El juez eleva a la Audiencia de Sevilla la causa contra el sobrino de Felipe González
Además del sobrino de González, Juan María González Mejías (en la imagen), serán juzgados el expresidente y exconsejero delegado de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo, el exdirector financiero Antonio Nieto Garrido y el también exdirector de Promoción Cristóbal Cantos.

El juez eleva a la Audiencia de Sevilla la causa contra el sobrino de Felipe González

La Fiscalía pide tres años y medio de cárcel para el familiar del expresidente del Gobierno
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04/9/2019 15:14
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Actualizado: 25/10/2019 17:23
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El juez instructor del ‘caso Invercaria’ remitió el pasado 25 de junio a la Audiencia Provincial, para su enjuiciamiento, la pieza separada de personal, en la que está acusado el sobrino del expresidente del Gobierno Felipe González, Juan María González Mejías.

Ha correspondido por reparto a la Sección Cuarta.

En esta causa, además del familiar del expresidente, exdirector de Promoción, serán juzgados el expresidente y exconsejero delegado de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo, el exdirector financiero Antonio Nieto Garrido y el también exdirector de Promoción Cristóbal Cantos.

El pasado abril, después de que la Fiscalía Anticorrupción, el PP-A, Venture Invercaria y la agencia Idea presentaran sus respectivos escritos de acusación, el juez instructor Juan Gutiérrez Casillas abrió juicio oral contra el expresidente de Invercaria por presuntos delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos, y contra contra los otros tres acusados por un presunto delito de malversación.

EL MINISTERIO PÚBLICO RECLAMA 6 AÑOS PARA EL EXPRESIDENTE DE INVERCARIA

El Ministerio Público reclama 6 años de cárcel para el expresidente de Invercaria por un presunto delito continuado de malversación y 9 años de inhabilitación especial para el ejercicio de funciones de administración y gestión de entidades participadas directa o indirectamente por alguna Administración pública por el delito de prevaricación.

Para el exdirector financiero pide 6 años de cárcel por un presunto delito continuado de malversación, mientras que para los dos exdirectores de promoción solicita 3 años y medio por ese mismo delito.

En concepto de responsabilidad civil solicita que el expresidente de Invercaria indemnice a Venture Invercaria con 90.224 euros; que el exdirector financiero lo haga con 232.446 euros, y que los exdirectores de Promoción Cristóbal Cantos y Juan María González indemnicen con 12.960 y 29.928 euros, respectivamente.

El pasado marzo, el juez acordó seguir las actuaciones por el trámite del procedimiento abreviado contra los cuatro investigados al considerar que “existen indicios racionales de la concurrencia y presupuestos, al menos indiciariamente”, de ambos delitos.

En cuanto al delito de malversación afirma que “existen indicios racionales claros” del mismo “al existir disposiciones de fondos públicos a los que tenían acceso” los cuatro investigados en su relación laboral con Invercaria, “prevaliéndose de las facultades que ostentaban en los cargos que ocupaban para así realizar actos indebidos ilícitos y antijurídicos en detrimento del patrimonio público y en orden a obtener un lucro ilícito e indebido”.

El juez explica en el auto, del 29 de marzo, que esta pieza separada procede del ramo principal y se abrió “por las actuaciones manifiestamente contrarias a derecho en materia de retribuciones del personal y finiquitos en dicha entidad; actuaciones que supusieron” la “disposición de importantes cantidades de dinero a favor de los investigados”.

Señala que Tomás Pérez-Sauquillo, como consejero delegado de Invercaria, “asumió, entre otras, las facultades de contratar y separar empleados y señalarles las correspondientes retribuciones y puestos de trabajo”, de forma que “decidía qué personas eran contratadas para trabajar en la entidad Invercaria, así como los sueldos que le correspondían”.

Según indica el juez instructor, “esta decisión la adoptaba Pérez-Sauquillo sin adaptarse a ningún procedimiento legalmente establecido y por su propia voluntad”.

“Nunca recabó el preceptivo informe previo de la Dirección General de Presupuestos de la Consejería de Economía y Hacienda, ni respetó los límites salariales que le imponían las distintas leyes de Presupuestos de la Comunidad Autónoma”, añade.

“Prevaliéndose de sus facultades como consejero delegado de Invercaria, Pérez-Sauquillo, en los años 2007 a 2009, decidió incrementar las retribuciones que iba a percibir personalmente de Invercaria y ello con el único propósito de enriquecerse a costa de los fondos de Invercaria” y “sin que existiera causa justificada” de dichas subidas salariales, manifiesta el magistrado.

