El conflicto entre la número 2 de Fiscalía y la fiscal del caso del novio de Ayuso subraya el problema no resuelto de la independencia
La teniente fiscal del Supremo, Ángeles Sánchez Conde, considera que hay que archivar la querella contra la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, y el fiscal de delitos económicos, Julián Salto, mientras que la fiscal del caso, María de la O Silva, considera lo contrario. Foto: EP.

El conflicto entre la número 2 de Fiscalía y la fiscal del caso del novio de Ayuso subraya el problema no resuelto de la independencia

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22/4/2024 18:35
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Actualizado: 23/4/2024 11:52
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Hasta la fecha se han aprobado dos proyectos de Ley de Enjuiciamiento Criminal (por dos de los gobiernos del PSOE) y un borrador de código procesal penal (por un gobierno del PP) y ninguno de ellos ha solucionado el problema principal: que los fiscales sean «independientes».

En un desayuno de Europa Press, a principios de 2018, Julián Sánchez Melgar, entonces fiscal general del Estado, reivindicó para la Fiscalía dos cosas muy concretas: un presupuesto propio, porque sin independencia económica no puede existir ninguna otra independencia, y «la independencia rigurosa del Ministerio Fiscal».

No se metió en el charco de si el Gobierno de turno debía seguir nombrando al fiscal general del Estado discrecionalmente -a dedo, como ahora- o si debería modificarse para que su elección fuera más plural por el Parlamento, como ocurre, por ejemplo, en Colombia.

Porque si los fiscales asumen la instrucción deberían poseer, como mínimo, el mismo estatus de independencia que los jueces de instrucción actuales. O algo similar o equivalente.

A estos jueces de instrucción actuales ningún supuesto «superior» -entiéndase el presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Supremo o los vocales de ese órgano- puede decirle nada. Ni condéname a este, ni archívame esto otro.

Las consecuencias serían escandalosas.

Sin embargo, esa porosidad sí se puede dar en el universo de la Fiscalía.

Para botón una reciente muestra: La teniente fiscal del Tribunal Supremo, Ángeles Sánchez Conde, ha ordenado inadmitir la querella que la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha interpuesto contra los fiscales que investigan un supuesto fraude fiscal.

Y la fiscal del caso, María de la O Silva, que tiene que pronunciarse no ha obedecido. Al contrario, ha invocado el artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para que la Junta de Fiscales de Sala escuche su postura, que es a favor de investigar los hechos.

Este artículo dice que el fiscal que «recibiere una orden o instrucción que considere contraria a las leyes o que, por cualquier otro motivo estime improcedente», se lo trasladará a su superior y, en caso de persistir la discrepancia, éste podrá convocar una Junta de Fiscales de Sala.

Esto es lo que se perderá con la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, una vez que vea la luz, si antes no se hacen las modificaciones precisas tanto en esa futura ley como en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para asegurarse de que existan mecanismos de revisión interna transparentes dentro del Ministerio Público.

Además, de dar la posibilidad a la parte, o partes afectadas, por dicha decisión a que soliciten una revisión o a apelar la decisión ante un juez o un tribunal, dependiendo de las circunstancias específicas del caso y de la legislación aplicable.

Esta Junta de Fiscales de Sala se celebrará a puerta cerrada el próximo miércoles a las 9 de la mañana.

Huelga decir que aún cuando dicha Junta se pronuncie a favor de la fiscal del caso, la última palabra la tiene la teniente fiscal.

LA TENIENTE FISCAL Y LA FISCAL DEL CASO YA SE REUNIERON

La teniente fiscal ya mantuvo una reunión en la que trasladó de forma verbal su parecer a la fiscal Silva, que proponía que se practicasen diligencias de investigación dentro de la misma Fiscalía antes de emitir informe al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid, donde ha recaído la querella toda vez que los fiscales gozan de la condición de aforados.

Según las fuentes consultadas, Sánchez Conde considera que, una vez que la Fiscalía de Madrid pidió que se archivase la querella que presentó el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) contra los fiscales del caso, lo pertinente es mantener dicho criterio y abogar también por la inadmisión de la querella que presentó Alberto González Amador.

Así las cosas, la teniente fiscal rechaza el planteamiento de Silva de reclamar a la Fiscalía las comunicaciones por Whastapp y correo electrónico entre los dos fiscales contra los que se dirige la querella -la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez, y el fiscal de delitos económicos Julián Salto– y el propio fiscal general del Estado.

En aquella reunión, Sánchez Conde incidió en que el pasado 9 de abril la Fiscalía ya aseguró que no veía delito alguno y defendió la «legitimidad constitucional» del comunicado difundido al respecto, con el que, sobre la base de datos ya difundidos, trató de hacer frente a informaciones «inveraces».

Por ello, recalcan fuentes fiscales, la ‘número dos’ del Ministerio Público insiste en que lo que corresponde es pedir la inadmisión de la querella de la pareja de Díaz Ayuso, tal y como se hizo con la del ICAM.

LA QUERELLA

El debate en el seno de la Fiscalía tiene lugar a raíz de la querella que Alberto González Amador, pareja de Díaz Ayuso, presentó ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por una nota informativa difundida por un canal oficial en el que la Fiscalía de Madrid informaba sobre el cruce de correos entre su abogado y el fiscal en el marco de una investigación por un presunto fraude fiscal.

El pasado 15 de abril, García Ortiz asumió la «responsabilidad última» de la nota de prensa en cuestión y aseguró que no iba a «consentir» que la fiscal jefa de Madrid y el fiscal a cargo del procedimiento fuesen «perturbados por ejercitar la acción penal ante la posible comisión de hechos de naturaleza delictiva».

«No voy a tolerar que ningún fiscal tenga que soportar las consecuencias del funcionamiento transparente de nuestra institución», señaló en una declaración institucional en un acto tras la toma de posesión de varios fiscales.

Con todo, el fiscal general defendió que no podía considerarse «infringido el deber de reserva» porque el objeto de la comunicación emitida el 14 de marzo era «de dominio público fruto de indeseables filtraciones».

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