Una querella pende sobre Javier Aguayo, nuevo presidente de la Sala Contencioso-Administrativa del TSJCat
Javier Aguayo Mejía, el querellado, nuevo presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCat, durante su deposición ante la Comisión Permanente del CGPJ en funciones de Comisión de Calificación. Poder Judicial.

Una querella pende sobre Javier Aguayo, nuevo presidente de la Sala Contencioso-Administrativa del TSJCat

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25/11/2018 06:15
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Actualizado: 25/11/2018 11:19
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El nuevo presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat), Javier Aguayo Mejía, de 54 años, ha sido elegido con una cuenta pendiente con la justicia a la que sirve en su haber: la querella interpuesta por su compañero de carrera, Salvador Alba Mesa, por los supuestos delitos de prevaricación administrativa, detención ilegal y descubrimiento de secreto. 

Delitos que habría cometido como jefe de la Sección de Régimen Disciplinario en el Servicio de Personal Judicial del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), puesto que ha venido ocupando desde que el Pleno del órgano de gobierno de los jueces lo nombrara para tal cometido el 20 de septiembre de 2012.

Precisamente, ese Pleno lo elevó a su nueva responsabilidad, el pasado 23 de noviembre, por una mayoría de 20 votos, de 21.

La querella fue admitida a trámite y recayó en el Juzgado de Instrucción 10 de Madrid, del que es titular la magistrada María Antonia de Torres Díez-Madroñero.

Precisamente, la magistrada ordenó, el pasado 14 de noviembre, la incoación de diligencias previas por el delito específico de prevaricación administrativa contra Aguayo Mejía.

Su nombramiento hace que la causa tenga, irremisiblemente, que aterrizar en el Tribunal Supremo, quien tendrá la última palabra.

Abuso de una potestad prohibida

Alba acusa a Aguayo Mejía, uno de los hombres de máxima confianza del presidente del CGPJ y del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes Serrano de haber hecho abusado de una potestad, como es la de comunicar un acto administrativo consultando los registros de pasajeros, reservada para delitos muy graves, o de terrorismo y previa orden judicial. 

El magistrado, destinado en Las Palmas, fue retenido por dos agentes de la Policía Nacional en el aeropuerto Adolfo Suárez-Madrid Barajas el pasado 12 de septiembre, tras aterrizar procedente de Las Palmas de Gran Canaria. 

De acuerdo con la querella, a la que ha tenido acceso Confilegal, el inspector jefe del Puesto Fronterizo de Canarias accedió al Registro de Pasajeros o PNR, de forma ilícita, ya que el magistrado Alba no había cometido ningún delito.

«El querellado [Javier Aguayo], dada su condición de Magistrado en servicios especiales, conoce perfectamente que el PNR o registro de pasajeros no es accesible a terceros, contiene datos personales reservados a los que solo puede accederse en determinadas condiciones, las cuales son, en caso de delitos muy graves, o de terrorismo y previa orden judicial cuando exista una causa penal abierta contra esa persona», dice el texto.

«El querellado invadiendo la privacidad del Sr. Alba y en un desmesurado afán por notificar un acuerdo que se podría haber notificado por correo electrónico –el Magistrado Alba es titular de un correo electrónico corporativo que como todos conocemos- o a través del BOE, ordena a las Fuerzas de Seguridad del Estado investigar los datos de los pasajeros de las distintas compañías aéreas que volaban en el trayecto Las Palmas-Madrid, para interceptar a un magistrado -sobre el que no pesa medida cautelar alguna- sin orden judicial y retenerle en el Aeropuerto de Madrid-Barajas para una simple notificación de un acto administrativo«, añade.

La querella hace referencia expresa a la Directiva (UE) 2016/681 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, en la que se especifican los requisitos para acceder a los registros de pasajeros en vuelos interiores y exteriores de los países de la Unión.

«La cuestión es que este registro solo puede ser utilizado para la prevención de delitos muy concretos, de hecho, el PNR integra un importante control en términos de privacidad, protección de datos y respeto a los derechos fundamentales. De hecho, la Directiva establece que los datos PNR recogidos sólo podrán ser tratados para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de delitos terroristas y delitos graves», prosigue la querella.

¿Un magistrado es un terrorista?

Esa es la pregunta que se hace el magistrado Alba de forma abierta en la querella.

«El querellado, incumpliendo esta norma y, desde luego, la vigente Ley Orgánica de Protección de Datos, ordenó investigar los vuelos y los registros de pasajeros a la Policía, quien cumplió esta ilícita orden y se apodero de los datos personales y reservados del Magistrado Alba, y los utilizó para la notificación de un acto administrativo«.

«Hubiera sido necesaria una orden judicial, y un Letrado del CGPJ no es un Juez en servicio activo, y desde luego, el Sr. Alba no es un imputado o investigado por delito grave, ni de terrorismo, por lo que acceder a esos datos y revelarlos era ilegal», remacha la querella.

La querella plantea si se puede ordenar a un funcionario de la policía retener a un magistrado en activo para notificar un acto administrativo y hacer uso, para ello, de los datos reservados y personales de los pasajeros de un vuelo nacional.

«La respuesta es no. Un no rotundo. Nunca se ha visto un mayor ataque a la independencia judicial, al Estado de Derecho, a un sistema de garantías que ordenar la vigilancia y violación de datos personales de un magistrado en activo para notificar un acto administrativo. Es, simplemente, escandaloso, ilegal, ilícito y delictivo«, responde la querella, en la que se considera que es un supuesto delito de prevaricación administrativa.

De la misma manera, se considera que al retener al magistrado en el aeropuerto madrileño para esa comunicación se cometió un delito de prevaricación administrativa.

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