JUana Rivas Arcuri

El Supremo admite a trámite el recurso de Juana Rivas contra su condena por sustracción de menores

Rivas defiende en su recurso que actuó por una "causa justificada" como fue "proteger a sus hijos"

1 / 08 / 2019 07:00

Actualizado el 15 / 01 / 2021 11:30

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de casación presentado por Juana Rivas contra la sentencia de la Audiencia de Granada que confirma su condena a cinco años de prisión por sustracción de menores.

En el verano de 2017 permaneció un mes en paradero desconocido con sus hijos incumpliendo las resoluciones que le obligaban a entregárselos al padre.

En una resolución notificada este miércoles, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala Segunda del Supremo expone que no concurre ninguna causa de inadmisión del recurso y que presenta interés casacional.

De ello se da traslado a la Fiscalía y a las partes para que en el plazo de diez días aleguen lo que estimen oportuno.

Rivas defiende en su recurso que actuó por una «causa justificada» como fue «proteger a sus hijos» y no para perjudicar al padre, incidiendo en la denuncia que presentó en julio de 2016 por presunto maltrato contra él.

Su defensa mantiene que «la falta de coordinación entre la Justicia italiana y la española han impedido que exista pronunciamientos firmes a día de hoy sobre el maltrato denunciado y sufrido por sus hijos y por ella misma».

Esta «inactividad» en ambos países «ha incrementado ese convencimiento personal de Juana Rivas, que sólo quiere proteger a sus hijos».

Su equipo jurídico mantiene que la sentencia del Juzgado de lo Penal 1 de Granada, que la condenó en primera instancia, «reconoce» a su expareja como «un maltratador al mencionar la sentencia firme de 2009 en la que fue condenado como autor de un delito de lesiones en el ámbito familiar».

De modo que «si no se ha acreditado una situación de maltrato continuado posterior a estos hechos no ha sido por la falta de diligencia de Juana Rivas, sino por el hecho de que las denuncias interpuestas por ella, casi tres años después, no han obtenido una respuesta judicial firme».

Por tanto existe, a juicio de su equipo jurídico, «causa justificada» en su conducta que elimina la tipicidad del tipo del artículo 225 bis del Código Penal.

El recurso también se basa en que «no existe justificación al porqué ha sido condenada a la pena de cinco años de prisión, accesorias y privación de seis años del ejercicio de la patria potestad, siendo dicha pena muy superior al mínimo legalmente establecido» y solicita subsidiariamente, para el caso de que se mantenga la condena, una pena de dos años de prisión.

Para el caso de que no proceda su libre absolución, también que se aprecie un único delito de sustracción de menores, ya que con independencia de los hijos que se tenga, el acto cometido conllevaría únicamente la existencia de un delito.

NUEVA DENUNCIA

La admisión del recurso se conoce después de que Juana Rivas haya presentado una nueva denuncia contra su expareja por presuntos delitos de violencia doméstica, lesiones y amenazas hacia los dos hijos que tienen en común, tras lo que ha pedido la adopción de medidas cautelares que eviten que regresen con el padre el próximo 14 de agosto, dado que ahora se encuentran con ella en España.

La defensa del italiano Francesco Arcuri ha anunciado este miércoles la adopción de medidas tras la denuncia y ha confiado tanto en el archivo de la misma como en el regreso de los pequeños a Italia en la fecha estipulada.

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