El TSJCat mantiene bloqueado el Reglamento ideado por Colau para regular las licencias VTC en Barcelona

El TSJCat mantiene bloqueado el Reglamento ideado por Colau para regular las licencias VTC en Barcelona

31 / 12 / 2018 06:15

Actualizado el 15 / 12 / 2022 13:03

Un auto del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ratifica que la normativa impulsada por la alcaldesa de  la Ciudad Condal seguirá suspendida por extralimitar sus funciones.

El TSJCat confirmó, en un auto que se dio a conocer hace unos días, las medidas cautelares que impiden la entrada en vigor del Reglamento urbano aprobado por la Autoridad Metropolitana de Barcelona al dictaminar que invade competencias estatales

Así lo afirma el tribunal de la Sección Tercera de la Sala Contencioso Administrativo del TSJCat, el cual ha desestimado el recurso de reposición presentado por varias asociaciones gremiales del taxi y la propia Autoridad Metropolitana de Barcelona, contra las medidas cautelares decretadas por este mismo juzgado que impiden la entrada en vigor del Reglamento de ordenación de transporte urbano al extralimitarse en sus funciones e invadir competencias estatales.

Dicho reglamento trataba de imponer de forma unilateral y con efecto retroactivo la limitación de un vehículo VTC por cada 30 taxis en el área metropolitana de Barcelona, cuestión criticada por la patronal el sector VTC Unauto y que dicho tribunal considera excesiva.

Hay que recordar que el propio TSJCat suspendió de forma cautelar, y de provisional, el pasado mes de juilio dicho Reglamento del Area Metropolitana de Barcelona (AMB), presidido por la alcaldesa Ada Colau, que pretendía restringir la actividad de compañías como Uber y Cabify en cuanto a sus licencias VTC, vehículos que se alquilan con conductor.

Esa regulación en Barcelona estaba prevista que entrara en vigor este pasado mes de agosto

El tribunal de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCat hacía publico ese pasado mes de julio un auto en el que acepta así la medida cautelar solicitada por la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia (CNMC) y convocaba a AMB y la propia CMNC a una vista que tuvo lugar el pasado 26 de julio.

En esos días como protesta los taxistas de Madrid y Barcelona se mantuvieron en huelga unos días. Al final la intervención de Fomento con determinadas promesas que cristalizaron en un Real Decreto que señalaba en un plazo de cuatro años la cesión de las licencias  VTC a Comunidades Autónomas y Ayuntamientos.

Tras dicha vista, el mencionado tribunal decidió mantener la suspensión cautelar del Reglamento del Área Metropolitana de Barcelona (AMB) para los VTC (vehículos con conductor) mientras se resolvía el litigio por el recurso interpuesto por la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia (CNMC), según auto que dio a conocer este tribunal.

El Reglamento AMB en el que participó la alcaldesa Colau, en la foto, sigue suspendido cautelarmente desde julio de este año.

Una suspensión que se mantiene

Ahora otro nuevo auto del TSJCat mantiene dicha suspensión cautelar.

En ese auto último el TSJCat cita cuestiones de competencia entre administraciones -«las VTC son títulos habilitantes estatales», señala- y alerta de que el reglamento metropolitano podría comportar la pérdida de licencias VTC ya existentes.

La decisión del TSJCat tiene trascendencia porque el Área Metropolitana de Barcelona ha sido la primera institución local en regular las licencias VTC y otras ciudades como Madrid preparaban normativas en la misma línea, acotando la actividad de las aplicaciones en favor del taxi.

«Celebramos el fallo judicial, que pone de relieve no sólo que se invaden competencias del Estado, si no que se pretendía incumplir lo que dice la ley: el criterio de 1/30 es sólo para la concesión de nuevas autorizaciones, no para su aplicación de forma retroactiva, lo que nos situaría en una situación de inseguridad jurídica impropia de un país avanzado de la Unión Europea», señala Eduardo Martín, presidente de Unauto VTC, entidad que supone el 90% de los vehículos VTC en nuestro país.

A este respecto, el auto incide en que “la reciente promulgación del Real Decreto-Ley 13/2018 -que finalmente será tramitado como Proyecto de Ley- no habría hecho sino confirmar el acierto de nuestra decisión ya que dichas disposiciones transitorias se podrían haber visto cercenadas, de forma difícilmente reparable, con motivo de la aplicación inmediata del Reglamento metropolitano suspendido”.

De igual modo, el tribunal recuerda que «las previsiones transitorias de dicha norma están dirigidas a garantizar, cuatro años en todo caso, el estatus del que venían disfrutando en el ámbito urbano las autorizaciones VTC y, asimismo, a extender dicha garantía a las autorizaciones VTC que deban otorgarse en méritos de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre».

