El TJSCM rebaja de tres a una las penas de prisión permanente revisable para el asesino múltiple de Pioz
François Patrick Nogueira fue sentenciado el pasado 15 de noviembre a 25 años de cárcel y a tres penas de prisión permanente revisable por cuatro asesinatos, los de sus tíos, Marcos Nogueira y Janina Santos, y de los dos hijos de ambos, de uno y tres años. Foto: EP

El TJSCM rebaja de tres a una las penas de prisión permanente revisable para el asesino múltiple de Pioz

Revisa en su sentencia la muerte de los dos menores, que considera asesinatos con alevosía, pero en los que no concurre la agravante de ensañamiento, que sí recogió el fallo de la Audiencia de Guadalajara
|
13/6/2019 15:50
|
Actualizado: 13/6/2019 15:54
|

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha rebajado de tres a una las penas de prisión permanente revisable para François Patrick Nogueira, quien acabo con la vida de su tío, la mujer de éste y sus dos hijos pequeños en agosto de 2016, en Pioz (Guadalajara).

La Sala de lo Civil y Penal del TSJCM ha estimado parte del recurso de apelación presentado por la defensa contra la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Guadalajara; únicamente en lo que se refiere a la calificación y penas correspondientes a los dos delitos de asesinato con ensañamiento y víctima especialmente vulnerable, que se aprecian respecto de la muerte de los menores M.C.A.C.N. y D.A.C.N., calificación y penas que revoca y deja sin efecto, absolviéndole de dichos delitos de asesinato súper cualificado.

Sustituye la calificación de estos hechos como dos delitos de asesinato con alevosía sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Desestima el recurso de apelación «en todo lo demás», manteniendo los demás pronunciamientos y condenas que se señalan en la sentencia original, que se confirma incluso respecto de la responsabilidad civil.

La sentencia no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Patrick Nogueira fue juzgado en la Audiencia Provincial de Guadalajara por un jurado popular, presidido por la magistrada María Elena Mayor Rodrigo.

El pasado 15 de noviembre fue sentenciado a 25 años de cárcel y a tres penas de prisión permanente revisable por cuatro asesinatos, los de sus tíos, Marcos Nogueira y Janina Santos, y de los dos hijos de ambos, de uno y tres años.

La defensa presentó un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha para intentar conseguir una rebaja en la pena.

La letrada de Nogueira, Bárbara Royo, alegó que su cliente actuó como lo hizo también afectado en sus capacidades cognitivas y volitivas. Señaló que en el caso de la muerte de los tíos del condenado no se puede hablar de asesinato, sino de un homicidio porque no hubo alevosía; y en cuanto a la de sus primos, defendió que no hubo ensañamiento.

NO HUBO ENSAÑAMIENTO CON LOS MENORES

La Sala de lo Civil y Penal del TSJCM revisa en su sentencia la muerte de los dos menores, que considera asesinatos con alevosía, pero en los que no concurre la agravante de ensañamiento que sí se recogió en la sentencia en primera instancia de la Audiencia Provincial de Guadalajara.

Considera que el hecho de que fueran testigos de la muerte violenta de la madre, si bien de manera objetiva les hizo experimentar un gran sufrimiento y terror, no presupone técnicamente el ensañamiento del autor de los hechos, esto es, que el asesinato de su tía no fue premeditadamente para hacer sufrir más a sus primos.

Señala que no hay constancia de que el autor tuviera ese propósito, sino que todo apunta a una secuencia sucesiva de tres asesinatos cometidos sin solución de continuidad, pero sin ánimo específico de infligir sufrimientos adicionales.

Al considerar la muerte de los dos menores como asesinatos con la agravante de alevosía, se reconoce implícitamente la situación de vulnerabilidad de los mismos, lo que no hace posible que la Sala de lo Civil y Penal estime la circunstancia de asesinato hiperagravado, por lo que no procede la pena de prisión permanente revisable por estos asesinatos.

No obstante, recoge la sentencia, la Sala de lo Civil y Penal considera que por las muertes de los menores procede imponer la pena máxima posible, 25 años de prisión por cada asesinato, teniendo en cuenta «la extrema maldad y frialdad del acusado al ejecutarlos», lo que merece «la máxima repulsa o rechazo penal dentro de los márgenes legales».

La Sala no estima ninguna de las circunstancias eximentes y atenuantes solicitadas por la defensa en su recurso, entre ellas la eximente incompleta de alteración psíquica, al no afectar al acusado la anomalía cerebral que presenta y no limitarle su capacidad cognitiva y volitiva.

