mis vivencias son muchas más si bien no conservo de todas los detalles con que, en cambio, soy capaz de reproducir aquellas cuatro a las que, sin duda consideré –y sigo considerando- que constituyen paradigma del quehacer universitario. 

En primer lugar, creo muy dignas de señalar aquellas clases que en el Aula 18 –designada como Magna- del edificio de la calle San Bernardo de Madrid nos impartía a los estudiantes, numerosísimos no hay  que decirlo, de primer curso el profesor Javier Conde García.

La materia era nada menos que el Derecho Político 1º.

El Derecho Político, que se daba en dos Cursos completos, era ocasión de conocer las formas en que se había estructurado históricamente la organización política de la comunidad.

TRANSMITIR EL SENTIDO HISTÓRICO DE LAS INSTITUCIONES JURÍDICO-POLÍTICAS

Esa sucesión de formas transmitía, por lo pronto, el sentido histórico de las instituciones jurídico-públicas excluyendo el adanismo que implica el positivismo legalista; por el contrario, éste se encuentra bien asegurado con la exclusión del Derecho Político del curriculum y su sustitución por el Derecho Constitucional que se atiene ya a un texto formal alrededor  del que es posible ya formularse las preguntas propias de cualquier otra disciplina considerada jurídica y que encuentran su fundamento en la mera potestad de aquél a quien se le  reconoce tal capacidad.

Pero sin que ni mucho menos lo anterior pueda tomarse como una digresión puesto que se vincula estrechamente con el tema principal que tenemos entre manos, sí que conviene por razones de espacio volver a este último.

Para destacar cómo el profesor Conde se refería a la inflexión en que aparece el Estado que podemos llamar Moderno. 

Aseguro a mis lectores que cito de memoria pero creo que con toda fidelidad lo que se me quedó grabado desde aquella clase en mi mente.

El Estado Moderno se configura a partir del hecho –e insisto en que son las palabras del maestro- de que “el hombre, segregado del universo por la decisión cristiana, se separa ahora de Dios”.

No es posible expresar de modo más breve y, si se quiere, en forma más pedagógica pero desde luego con rango universitario las ideas fundamentales acerca de la naturaleza del hombre que le hace merecedor de la Redención de Cristo y, como tal, absolutamente inconfundible con cualquier otro ser creado y, a la vez, acerca también del comienzo de la secularización que nos envuelve según la racionalidad modernista.

Pero también, me permito insistir, se transmite la idea de las consecuencias que tiene el tránsito histórico a unas nuevas circunstancias.

Advertencia a navegantes: obsérvese que la idea central no responde ni deja de responder a las creencias religiosas, en este caso del Profesor Conde ni tampoco del alumno; simplemente obedece a la realidad de la génesis y evolución de la cultura que define nuestra civilización de la que el cristianismo es raíz.

Por cierto que no me resisto a recomendar el reciente estupendo libro “Católicos en tiempos de confusión” del historiador Fernando García de Cortázar.

No negaré que la frase de referencia no se comprendía en toda su riqueza por el pobre alumno de 1º de carrera, pero éste sí quedaba tan impresionado por ella como para ahondar a fin de agotar su significado mediante las lecturas oportunas y de manera más urgente gracias a las discusiones con compañeros (preferentemente con una botella de vino y una ración de berberechos en el bar de la Facultad).

Eso era muestra de que, como  también gustaba de afirmar otro gran maestro del Derecho, Alvaro d´Ors , el alumno universitario debía estar en clase “de puntillas”.

Claro está que para eso lo primero es que el profesor incite a tan incómoda pero lucrativa postura. A

sí ocurría, repito una vez más, en las clases de Conde.

Ah, bueno y para advertencia de los jóvenes estudiantes, es verdad que no había entonces ordenadores, pero, sobre todo, es que de puntillas debe de ser incómodo estar dale que dale al cacharro. 

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