El exjefe de la Sección de Personal Judicial del CGPJ, imputado por prevaricación administrativa y detención ilegal

El exjefe de la Sección de Personal Judicial del CGPJ, imputado por prevaricación administrativa y detención ilegal

24 / 01 / 2019 06:15

Actualizado el 09 / 06 / 2019 23:06

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María Antonia de Torres Díez-Madroñero, titular del Juzgado de Instrucción 10 de Madrid, ha citado a declarar, el próximo 12 de marzo, a las 10 de la mañana, como imputado (antes investigado) a Javier Aguayo Mejía, exjefe de la Sección de Personal Judicial del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y actualmente presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat).

Se le atribuyen los supuestos delitos de descubrimiento de secretos (artículo 197 del Código Penal), prevaricación administrativa (artículo 404 del CP) y detención ilegal (artículo 167 del CP).

El querellante es el magistrado Salvador Alba Mesa, quien acusa a Aguayo Mejía, quien fue uno de los hombres de máxima confianza del presidente del CGPJ y del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes Serrano, de haber hecho abusado de una potestad, como es la de comunicar un acto administrativo consultando los registros de pasajeros, reservada para delitos muy graves, o de terrorismo y previa orden judicial. 

Un magistrado retenido por dos policías en el aeropuerto por una supuesta orden de Aguayo Mejía

El magistrado, destinado en Las Palmas, fue retenido por dos agentes de la Policía Nacional en el aeropuerto Adolfo Suárez-Madrid Barajas el pasado 12 de septiembre, tras aterrizar procedente de Las Palmas de Gran Canaria. 

“El querellado [Javier Aguayo], dada su condición de Magistrado en servicios especiales, conoce perfectamente que el PNR o registro de pasajeros no es accesible a terceros, contiene datos personales reservados a los que solo puede accederse en determinadas condiciones, las cuales son, en caso de delitos muy graves, o de terrorismo y previa orden judicial cuando exista una causa penal abierta contra esa persona”, dice el texto.

El querellado invadiendo la privacidad del Sr. Alba y en un desmesurado afán por notificar un acuerdo que se podría haber notificado por correo electrónico –el Magistrado Alba es titular de un correo electrónico corporativo que como todos conocemos- o a través del BOE, ordena a las Fuerzas de Seguridad del Estado investigar los datos de los pasajeros de las distintas compañías aéreas que volaban en el trayecto Las Palmas-Madrid, para interceptar a un magistrado -sobre el que no pesa medida cautelar alguna- sin orden judicial y retenerle en el Aeropuerto de Madrid-Barajas para una simple notificación de un acto administrativo“, añade.

De acuerdo con la querella, a la que ha tenido acceso Confilegal, el inspector jefe del Puesto Fronterizo de Canarias accedió al Registro de Pasajeros o PNR, de forma ilícita, ya que el magistrado Alba no había cometido ningún delito.

La querella hace referencia expresa a la Directiva (UE) 2016/681 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, en la que se especifican los requisitos para acceder a los registros de pasajeros en vuelos interiores y exteriores de los países de la Unión.

“La cuestión es que este registro solo puede ser utilizado para la prevención de delitos muy concretos, de hecho, el PNR integra un importante control en términos de privacidad, protección de datos y respeto a los derechos fundamentales. De hecho, la Directiva establece que los datos PNR recogidos sólo podrán ser tratados para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de delitos terroristas y delitos graves”, prosigue la querella.

¿Un magistrado es un terrorista?

Esa es la pregunta que se hace el magistrado Alba de forma abierta en la querella.

El querellado, incumpliendo esta norma y, desde luego, la vigente Ley Orgánica de Protección de Datos, ordenó investigar los vuelos y los registros de pasajeros a la Policía, quien cumplió esta ilícita orden y se apodero de los datos personales y reservados del Magistrado Alba, y los utilizó para la notificación de un acto administrativo“.

“Hubiera sido necesaria una orden judicial, y un Letrado del CGPJ no es un Juez en servicio activo, y desde luego, el Sr. Alba no es un imputado o investigado por delito grave, ni de terrorismo, por lo que acceder a esos datos y revelarlos era ilegal”, remacha la querella.

La querella plantea si se puede ordenar a un funcionario de la policía retener a un magistrado en activo para notificar un acto administrativo y hacer uso, para ello, de los datos reservados y personales de los pasajeros de un vuelo nacional.

El fiscal dice que el Juzgado es competente para la instrucción de esta causa

El fiscal del caso, Javier Gómez Cordero, emitió el consiguiente informe previo, considerando que el Juzgado de Instrucción 10 de Madrid es competente para instruir la causa, a pesar de que Aguayo Mejía sea, en estos momentos, presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCat, cargo para el que fue nombrado por el Pleno del CGPJ el pasado 23 de noviembre, por una mayoría de 20 votos, de 21.

Para Gómez Cordero, la acción penal se dirige contra Aguayo Mejía en su condición de letrado jefe de la Sección de Personal Judicial del CGPJ por los delitos mencionados.

«Es por ello que el desempeño de las funciones asignadas al querellado como letrado del Consejo General del Poder Judicial no se llevan a cabo en el ejercicio de actividad jurisdiccional alguna«, concluye Gómez Cordero.

 

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