Los estados miembros de la UE tendrán dos años para transponer la nueva Directiva de copyright
“Las partidas de los videojuegos subidas a plataformas como Youtube van a verse afectadas por esa nueva Directiva", según Andy Ramos, consejero asociado del despacho Pérez-Llorca.

Los estados miembros de la UE tendrán dos años para transponer la nueva Directiva de copyright

Lograr la uniformidad de dicha norma uno de los retos que plantea la futura transposición que se haga de esta norma
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10/4/2019 06:15
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Actualizado: 10/4/2019 12:53
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Tras la aprobación de la Directiva de copyright por Parlamento y Comisión Europea, en los últimos días, tras la próxima reunión del Consejo de la Unión Europea ahora le toca el turno a los estados miembros en trasponer en los dos próximos años dicha directiva en búsqueda de una uniformidad europea.

Se tratará de buscar un equilibrio entre los derechos de los creadores y de los ciudadanos de acceder y disfrutar de las obras digitales y que el texto en cada país no sea muy diferente.

Es el día después de la directiva de copyright donde la armonización en todos los países no será sencilla. En Confilegal abordamos los retos pendientes con varios expertos juristas.

Andy Ramos acaba de incorporarse a Pérez-Llorca como «counsel» (consejero asociado) y responsable del área de Digital Law de este despacho.

Regresa de un congreso celebrado en Londres sobre los derechos de los videojuegos “las partidas de los videojuegos subidas a plataformas como Youtube van a verse afectadas por esa nueva directiva y su artículo 17, antes 13 donde se establece la responsabilidad de los prestadores de servicio respecto de los contenidos generados por los usuarios”.

Sobre estas líneas, Andy Ramos, consejero asociado del despacho Pérez Llorca.

A su juicio es el artículo más conflictivo de la Directiva.

La redacción final de este artículo señala que hay comunicación pública y que el prestador de servicio es responsable y debe obtener una licencia para explotar todos los contenidos que suben los usuarios.

“Si no se consigue esa licencia, la norma señala que, si se han hecho esfuerzos para lograr esa autorización y se han hecho todos los esfuerzos para proteger esos contenidos, el prestador de servicios no será responsable. Las empresas de alguna forma deben ser diligentes para demostrar que han hecho lo posible para que no se infrinjan derechos de propiedad intelectual”.

Para Ramos la mayor parte de estos prestadores ya tienen sistemas para identificar obras de terceros “por su parte las pequeñas se les exime de este régimen, si son ‘startups’, tienen menos de 10 millones de euros de facturación, menos de tres años y cinco millones de visitantes únicos al mes”.

«De hecho, serán los estados miembros los que tendrán que desarrollar esta iniciativa para que no afecte a las empresas que empiezan a despuntar en el entorno tecnológico”, aclara.

En su opinión, hay otros artículos de la directiva como el 18 donde se señala que “artistas y autores sí cedieron sus derechos por una retribución baja y esa obra luego obtuvo más repercusión económica, establece mecanismos para que sean compensados de forma más equitativa”.

En España ya se encuentra en nuestra nueva ley de propiedad intelectual y reconoce que hay sentencias que permiten dicha compensación acudiendo a los tribunales para reclamar sus derechos.

A juicio de este jurista no parece a priori que esta Directiva de copyright vaya a generar más litigiosidad “habrá que ver como se adaptan al cambio de normas empresas y estados miembros a la nueva normativa”.

Sobre el control de los contenidos vía algoritmo o mecanismo “aún habrá que ver cuáles se utilizan. El texto final de la directiva es muy abierto para este tipo de asuntos».

«Habrá que ver si se dejan a criterios de las empresas o son el legislador nacional quien marca la pauta respecto a estos protocolos”, indica.

Empresas como Facebook o Google utilizan algoritmos para controlar esos contenidos ilícitos o sistemas automáticos de reconocimientos de obras “funcionan bastante bien, quizás son ineficientes en un 2% de los casos. La industria de los contenidos está muy contenta con su funcionamiento”.

Sin embargo “el legislador europeo habla de que estas gestiones deben hacerse sin dilación por parte de personas. Es un dato que llama la atención. A día de hoy, por el volumen existente de asuntos parece complicado que lo asuman equipos de profesionales. Hablamos de millones de reclamaciones al día”, aclara este experto.

