El Banco de España multa al Santander con 6,4 millones y a Unicaja con 1,5

El Banco de España multa al Santander con 6,4 millones y a Unicaja con 1,5

Tras inspecciones de sus respectivas carteras hipotecarias
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17/5/2019 12:45
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Actualizado: 17/5/2019 12:46
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El Banco de España ha impuesto dos multas a Banco Santander por importe conjunto de 6,4 millones de euros y otras dos a Unicaja que suman 1,5 millones de euros.

Emitió estas resoluciones el pasado 29 de marzo y las ha publicado hoy tras ser todas ellas firmes en la vía administrativa.

El expediente sancionador tiene su origen tras una inspección sectorial que el Banco de España llevó a cabo a distintas entidades financieras en relación con operaciones de préstamo hipotecario de vivienda de 2014 y que le llevó a imponer multas similares a otros bancos.

Tras la inspección de la cartera hipotecaria de la banca también ha impuesto sanciones a Abanca (3 millones), CaixaBank (4,8 millones), BBVA (2,7 millones), Bankia por BMN (1,2 millones) y por ella misma (900.000 euros), Banca Pueyo (876.000 euros) y Banco Pichincha (351.000 euros).

Todas ellas se impusieron tras la aplicación, a solicitud de las entidades, de una reducción del 40% sobre el importe de la multa propuesta por el Banco de España, por haber reconocido su responsabilidad y haber admitido los hechos.

DOS MULTAS AL SANTANDER DE 4 MILLONES CADA UNA, QUE SE QUEDAN EN 6,4 

En concreto, ha sancionado con 4 millones de euros al Santander por la comisión de una infracción grave consistente en la realización meramente ocasional o aislada de actos u operaciones que incumplen la ley en materia de comisiones por amortización anticipada y compensación por riesgo de tipo de interés, comisiones por novación en ampliaciones de plazo y redondeos de tipo de interés.

También le ha impuesto una multa de 4 millones de euros por la comisión de una infracción grave que consiste en la realización de actos u operaciones con incumplimiento de las normas de economía sostenible.

Por incumplimiento de una orden y una circular del Banco de España en lo relativo a la entrega de la información precontractual, el contenido de los documentos de liquidación en cancelaciones anticipadas en las que se percibe compensación por riesgo de tipos de interés, el adeudo de comisiones en la novación de operaciones, el cálculo de la TAE incluida en la información precontractual y en la documentación contractual y el contenido de la información precontractual en relación a otros costes considerados en la TAE y en el importe total a reembolsar.

Se quedarán en 3,2 millones cada una tras una rebaja del 20% por el pago voluntario de la multa por parte de la entidad.

Esos 6,4 millones podrían haber quedado en 4,5 millones si el banco admitiera su culpa.

Sin embargo, desde la entidad señalan que no han reconocido la responsabilidad ni ha admitido los hechos en los que se sustenta el expediente sancionador al no estar de acuerdo.

No obstante, y en aras a la máxima diligencia comercial con sus clientes, ha dicho que está subsanando todas las posibles deficiencias y devolviendo el dinero.

A UNICAJA LA MULTA CON 2,5 MILLONES QUE QUEDAN EN 1,5 TRAS APLICARLE REDUCCIONES

A Unicaja la ha multado con 1,75 millones y con 750.000 euros, aunque esos 2,5 millones se quedan en 1,5 millones tras aplicarle reducciones del 40 %.

La de 1,5 millones de euros por la comisión de una infracción muy grave al haberse detectado incumplimientos de la ley que prohíbe cobrar comisión por expedir la documentación bancaria que acredite el pago del préstamo.

La multa de 450.000 euros por la comisión de una infracción grave consistente en la realización de actos u operaciones con incumplimiento de las normas de economía sostenible.

Esta multa se ha impuesto por incumplimientos respecto a la entrega de la información precontractual y el contenido de dicha información y de la documentación contractual, así como por la forma en que se calcula la TAE en la documentación precontractual y contractual, al no incluir todos los gastos de formalización a cargo del prestatario y el coste del seguro de daños exigido para concertar la operación.

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