La personación del PP de Andalucía como acción popular en la causa de Faffe es "innecesaria", según la juez Núñez

La personación del PP de Andalucía como acción popular en la causa de Faffe es «innecesaria», según la juez Núñez

La magistrada solicita el pago de una fianza de 12.000 euros para que la formación popular se persone en la causa

31 / 05 / 2019 06:15

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La titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, la magistrada María Núñez Bolaños ha exigido al Partido Popular de Andalucía (PP-A) el pago de una fianza de 12.000 euros para poder ejercer la acción popular en la causa que investiga las subvenciones para la formación en la Fundación Pública Andaluza de Formación y Empleo (Faffe) como acusación popular.

La magistrada ha apuntado que la personación del PP-A en este caso es «innecesario» y «superfluo» al haberse personado ya como acusación particular y estar al frente del Gobierno andaluz.

En un auto, fechado el 28 de mayo, dice: «Constituyendo, la personación como acusación popular, en superflua e innecesaria para la defensa de la legalidad en la causa ya que ello se ejerce como acusación particular», obrando, por demás, «en la Junta y por tanto en manos del PP-A toda la documentación a investigar».

Una circunstancia que la juez Núñez Bolaños añade el reciente testimonio remitido por el Juzgado de Instrucción número 4 de Sevilla del que «se desprenden indicios de una posible filtración» desde el despacho de los abogados del PP-A, «a un medio de prensa de contenido de esta causa».

En concreto, la filtración al diario ‘ABC‘ del vídeo de la declaración en instrucción del ex director de la Faffe, Fernando Villén.

Para la magistrada, esta circunstancia hace valorar la posible concurrencia en la personación, como acusación popular, «de intereses ajenos a la defensa de la legalidad».

Lo que justifica el establecimiento de una fianza que «garantice los resultados del proceso y los derechos fundamentales de las personas investigadas en esta causa».

No debate la legitimación del PP-A

De esta manera, la juez ha decidido aplicar una fianza, que recuerda que es «un deber legal» y que «no es contraria al ejercicio de la tutela judicial efectiva siempre y cuando la cuantía no impida el efectivo acceso», de 12.000 euros.

Cantidad ha calculado «teniendo en cuenta que son numerosos los sujetos investigados, y que alguno de ellos ocuparon cargos del PSOE-A».

Además, la magistrada indica que «no debate» la legitimación del PP-A para personarse en el ejercicio de la acción popular, sino en cómo constituye una fianza que es «uno de los presupuestos necesarios para personarse como acusación popular en un proceso».

Y la cual se puede exigir con «extemporaneidad» y se puede fijar «en cualquier momento del proceso».

De otra parte, la juez Núñez contempla el anteproyecto de reforma de procesal penal de 2011, que finalmente no llegó a aprobarse, que entendía «la necesidad de prohibir expresamente el ejercicio de la acción popular por los partidos políticos» con el objeto de evitar «un serio riesgo de judicialización de la política, en la medida en que transforma el área de debate procesal en un terreno de confrontación política»

En este aspecto, la magistrada apunta que esos proyectos no son vigentes si bien eso «no excluye que, aun admitiendo la personación» de los partidos políticos, «se adopten las necesarias cautelas lo que no permite privilegiar este tipo de acusaciones e impide que se prescinda del señalamiento de la oportuna fianza».

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