¿Afectará al juicio del "procés" que uno de los miembros del tribunal pasa a la jubilación el 9 de mayo?

¿Afectará al juicio del «procés» que uno de los miembros del tribunal pasa a la jubilación el 9 de mayo?

15 / 02 / 2019 06:15

Actualizado el 15 / 02 / 2019 13:14

Uno de los 7 miembros del tribunal que enjuician la causa del «procés» cumplirá 72 años el próximo 9 de mayo. Se trata de Luciano Varela Castro, un carismático magistrado progresista que fue el autor del borrador de la actual Ley del Tribunal del Jurado Popular.

De acuerdo con el artículo 379 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) la condición de jueces y magistrados se pierde por varias causas, una de ellas (la f) es «por jubilación».

El pasado 31 de enero el Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) prorrogó el nombramiento de Ángel Juanes Peces como vicepresidente del Supremo hasta que éste cumpla preceptivamente los 72 años, la edad de jubilación, que será el 22 de octubre próximo.

Es un caso idéntico a éste.

La ley contempla la posibilidad de que un magistrado jubilado pueda formar parte de una deliberación, votar y firmar una sentencia.

Artículo 256 de la Ley Orgánica del Poder Judicial: «Cuando fuere trasladado o jubilado algún Juez o Magistrado deliberará, votará, redactará y firmará las sentencias, según proceda, en los pleitos a cuya vista hubiere asistido y que aún no se hubieren fallado, salvo que concurriera causa de incompatibilidad o proceda la anulación de aquélla por otro motivo».

No así este escenario, completamente inédito y excepcional, que tendría que someterse a interpretación, lo que pone una presión adicional al presidente del tribunal, Manuel Marchena, para terminar el juicio antes de esa fecha.

Apenas tres meses por delante.

De acuerdo con fuentes jurídicas, el tribunal ha fijado las vistas para cada martes, miércoles y jueves -y de 10 a 18 horas, con una pausa para almorzar-.

Sin embargo, el presidente del tribunal contempla utilizar también lunes y viernes si es necesario, a fin de no eternizar las vistas, por lo que es altamente probable que termine antes de esa fecha, acabando con cualquier especulación que pudiera emerger.

El última instancia, le correspondería al Consejo General del Poder Judicial habilitar al magistrado jubilado para continuar en el tribunal, lo que podría dar razones a las defensas para impugnar el juicio al no haber ningún artículo específico en la LOPJ que así lo estipule.

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