Los contratados en la Administración de Asturias tienen derecho a cobrar el complemento de carrera como los fijos, dice el Supremo

3 / 04 / 2019 06:15

En esta noticia se habla de:

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha confirmado el derecho de los trabajadores con contratos temporales que prestan servicio en la Administración del Principado de Asturias a acceder a la carrera profesional y percibir el complemento de dicha carrera en los mismos términos y condiciones en que lo hace el personal laboral fijo.

El tribunal, compuesto por los magistrados María Milagros Calvo Ibarlucea, Rosa María Virolés Piñol, Antonio V. Sempere Navarro, Sebastián Moralo Gallego y Concepción Rosario Ureste Garcíadesestima el recurso del Principado contra la sentencia, de 13 de octubre de 2017, de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que estimó las demandas de conflicto colectivo en esta materia planteadas por CC.OO. y CSIF.

El alto tribunal analiza en la sentencia –la 178/2019, de 6 de marzo– si es conforme a derecho excluir a los contratados temporales de la administración del Principado de Asturias de la aplicación de la normativa sobre desarrollo de carrera profesional, cuando sin embargo se ha pactado en un acuerdo colectivo su extensión al personal laboral fijo en iguales condiciones que a los funcionarios.

Es decir, si concurren razones objetivas que justifiquen ese desigual tratamiento del personal temporal respecto al fijo.

Y concluye que no hay razones objetivas que justifiquen la exclusión de los trabajadores temporales del sistema de carrera profesional horizontal en los mismos términos que se aplica a los trabajadores fijos.

Resulta discriminatorio negar a los trabajadores temporales los mismos derechos que la personal fijo

El Supremo entiende aplicable al caso el auto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 22 de marzo de 2018, en el asunto Pilar Centeno, donde se declaró que resulta discriminatorio negar a los trabajadores temporales los mismos derechos al desarrollo de la carrera horizontal garantizados para el personal fijo.

La Sala entiende que es un supuesto muy similar al planteado en Asturias, en el que igualmente se exigía un mínimo de 5 años de prestación de servicios para progresar de una a otra categoría profesional.

El TJUE subrayó que no hay razones objetivas que puedan justificar el diferente tratamiento aplicado al personal fijo y a los contratados temporales que reúnan el número de años necesarios para progresar en las categorías profesionales.

La sentencia del Supremo resalta que la promoción económica, con el acceso al derecho a devengar los complementos salariales anudados al desarrollo de la carrera horizontal.

“Es sin duda la consecuencia más elemental de esa equiparación, la más fácil de visualizar desde la perspectiva jurídica del derecho a la igualdad de trato entre trabajadores fijos y temporales, y la que menos reparo puede ofrecer a la hora de garantizar la efectiva igualdad de ambos colectivos”.

“Y con base en ello –añaden– no es difícil sostener que carece de cualquier justificación objetiva el reconocimiento al personal fijo del derecho a percibir ese complemento económico, derivado de la progresión de categoría por el desempeño del mismo puesto de trabajo durante 5, 6, 8 o 10 años».

La sentencia finaliza asegurando que «conforme está previsto en la Ley 3/1985, de 26 de diciembre del Principado de Asturias en los términos que ya hemos transcrito, para negarlo en cambio a los trabajadores temporales que acrediten esas mismas condiciones de antigüedad en el puesto de trabajo y en iguales condiciones que las del personal fijo”.

Noticias relacionadas:

La JEC ordena verificar quién puede votar por la «ley de nietos» tras las cautelares del Tribunal Supremo

El TS justifica su decisión de la «ley de nietos» ante el «peligro fundado» de que afecte a la transparencia electoral

Puente acusa a algunos jueces de querer «gobernar el país por detrás» y señala a María Tardón y al Supremo

Hazte Oír pide juicio oral para los tres mossos investigados por la fuga de Puigdemont en Barcelona

El TS prohíbe que los cajeros y reponedores de los supermercados sean limpiadores por la «exposición» bacteriana

El Gobierno pide al Supremo que no suspenda el acceso al voto vinculado a la ‘ley de nietos’

Lo último en Tribunales

Ceuta Inmigrantes 2

Tardón pone a Iustitia Europa al frente de las acusaciones populares en la investigación sobre Ceuta

LEY DE NIETOS CERA

La JEC ordena verificar quién puede votar por la «ley de nietos» tras las cautelares del Tribunal Supremo

delegado del Gobierno en Ceuta, Miguel Ángel Pérez

La jueza Tardón reclama la causa contra el delegado del Gobierno en Ceuta por la llegada masiva de inmigrantes

convenio colectivo sanidad complemento

El conflicto entre gestión pública y privada de la Sanidad llega a los tribunales por la bolsa de empleo del SERMAS

Francisco Garzón

«La condena moral del maquinista será de por vida»: la jueza avala el indulto al responsable del accidente de Angrois