Víctimas de tráfico, reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, violencia de género y Brexit, así fue el BOE ayer
A partir de ahora, atropellar a alguien y darse a la fuga está penado con cárcel de 4 a 9 años. EP.

Víctimas de tráfico, reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, violencia de género y Brexit, así fue el BOE ayer

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03/3/2019 10:19
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Actualizado: 03/3/2019 11:49
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) de ayer ha sido una de las publicaciones más leídas por la totalidad de los operadores jurídicos. ¿Por qué? Porque recogía una Ley Orgánica, dos nuevas leyes y un Real Decreto de gran interés para todos los juristas.

Estas normas, que entran en vigor ya este viernes, salvo el Real Decreto del Brexit que depende de cómo concluya la salida de Reino Unido de la Unión Europea, regula cuestiones como la reforma de las imprudencias en tráfico y el abandono del lugar del accidente, la reforma de la Ley de propiedad Intelectual, la mejora de la situación económica de los huerfános de víctimas de violencia de género y el citado Brexit para el quedan menos de treinta días

Código Penal: Reforma de las imprudencias y nuevo delito abandono lugar del accidente

Tras su aprobación en el Pleno del  Senado el pasado 20 de febrero, este sábado el BOE publicaba la Ley Orgánica 2/2019, de 1 de marzo, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del abandono del lugar del accidente.

A juicio de Vicente Magro, magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, “es fundamental que desde mañana que entra en vigor esta ley, se haga una intensa campaña de difusión para que todo el mundo sepa que atropellar a una persona e irse a la fuga es cárcel. No basta con publicar la norma en el BOE, sino que si queremos una función de prevención hay trabajar mucho la difusión de ese cambio normativo. En estas medidas no vale la suspensión de la ejecución de la pena en accidentes de tráfico acaban en la cárcel”.

Sobre la norma, reconoce que ha quedado tal cual ha salido del Congreso al Senado.

“Con esto se recupera la vía penal de los accidentes de tráfico. Eso ayudará a que se agilicen sus trámites y a proteger las víctimas. Los costes serán menores ahora y se recupera la gratuidad del médico forense del juzgado de instrucción quien valore esas lesiones. De esa forma se agilizarán también los pactos que se consigan con las aseguradoras en cuanto estas vean que el parte forense como parte judicial determina el alcance de las lesiones. Así se desatascará la via civil a la que han ido los accidentes de tráfico”, añade.

Al mismo tiempo, la norma incrementa la reprochabilidad penal de las muertes en carretera.

“Con un primer arco de 4 a 6 años si se causara la muerte dos a más personas. Y a partir de 6 a 9 años de prisión si el número de personas fallecidas sea muy elevado. El problema esta en la interpretación del juez de cara a señalar en que arco hay que situar a ese conductor temerario”.

También valora el delito de fuga.

“Es importante que se atienda a las victimas y que los conductores sean solidarios. Ya no quedará impune estos comportamientos”, explica Magro.

Propiedad intelectual: Modificación del texto refundido de la LPI

Ley 2/2019, de 1 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2014/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, y la Directiva (UE) 2017/1564 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2017.

Es otra norma que entrará en vigor este domingo, un día después de su publicación en el BOE y que, según el Ministro de Cultura y Deporte, José Guirao, ha tenido un gran consenso en el nuevo texto.

Como elementos destacados de la norma este  texto incluye la modificación pactada en el Congreso por PP, PSOE y Ciudadanos que establece que «la ejecución de la medida de colaboración dirigida al prestador de servicios, con independencia de cuál sea su naturaleza, no requerirá la autorización judicial prevista en el artículo 122 bis de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa» cuando estos sitios sean reincidentes.

También genera mas control sobre las entidades de gestión.

En concreto, se han cambiado sus estatutos y sus órganos de control interno. En este último caso, se determina que aquellas que recauden anualmente una cifra igual o superior a 100 millones de euros en el ejercicio anual anterior, estarán obligadas a nombrar como miembros del organismo de control a un número de terceros independientes igual al número de miembros de la entidad de gestión que integren dicho órgano.

Violencia de género: Mejora situación de orfandad

Otra norma que se encuentra en este BOE del sábado es una relacionada con la lucha contra la violencia de genero. Eso hace que este domingo 3 de marzo ya entre también en vigor.

Ley 3/2019, de 1 de marzo, de mejora de la situación de orfandad de las hijas e hijos de víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra la mujer.

La Ley de mejora de la situación de orfandad de las hijas e hijos de víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra la mujer incluye un aumento en la cuantía de las pensiones de orfandad y fija una prestación mínima para los hijos de víctimas que no hubieran cotizado o no cumplieran los requisitos mínimos de 600 euros. Antes eran 140 euros.

Estas subidas tendrán carácter retroactivo desde 2004, cuando se aprobó la Ley Integral de Violencia de Género, según fuentes parlamentarias.

Además, tendrán derecho a la pensión de orfandad los hijos de víctimas de violencia de género menores de 21 años o aquellos que estén incapacitados para el trabajo.

Asimismo, en el caso de hijos que continúen estudiando o que no dispongan de recursos, dicha pensión se podrá mantener hasta los 25 años.

Unión Europea: Real Decreto para adoptar medidas ante un Brexit Duro

Real Decreto-ley 5/2019, de 1 de marzo,por el que se adoptan medidas de contingencia ante la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea sin que se haya alcanzado el acuerdo previsto en el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea.  

En su Disposición final Sexta explica cuando entrará en vigor: «Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 20, el presente Real Decreto-Ley entrará en vigor el día en que los Tratados de la Unión Europea dejen de aplicarse al Reino Unido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50.3 del Tratado de la Unión Europea».

No obstante, el presente Real Decreto-Ley no entrará en vigor en caso de que, previamente a dicha fecha, haya entrado en vigor un acuerdo de retirada formalizado entre la Unión Europea y el Reino Unido, de conformidad con el artículo 50.2 del Tratado de la Unión Europea.

En cuanto al Plan de Contingencia, entre  las medidas contempladas, España mantendrá la residencia a los 300.000 británicos hasta diciembre de 2020.

Borrell ha asegurado también que son medidas «temporales», dirigidas a facilitar el tránsito del Reino Unido hacia la consideración de un tercer estado, y «unilaterales», aunque el Gobierno espera «contrapartidas» por parte del Reino Unido.

Se trata de un conjunto de medidas en cuya elaboración «han participado 14 Ministerios», según ha asegurado Borrell y hacen especial hincapié en materia de derechos de ciudadanía y relacionadas con las actividades económicas.

«Tienen por objetivo preservar los intereses de los ciudadanos, tanto españoles residentes en el Reino Unido, como británicos residentes en España, que ejercieron el derecho de libre circulación antes del ‘Brexit’ y hay que respetarlo», explicaba este viernes el ministro de Asuntos Exteriores.

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