Un jurado popular declara culpables a tres sicarios de la muerte de un hombre al que confundieron por error con otro
El "ejecutor", Breiner Portillo, cuando fue detenido en Bogotá, en mayo de 2016; un año después fue extraditado a España.

Un jurado popular declara culpables a tres sicarios de la muerte de un hombre al que confundieron por error con otro

La Fiscalía pide para el autor material de los disparos 23 años de prisión; mientras que para los otros dos, que considera coautores de un delito de asesinato, reclama 17 y 18 años de cárcel
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05/6/2019 17:10
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Actualizado: 06/6/2019 10:53
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Un jurado popular de la Audiencia Provincial de Madrid ha declarado hoy culpables a tres sicarios del asesinato a tiros de un hombre al que confundieron con el que iba ser objeto del atentado.

Se trata del colombiano José Arbey Rentería, de 42 años, alias ‘Snoopy’, y de sus compatriotas Breiner Augusto Portilla Tapasco, de 41 años, y Johnson Andrés Medina Vargas, de 32.

Es la primera vez que ‘Snoopy’, un «cobrador del frac» del inframundo del narco, es condenado por asesinato. Hasta el momento, había sido absuelto de otras acusaciones por homicidio y asesinato.

La víctima fue José Luis Lucas Serrano, un empresario madrileño de 32 años, en paro, licenciado en empresariales y cuatrilingüe -aparte del español hablaba inglés, francés y portugués-.

José Luis Lucas Serrrano, la víctima. Foto: El Español

La víctima se parecía físicamente al objetivo, un alunicero que era uno de los hombres de confianza de Francisco Javier Martín Sáez, alias ‘Niño Sáez’, famoso alucinero que fue asesinado a quemarropa a plena luz del día el 14 de mayo de 2017, en la madrileña calle Laín Calvo.

José Arbey Rentería, alias ‘Snoopy’. Foto: El Español

El jurado, por unanimidad, ha considerado a Breiner Agusto Portilla culpable de haber falsificado la matrícula de su moto y de poseer un arma ilegal para asesinar de ocho disparos a José Luis Lucas el 12 de septiembre de 2014 en el madrileño distrito de Usera, tal como reconoció el propio acusado en el juicio.

Admitió que lo mató, pero dijo que no lo hizo por encargo.

También han sido declarado culpables, por mayoría, del delito de asesinato a José Arbey Rentería y a Johnson Andrés Medina, pero el tribunal les ha absuelto del delito de tenencia ilícita de armas que les imputaban la Fiscalía y la acusación particular al no hallar pruebas suficientes para acreditarlo.

El jurado considera acreditado que entre los condenados y la víctima no existía ningún tipo de relación, por lo que actuaron movidos por un precio o recompensa, y que hubo alevosía en sus actos.

El juicio se celebró el 13 de mayo en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid.

La Fiscalía y el abogado de la familia de la víctima les acusaban de haber acabado con la vida de José Luis Lucas por error, al haberse confundido con el objetivo que se les había encargado.

Tras la lectura del veredicto, el Ministerio Público ha mantenido su petición de pena de 23 años de prisión para Portilla, 18 para Arbey, y ha rebajado la de Medina a 17 al no imputarle finalmente el delito de tenencia ilícita de armas.

Además ha pedido una indemnización de 120.000 euros para la pareja de la víctima, con quien convivía, y de 15.000 euros para cada uno de sus padres.

La acusación particular también ha mantenido su petición de 28 años y 3 meses de cárcel para Portilla y de 25 años para los otros dos.

La defensa de Portilla ha alegado que su cliente «colaboró con la Justicia, confesó y mostró su arrepentimiento», por lo que ha pedido 16 años y medio de prisión para él.

Por su parte, el abogado de Arbey ha reclamado que se imponga a su cliente el mínimo legal por el delito, 15 años; mientras que el letrado de Medina ha mantenido que no ha quedado suficientemente probado que su cliente participara en los hechos y ha pedido que se le considere cómplice en lugar de cooperador necesario.

Jhonson Andrés Medina y Breiner Augusto Portilla fueron detenidos el 31 de mayo de 2016. José Arbey Rentería Acebedo se encuentra en prisión provisional por esta causa desde el 30 de junio de 2017.

LA ACUSACIÓN PARTICULAR ESTÁ ‘SATISFECHA’ CON EL VEREDICTO DEL JURADO

La acusación particular, cuya representación legal está ejercida por el abogado Jaime Sanz de Bremond, está “satisfecha” con el veredicto del jurado.

El letrado ha manifestado a Confilegal que “se ha podido demostrar la participación de los tres acusados gracias a que la acusación particular consiguió que la Audiencia Provincial ordenara en su día a la juez titular del Juzgado número 35 de Madrid que a su vez ordenara al responsable de la investigación del grupo de homicidios que investigara determinados teléfonos y posicionamientos, a lo que la ésta se había negado inicialmente”.

“Con este veredicto y su motivación, sobre unos hechos cuya prueba era indiciaria y compleja, se demuestra una vez mas el buen funcionamiento de la institución del Jurado”, ha sentenciado.

La acusación particular pidió inicialmente la prisión preventiva para José Arbey Rentería, que ya había sido detenido en Málaga, junto con otros, con subfusiles ametralladores, pero la Fiscalía no la pidió y la juez no la acordó.

En el juicio la defensa de Rentería trató de aprovecharse y pidió como prueba documental en el juicio la lectura de la resolución de la juez denegando la prisión de éste.

Después de que en el Juzgado se recibieran mas datos, meses más tarde la juez acordó la prisión provisional.

Además, la acusación particular recurrió en apelación la denegación de la  práctica de diligencias y entonces la juez ordenó al responsable de la investigación en homicidios que ampliara la investigación.

LAS BALAS LE IMPACTARON EN EL PECHO, LA CARA, EL CUELLO, Y EN UN BRAZO

Según relata el Ministerio Público en su escrito de acusación, en julio de 2014, Breiner Augusto Portilla alquiló con nombre falso un apartamento en Madrid y a lo largo del mes siguiente adquirió una blackberry para comunicarse por mensajería con los otros acusados y una moto para hacer seguimientos a la víctima.

Detalla que el 12 de septiembre éste se reunió con José Arbey Rentería en las inmediaciones del centro comercial La Gavia para ultimar los preparativos del atentado y poco más tarde se dirigió al barrio de Villaverde donde Johnson Andrés Medina le entregó a través de una tercera persona una pistola semiautomática.

A continuación, Breiner Augusto Portilla se acercó con su motocicleta al vehículo de su víctima que estaba estacionado en la calle, y cuando el propietario del turismo se metió dentro del coche, éste se acercó a la ventanilla del copiloto, lo que llamó la atención del conductor que salió del vehículo.

Entonces, según la Fiscalía, Portilla “rodeó corriendo el coche por la parte trasera» y con el propósito de acabar con la vida del hombre, confundiéndole con el varón al que los acusados tenían el propósito de matar, le disparó a una distancia de 2 ó 3 metros varias veces con él.

Le alcanzó «en 8 ocasiones, en el pecho, la cara, el cuello y el brazo derecho, causándole la muerte instantes después”.

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