A lo que obligaba el Reglamento suspendido

El Reglamento de la AMB, cuya entrada en vigor estaba prevista para el pasado mes de agosto, obliga a los vehículos con licencia de alquiler con conductor (VTC) a obtener un permiso especial para poder operar entre un lugar y otro de los 36 municipios de la conurbación barcelonesa.

Una medida que comportaba reducir el número de licencias de 1.035 a 399 y que beneficiaba a los 10.500 taxistas que llevaban meses denunciando la reducción de ingresos por la competencia “desleal” que realizan este tipo de servicios con chófer.

En ese mismo escenario, el Ministerio de Fomento interponía un recurso a primeros del mes de julio por un conflicto de competencias (sostiene que quien regula el transporte es la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre, por encima de la administración local).

El núcleo central del recurso señalaba que se invadían las competencias estatales en la materia.

Sin embargo, dos semanas después, el Ministerio de Fomento retiraba su petición de medidas cautelares contra el Reglamento metropolitano que regula las licencias VTC, utilizadas por empresas como Uber y Cabify, cuya suspensión cautelar por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) tuvo  al sector del taxi de Barcelona esos días en huelga

En un comunicado, Fomento explicaba que adopta esta decisión como muestra de su voluntad para alcanzar soluciones y del respeto por las competencias de otras administraciones, sin perjuicio del resultado que tenga el recurso contencioso-administrativo que interpuso contra el reglamento aprobado por el Consejo del Área Metropolitana de Barcelona.

La decisión de retirar la petición de medidas cautelares se producía  un día después de la reunión mantenida entre miembros de Fomento y del Área Metropolitana de Barcelona, en la que ambas administraciones acordaron mantener abierta una línea de diálogo y coordinación.

Se mantiene todo igual

Sin embargo, el nuevo auto dado a conocer por el TSJCat mantiene todo igual a nivel de suspensión cautelar de dicho Reglamento. Tendré que decidir el Tribunal Supremo y los antecedentes respaldan las tesis de las empresas de VTC

El Tribunal Supremo avalaba en un fallo de junio del 2018  la proporción de 30 licencias de taxi por cada una de vehículos de alquiler con conductor (VTC), vigente desde 2015, en los casos en los que este límite sea necesario y proporcional «como forma de garantizar el equilibrio» entre estas modalidades de transporte.

En la sentencia la Sala de lo Contencioso-Administrativo apoyaba además la exigencia a las empresas de arrendamiento de vehículos con conductor de que desarrollen el 80% de sus servicios en la comunidad autónoma donde está domiciliada la autorización.

Con posterioridad, en septiembre de este año el propio Tribunal Supremo obligaba a la Generalitat valenciana a conceder 200 licencias de arrendamiento de vehículo con conductor (VTC) a una empresa a la que previamente se las había denegado.

En la propia sentencia, el Supremo ratificó el fallo de Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que estimó el recurso de la empresa Ares Capital SA. contra la denegación de 200 licencias VTC, al desestimar el que presentó la Generalitat y la Federación Sindical del Taxi de Valencia y Provincia.

Noticias relacionadas:

El WhatsApp no necesita pericial informática automática en un procedimiento judicial laboral

Ada Colau denuncia ante la AN a Israel por presuntos crímenes de guerra tras el asalto a su flotilla de Gaza

No entregar tres tickets de venta es suficiente para el despido de una dependienta, pese a llevar más de 13 años siendo empleada ejemplar

Decir a una trabajadora ‘puedo hacer lo que quiera contigo’ es suficiente para entender que hay acoso sexual, según el TSJCat

Multa de 200.000 euros a una empresa de VTC por obligar a los conductores a descargarse hasta cuatro «apps» en sus móviles personales para trabajar

Echarse «una siesta» durante la jornada laboral no es suficiente motivo para justificar el despido

Lo último en Tribunales

prisión soto del real aepd funcionarios de prisiones

La AEPD investiga la prisión de Soto de Real por el uso de datos personales de los trabajadores en el registro horario

El TS obliga al BBVA a indemnizar con más de 13 millones a una empresa a la que endosó un producto estructurado complejo

10.000 euros de indemnización a una pareja a la que BBVA introdujo erróneamente en el fichero de morosos

Guardia civil de espaldas.

La Guardia Civil abre expediente disciplinario al capitán de la UCO implicado en el ‘caso Leire Díez’ y lo suspende de funciones, cautelarmente

leire diez en plaza de castilla

El PSOE eleva a 44.859 euros los pagos reconocidos a Leire Díez como asesora de comunicación

Policía Nacional(1)

El TSJ de Madrid anula la exclusión de un aspirante a Policía Nacional por la pérdida traumática del bazo