Añade que el 17 de abril de 2006, Antonio Nieto suscribió un contrato de trabajo por tiempo indefinido con Invercaria para prestar sus servicios como director financiero, y que Tomás Pérez-Sauquillo, “concertado” con Nieto, “sin que existiera fundamento objetivo que lo justificara, decidió retribuir al investigado en el periodo de los años 2007 a 2010 unas cifras salariales muy superiores a las que le correspondían según su contrato de trabajo y la legislación vigente”.

Y todo ello, prosigue, “sin que existiera otra causa de esas subidas salariales que el propósito de ambos de obtención de lucro» por parte de Antonio Nieto en perjuicio de Invercaria.

El magistrado relata que el 1 de noviembre de 2005, Cristóbal Cantos suscribió un contrato de trabajo por tiempo indefinido con Invercaria a fin de que ostentara el cargo de director de Promoción en el centro de trabajo de Sevilla, y que en julio de 2007, Invercaria concedió a Cantos un préstamo personal de 30.000 euros a devolver sin intereses en 60 mensualidades mediante un descuento en la nómina.

Según el auto, a la fecha de la extinción de la relación laboral Cristóbal Cantos “tenía pendiente de devolver a Invercaria la suma de 17.962,53 euros” de dicho préstamo.

El juez señala que el expresidente y el exdirector financiero de esta sociedad de capital riesgo, “manejando los fondos públicos de Invercaria, decidieron condonarle la cantidad pendiente de devolución del préstamo personal”, con lo que “permitieron que obtuviera un lucro indebido en detrimento de Invercaria”.

El juez considera que estos tres investigados “eran conscientes y sabedores de lo irregular e ilegal de la condonación de la cuantía todavía adeudada”.

Asimismo, el magistrado asevera que el 1 de julio de 2005, Juan María González suscribió un contrato de trabajo por tiempo indefinido con Invercaria para desempeñar el cargo de director de Promoción en el centro de trabajo de Sevilla, de modo que, cuando comenzó a trabajar en Invercaria, esta sociedad de capital riesgo, “a petición” de este investigado, “se subrogó en el préstamo personal que la agencia IDEA le había hecho a González durante el tiempo que desarrolló su trabajo para la referida agencia IDEA”.

Una operación con la que J.M.G. “pasó a contraer una deuda con Invercaria” por una cuantía de 17.468,75 euros “en concepto de préstamo que debía devolver en 60 meses mediante detracciones mensuales de las retribuciones que fuera percibiendo como trabajador de Invercaria”.

El magistrado precisa que a la finalización de la relación laboral de Juan María González con Invercaria “tenía pendiente de devolver 27.406 euros de los que Invercaria le había prestado”, y señala que el expresidente y el exdirector financiero de la sociedad pública “decidieron condonarle esa cantidad pendiente de devolución”, con lo que “permitieron que obtuviera un lucro indebido con esos fondos públicos en perjuicio para el patrimonio de Invercaria”, siendo estos tres investigados “conscientes y sabedores de la manifiesta irregularidad de esta condonación”.

El instructor también manifiesta que el 31 de mayo de 2010 este último investigado fue nombrado consejero delegado de Invercaria y que al día siguiente de su nombramiento “concertó con Invercaria la concesión de un préstamo personal de 30.000 euros a devolver en 60 meses mediante detracciones de las retribuciones que fuera percibiendo como trabajador”, pero que a la fecha del cese de la relación laboral “tenía pendiente de devolver 29.000 euros” que “no devolvió” en ese momento “con el consentimiento” del director financiero.

Finalmente, repuso dicha cantidad en marzo de 2012.

EL MAGISTRADO YA HA ELEVADO A LA AUDIENCIA DE SEVILLA 13 PIEZAS

Con ésta ya son 13 las piezas que el juez instructor ha elevado a la Audiencia de Sevilla para la celebración del correspondiente juicio oral.

Las otras son las ayudas a Fumapa, Juana Martín, Lolita Canalla, Ferias Internacionales Virtuales de Andalucía (FIVA), Own Spa, Operadores Aéreos Andalus, Servivation, Aceitunas Tatis -cuyo juicio se celebrará a partir del próximo 16 de septiembre-, Electronics Devices Manufacturer (EDM), CEDS S.A., Med & Check y Keepfresh.

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