En cuanto a la trasposición de la directiva, el escenario que se plantea es complejo. Para Ramos países como Francia, Alemania o quizás España pueden ser quienes marquen la pauta a Europa en este asunto.

A su juicio habrá que hacer una buena labor de difusión de la Directiva y sus ventajas porque en estos momentos cualquier ciudadano tiene capacidad de subir contenidos a Internet.

“No creo que llegue la censura a Internet. Ahora el ciudadano tendrá que ser más creativo y subir contenido propio a Internet. El corta y pega estará prohibido”.

Una directiva para proteger la creación

Paula González de Castejón es socia de DLA Piper España en materia de propiedad intelectual, despacho al que se incorporó en 1985.

La valoración de dicha Directiva es positiva, pese a lo que se comenta en prensa.

“La Directiva fue aprobada por una votación ajustada y ahora estamos pendientes de la aprobación del texto definitivo».

«Luego entraremos en un periodo de trasposición donde cada país tendrá que hacer los ajustes pertinentes en su legislación nacional», añade.

Esta abogada  no está «de acuerdo con lo que se habla de la censura en Internet, todo lo contrario. La Directiva nace con el espíritu de proteger la creación, los derechos de autor y la propiedad intelectual».

Paula González de Castejón, de DLA Piper.

«Esto solo se puede conseguir involucrando activamente a los proveedores de servicios y plataformas que son la que están molestas, algunas han llegado a decir que dejarían de prestar servicios en la UE”.

Para Gonzalez de Castejón  que lleva muchos años trabajando en temas como la piratería, reconoce que siempre se ha hablado de que en Internet es complicado poner puertas al campo, “lo que se pretende es tomar medidas de forma progresiva que sean efectivas para luchar contra esta lacra».

«Aún es pronto para saber si serán útiles, pero se trata de ir poniendo medidas legislativas para proteger la creación y un reconocimiento de los editores a percibir una remuneración por la explotación de sus obras que se haga en Internet”.

El hecho de que en España se haya hecho una reforma de la Ley de Propiedad Intelectual de forma paralela es posible que ayude a la trasposición de la citada Directiva, comenta esta recién nombrada socia de DLa Piper en nuestro país.

“Ayudará bastante y la tendencia va por ahí».

«Se trata de mejorar los mecanismos existentes que puedan proteger los derechos de los creadores, sobre todo por la explotación de sus obras en la red”, apunta.

Ahora habrá que ver como se organiza dicho reparto y el papel de las entidades de gestión en ese reparto de los ingresos a creadores de contenidos.

A juicio de esta abogada “ese nuevo reparto que se plantea corresponde al ámbito privado del autor y del editor. La norma lo que puede proteger es activar mecanismos suficientes para que pueda percibir dicha remuneración legítima».

«Es fundamental que se involucren las plataformas para que se genere ese derecho a percibir esa remuneración. El cómo recibirlo a nivel de entidades de gestión o a nivel individual ahora es pronto para saberlo”.

Para esta jurista es una buena noticia que se activen mecanismos para corregir los desequilibrios existentes. “Había obras explotadas vía ‘peer to peer’ [de punto a punto] donde los autores no recibían nada”.

Respecto a la gestión de la subida de contenidos, de si habrá un algoritmo o lo haga un ser humano “la Directiva hablar de la obligatoriedad de utilizar mecanismos técnicos para que identifiquen de forma preventiva obras sujetas a copyright y que se bloqueen».

«Es difícil que se haga a nivel personal. Seguramente se utilizará un mecanismo tecnológico donde no se descarta que finalmente haya también intervención humana”.

Para Gonzalez de Castejón no hay censura preventiva ni se vulnera la libertad de expresión. 

“Es más la libertad de expresión debe proteger la creación y producción artística”.

En cuanto a la implantación en nuestro país de dicha norma europea, González de Castejón opina “habrá que ver como se traspone en nuestro país. Esta será polémica como ya fue la aprobación de la citada directiva. Hay ‘lobbies’ fuertes por ambos lados que intentarán tener una posición importante en este nuevo escenario legislativo”.

A su juicio “según cuando y como se trasponga habrá que ver si se logra el resultado esperado que tendría que garantizar que el usuario accediera a contenido legítimo en la red y al mismo tiempo que editores y creadores reciban su remuneración correspondiente. Aún estamos al principio del todo, pero se ha dado un paso importante en ello”.

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