SIN POSIBILIDAD DE TERCER GRADO HASTA LOS 22 AÑOS DE CUMPLIMIENTO

En lo referente a la forma de cumplimiento de la pena impuesta por la Sala de lo Civil y Penal, la sentencia de apelación fija el cumplimiento de la condena a través de la pena de prisión permanente revisable, con un mínimo de 22 años de cumplimiento para acceder al tercer grado, y un mínimo de 30 años de prisión de cumplimiento efectivo.

Por otra parte, la Sala confirma íntegramente las indemnizaciones para las familias de las víctimas, hasta alcanzar un total de 390.000 euros.

Señala que proceden estas indemnizaciones por el daño moral ocasionado a los familiares por los asesinatos, independientemente de estar acreditada o no una relación de afectividad, convivencia o dependencia económica con las víctimas.

Confirma también la indemnización cercana a los 22.000 euros para el dueño de la vivienda de Pioz donde ocurrieron los asesinatos.

FAMILIARES DE LAS VÍCTIMAS PIDEN QUE EL ‘CÓMPLICE’ DE NOGUEIRA EN BRASIL TAMBIÉN VAYA A PRISIÓN 

Familiares de las cuatro víctimas reclamaron el pasado mes que el que consideran «cómplice» de Nogueira desde Brasil en estas muertes, Marvin Henriques, sea juzgado en su país.

Según informó Walfran Campos, hermano de Marcos Campos, el padre asesinado, y tío del asesino, han enviado un escrito al Ministerio de Asuntos Exteriores de España solicitándole que «se interese» sobre el juicio que hay pendiente en Brasil ante el ministro de Justicia brasileño, Sergio Moro, para que el proceso «ande» porque ahora «está parado».

La familia opina que ha habido una actuación «ejemplar» de la Justicia española. Sin embargo, lamenta que Marvin Henriques esté libre y sin condena alguna.

Según el relato de los hechos del tribunal de la Audiencia Provincial de Guadalajara, Patrick Nogueira acudió la tarde del 17 de agosto de 2016 a la vivienda en la que residían sus familiares, en la localidad alcarreña de Pioz.

Allí, utilizando un cuchillo que había comprado un par días antes, asesinó a la mujer de su tío, y a sus hijos, y esperó a que llegara a la casa su tío para darle también muerte.

Después desmembró los cuerpos de los adultos y metió todos los cadáveres en bolsas. Limpió la casa “para no dejar rastro y asearse”, y esperó a que se hiciera la hora para coger el primer autobús de vuelta, ocultando el cuchillo empleado para cometer los crímenes.

Mientras cometía los hechos mantuvo conversaciones de WhatsApp con un amigo de Brasil.

Los cuerpos sin vida de los cuatro miembros de la familia no fueron descubiertos hasta un mes después del crimen, el 18 de septiembre, tras el aviso a la Guardia Civil de los empleados de la urbanización, alertados por los vecinos “por el olor nauseabundo que emanaba de la vivienda”.

El 17 de septiembre, sobre sobre las 21.45 horas, un empleado de mantenimiento alertó a los vigilantes de seguridad de la urbanización del olor nauseabundo que emanaba de la vivienda.

Entraron en la parcela, comprobaron que en la parte trasera el hedor era más fuerte y descubrieron varias bolsas de plástico en el salón rodeadas de moscas muertas. Inmediatamente avisaron a la Guardia Civil.

El 20 de septiembre, tres días después del hallazgo de los cadáveres, Nogueira voló de Madrid a Río de Janeiro, con la finalidad de eludir la acción de la Justicia y evitar ser detenido.

Cinco días después de hallar los cuerpos descuartizados, España emitió una orden de detención europea e internacional pidiendo la detención de Patrick Nogueira.

Las autoridades judiciales brasileñas habían respondido a las requisitorias españolas señalando que su Constitución prohibía la extradición de sus nacionales. Pedían que se les remitieran todas las actuaciones policiales y judiciales realizadas en España para “iniciar los trámites de un proceso penal”.

El acusado se entregó a las autoridades brasileñas y viajó a España para ser juzgado.

Patrick Nogueira, a su llegada al aeropuerto Adolfo Suárez-Madrid Barajas. Foto: EP

El 19 octubre de 2016 fue detenido y desde entonces estuvo en prisión preventiva. Está interno en la prisión madriñeña de Estremera.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales