La Fiscalía argumentará mañana que hubo una situación ‘claramente insurreccional’ en Cataluña
Los acusados en el juicio del 'procés', con Junqueras a la cabeza. Foto: Carlos Berbell

La Fiscalía argumentará mañana que hubo una situación ‘claramente insurreccional’ en Cataluña

Entre las pequeñas modificaciones realizadas en su escrito de conclusiones se encuentra la petición de que se aplique al caso el artículo 36.2 del Código Penal
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03/6/2019 17:48
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Actualizado: 03/6/2019 20:35
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Los cuatro fiscales que llevan la acusación en el caso del proceso independentista en el Tribunal Supremo expondrán mañana su informe de conclusiones definitivas, en el que apuntarán las pruebas que a su juicio son claves para acreditar que hubo una «situación claramente insurreccional» y una instrumentación de la violencia que justifica las condenas que solicitan para los 12 acusados.

El Ministerio Público avanza que puede probarse que esta situación de insurrección comprende al periodo que va entre el 20 de septiembre de 2017 -con la protestas contra los registros en organismos de la Generalitat que ordenó el entonces titular del Juzgado de Instrucción 13 de Barcelona, Juan Antonio Ramírez Sunyer, ya fallecido, para abortar los preparativos del referéndum- y la jornada del 27 de octubre, fecha de la Declaración Unilateral de Independencia (DUI).

A los aproximadamente 80 incidentes con enfrentamientos y hostilidades frente a Policía y Guardia Civil que se produjeron en los diferentes centros de votación en la jornada del referéndum del 1 de octubre, el Ministerio Público suma en su escrito definitivo de acusación otros 47 actos de acoso en cuarteles de la Guardia Civil, 23 actos similares en comisarías de Policía y edificios públicos del Estado, 11 en alojamientos y hoteles de funcionarios policiales, 47 ataques a sedes del PSC, y los graves incidentes que se produjeron los días 19 y 20 de septiembre.

Así se desprende del escrito de conclusiones definitivas de los fiscales Javier Zaragoza Aguado, Consuelo Madrigal Martínez-Pereda, Jaime Moreno Verdejo y Fidel Cadena Serrano, ya presentado al tribunal de la Sala de lo Penal de Supremo, y que se ha conocido hoy. Está fechado a 29 de mayo.

Los argumentos que acreditan esta violencia pivotarán sobre toda su exposición.

Los fiscales mantienen la acusación de rebelión para 9 de los 12 encausados, con una petición de 25 años de cárcel para el exvicepresidente catalán y diputado suspendido Oriol Junqueras como dirigente del ‘procés’ independentista, por los delitos de presunta rebelión y malversación de fondos públicos.

También expondrán mañana sus escritos de conclusiones definitivas la Abogacía del Estado y VOX, que ejerce de acusación popular.

Las acusaciones elevaron la semana pasada a definitivas sus conclusiones sin modificar las condenas de prisión que solicitan.

Entre las pequeñas modificaciones realizadas en el escrito de la Fiscalía se encuentra la petición de que se aplique al caso el artículo 36.2 del Código Penal, que establece que cuando la duración de la pena de prisión impuesta es superior a cinco años el tribunal puede ordenar que el acceso de los condenados al tercer grado penitenciario no se efectúe hasta el cumplimiento de la mitad de la pena impuesta.

La inclusión de este artículo en el escrito de conclusiones definitivas es importante porque de no hacerlo ninguna de las partes que ejercen la acusación, el tribunal no podría mencionarlo en la sentencia, según han explicado fuentes fiscales. Por eso, el Ministerio Público solicita al tribunal que haga constar esta indicación en caso de que haya condenas finalmente.

La Fiscalía decidió seguir adelante con la rebelión; la Abogacía, con la sedición, con una condena máxima de 12 años, mientras que VOX solo ha modificado su petición para Santi Vila, a quien acusa finalmente de desobediencia, un delito que no conlleva pena de cárcel.

Vila es el único consejero de Carles Puigdemont que no firmó la Declaración Unilateral de Independencia (DUI) del 27 de octubre de 2017, ya que dimitió un día antes.

LAS PENAS SOLICITADAS POR LA FISCALÍA

El Ministerio Público pide 25 años de prisión para Oriol Junqueras y 25 años de inhabilitación absoluta por un presunto delito de rebelión agravada por malversación de caudales públicos, al considerarle jefe o promotor del proceso independentista.

Para el exlíder de la Asamblea Nacional Catalana Jordi Sánchez Picanyol, el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart Navarro, y la expresidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell Luis solicita 17 años de prisión y 17 años de inhabilitación absoluta por un supuesto delito de rebelión, ya que también los considera cpromotores o jefes del proceso independentista. Todos ellos están en prisión provisional.

A los exconsejeros Joaquim Forn Chiariello (Interior), Jordi Turull Negre (Presidencia), Raül Romeva Rueda (Exteriores), Dolors Bassa Coll  (Trabajo) y Josep Rull Andreu (Territorio y Sostenibilidad), también en prisión provisional, los acusa de un presunto de delito de rebelión agravado por malversación, y reclama 16 años de prisión y 16 años de inhabilitación.

Para los exconsejeros Carles Mundó Blanch (Justicia), Meritxell Borràs Solè (Gobernación), y Santiago Vila Vicente (Empresa) pide 7 años de prisión y 16 años de inhabilitación absoluta por un presunto delito de malversación de caudales públicos, y una multa de 10 meses (con una cuota diaria de 100 euros), así como inhabilitación especial para empleo o cargo público por un año y ocho meses por un presunta desobediencia grave cometida por autoridad pública, por incumplir las resoluciones del Tribunal Constitucional declarando la ilegalidad del proceso de independencia.

‘REDACCIÓN MÁS COMPLETA Y RICA EN DETALLES’

La Fiscalía no ha modificado nada de lo que considera probado ni de la calificación jurídica.

Tras escuchar a los acusados, a los 422 testigos, los expertos de siete pruebas periciales y visionar más de un centenar de vídeos, ha incluido «una redacción más completa y rica en detalles» en relación a Unipost, la «hoja de ruta» de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) y la reunión que los mandos de los «Mossos d’Esquadra» convocaron con Carles Puigdemont, Oriol Junqueras y Joaquim Forn para manifestarles su preocupación por la celebración del referéndum ilegal del 1-O.

Sobre esta reunión, la Fiscalía ha dado total credibilidad a las declaraciones que durante el juicio han prestado los que en el otoño de 2017 ejercían de mandos de los «Mossos d’Esquadra», incluido el mayor Josep Lluís Trapero, quien también está acusado de rebelión y en la Audiencia Nacional se enfrenta a 11 años de prisión.

Los fiscales de la causa del ‘procés’ explican en su relato de hechos que el mayor Trapero y los comisarios Ferrán López y Joan Carles Molinero ya hicieron su advertencia a Puigdemont y Forn el 26 de septiembre, pero dos días después los mismos mandos policiales, a los que se sumaron Emili Quevedo y Manel Castellví, «pidieron una nueva reunión».

El Ministerio Público considera probado que en ese nuevo encuentro los jefes de los «mossos» avisaron de la «enorme movilización de personas que se iba a producir (hasta dos millones)» y que era «altamente probable que se produjeran situaciones violentas al enfrentarse con las fuerzas policiales encargadas de cumplir el mandato judicial» de impedir el referéndum.

«Los mandos policiales pidieron a sus responsables políticos que desconvocaran el referéndum para evitar que se produjeran choques y enfrentamientos con las fuerzas del orden. Pese a ello, la decisión de los miembros del Govern fue seguir adelante con el referéndum, dando instrucciones a los mandos de los Mossos d’Esquadra para que facilitaran su realización a pesar de su manifiesta ilegalidad. Al finalizar la reunión, el procesado rebelde, entonces presidente de la Generalitat, manifestó a todos los presentes que si el 1 de octubre había violencia declararía la independencia», afirman los fiscales.

Respecto a la hoja de ruta de la ANC, el Ministerio Público incluye un apunte importante en su relato de hechos, y es que «en una reunión celebrada en Badalona en el mes de junio de 2016», se introdujo «un cambio sustancial» en ese documento «para el desarrollo del ‘procés'», como es que «la aprobación de las leyes de desconexión y la convocatoria del referéndum deberían llevarse a cabo no más allá de septiembre de 2017» y la «necesidad de utilizar su excepcional poder de movilización como respuesta a las acciones represivas del Estado».

Otro de los cambios en el escrito de la Fiscalía se refiere al material para la consulta incautado en el registro de Unipost, ya que concreta las cantidades aprehendidas, el material probatorio sobre este asunto y concluye que que el gasto público comprometido ascendió a 979.661 euros.

LAS PENAS SOLICITADAS POR LA ABOGACÍA DEL ESTADO Y VOX

Tras el Ministerio Público será el turno de la abogada del Estado Rosa María Seoane, quien en la última sesión del juicio elevó su petición de pena de 12 años de cárcel por sedición y malversación de fondos públicos para Junqueras y mantuvo igualmente su petición inicial de condenas para los otros ocho procesados en prisión.

Los Servicios Jurídicos del Estado insistirán igualmente en las penas de cárcel para los tres exconsejeros encausados por desobediencia y malversación que actualmente se encuentran en libertad.

La Abogacía del Estado descarta la rebelión en favor de un delito de sedición, con penas de prisión notablemente inferiores con respecto a las solicitadas por el Ministerio Público.

La Abogacía pide 12 años de cárcel para Junqueras por los presuntos delitos de sedición y malversación; penas de entre 11 años y medio por un presunto delito de sedición para Forn, Rull, Turull, Bassa y Romeva; 10 años para Carme Forcadell, y 8 años para Sànchez y Cuixart-

VOX pide 74 años de prisión para Junqueras por presuntos delitos de rebelión, pertenencia a organización criminal y malversación de caudales públicos en su participación en el proceso independentista, y penas notablemente más altas que la Fiscalía y la Abogacía también para el resto de encausados.

Solo ha variado sus conclusiones respecto a Vila, para quien en vez de organización criminal y malversación, solicita una condena por presunta desobediencia.

LAS DEFENSAS ALEGAN CUMPLIMIENTO DEL DEBER

Las defensas también elevaron a definitivas sus conclusiones y piden la absolución de los 12 líderes independentista que están siendo juzgados. Alguna ha comunicado que en sus escritos habrá alguna modificación de los hechos.

Los abogados de Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull, Josep Rull y de ‘los Jordis’ añaden una alternativa para que el tribunal considere que estos acusados no sean condenados. Se trata de lo contemplado en el artículo 20.7 del Código Penal, que establece que están «exentos de responsabilidad criminal» aquellos que «obren en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo».

Desde el inicio del procedimiento, los letrados han defendido que los hechos juzgados no tienen una tipicidad penal. Por si el tribunal considera que sí la tiene, incluyen este artículo para justificar que sus clientes estaban bajo un mandato.

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