Las próximas elecciones del 10N resucitan en la sociedad el fantasma del «spam» político desde su propaganda electoral
Esta convocatoria coincide en el tiempo con la noticia dada por Twitter y Facebook que habrían suspendido un total de 359 cuentas atribuidas al PP dedicadas a potenciar la opinión pública artificialmente en las semanas anteriores a la convocatoria electoral del 28A.

Las próximas elecciones del 10N resucitan en la sociedad el fantasma del «spam» político desde su propaganda electoral

Esta nueva cita electoral reabre el debate sobre la privacidad de los ciudadanos y el uso de los partidos políticos de estrategias online a veces al borde de la legalidad
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21/9/2019 06:30
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Actualizado: 20/9/2019 22:24
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La disolución de las Cortes, este lunes, se convierte en el pistoletazo de salida para una nueva cita electoral que se convocará el domingo 10 de noviembre próximo.

Una nueva cita electoral en el que el desarrollo de estrategias «online» en redes sociales será un elemento clave para buscar el voto entre los internautas.

Esta convocatoria coincide en el tiempo con la noticia dada por Twitter y Facebook que habrían suspendido un total de 359 cuentas atribuidas al PP dedicadas a potenciar la opinión pública artificialmente en las semanas anteriores a la convocatoria electoral del 28A y a aumentar la interacción mediante «comportamientos de spam», según han informado ambas redes.

Desde el PP se insiste en que  nunca han  creado cuentas falsas porque considera que la efectividad real en las redes se materializa con los voluntarios reales y sus propias cuentas, pese al estudio de Twitter que confirma que las cuentas estaban operadas directamente por el partido.

Twitter acaba de comunicar en la nueva actualización de su informe de transparencia el cierre de una red de 259 cuentas «operada» por el PP que estuvo activa «durante un período relativamente corto de tiempo», concretamente durante los meses de febrero y marzo de 2019.

“No vais a parar de repetir elecciones hasta que me toque mesa, ¿verdad?”.

Este comentario publicado por un usuario de Twitter hace algunos días, cuando se confirmó que los ciudadanos españoles debían afrontar unas nuevas elecciones el próximo 10 de noviembre, refleja las pocas ganas que tienen los ciudadanos de afrontar una nueva campaña electoral.

Además del cansancio por afrontar las cuartas elecciones en cuatro años, muchos ciudadanos no quieren recibir publicidad electoral por los costes que supone para las arcas públicas semejante gasto de papel, envíos, etc.

Por ello, el abogado Alejandro Alvarez, del Bufete Mas y Calvet, ha elaborado una guía con preguntas y respuestas para que los ciudadanos bloqueen la recepción de propaganda electoral.

¿Qué plazo tienen los ciudadanos?

El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha anunciado que, una vez que se convoquen elecciones, existe un plazo de trece días para solicitar la exclusión del censo electoral; después se enviarán las listas a los partidos que se presenten a las elecciones para comenzar el envío de la propaganda.

No obstante, no hace falta esperar hasta tan tarde: podemos hacerlo ya.

De hecho, en esta última semana vía INE se habría dato de baja para recibir publicidad electoral algo más de 112.000 ciudadanos de toda España. Una cifra que previsiblemente se incremente en los próximos días, a medida que se acerque la comentada cita electoral.

¿Qué supone la exclusión total?

Si se opta por esta alternativa, se bloqueará el envío de cualquier propaganda electoral (y así no recibir comunicaciones de ninguna formación política) se puede tramitar ‘online’, en la Sede Electrónica del INE. Estos son los requisitos:

Álvarez señala que el solicitante debe tener un certificado electrónico válido o gestionarlo mediante el sistema Cl@ve (la Agencia Tributaria recomienda utilizar la App Cl@ve PIN para obtener un PIN y código con el fin de iniciar el procedimiento).

Por defecto el votante aparecerá como “Incluido” en el Censo Electoral para recibir propaganda política a través de medios electrónicos; hay que modificarlo para aparecer como “Excluido” y enviar la solicitud. . Además, se podrá pedir un justificante de presentación de su solicitud.

¿Se puede solicitar la exclusión parcial?

“Los ciudadanos cuentan con una fórmula para solicitar a determinados partidos que no les envíen su programa electoral ni publicidad de campaña. Aunque esta gestión puede resultar más engorrosa, los ciudadanos con derecho a voto pueden elegir aquellas formaciones de las que no desea recibir información”, aclara el abogado especialista en privacidad y protección de datos.

Los pasos a seguir son:

En primer lugar, enviar una solicitud al partido en la que incluyan su nombre y apellidos y una copia de su DNI, pasaporte, etc.).

Ahí debe manifestarse el deseo de ejercer los derechos de acceso, oposición y supresión, de conformidad con lo previsto en los artículos 15, 21 y 17, respectivamente, del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

Se debe especificar que solicita la oposición al tratamiento de sus datos, en virtud de los artículos 16.2 y 18.4 de la Constitución Española, así como el artículo 21 del RGPD.

Adicionalmente, puede indicar que en el supuesto de que dicha información se encuentre almacenada en una base de datos de perfiles ideológicos, se solicita expresamente su eliminación de dicha base de datos, comenta Alvarez.

También se puede enviar la solicitud a los partidos a los que se solicita la exclusión por correo postal o por correo electrónico. Estas son las direcciones de correo de los principales partidos en las que puede presentar esta solicitud.

¿Cómo puede actuar un ciudadano sino se atiende su solicitud?

Si a pesar de haberlo solicitado, el votante sigue recibiendo propaganda electoral, podrá interponer una denuncia ante la AEPD, para lo que puede pedir asesoramiento a abogados especialistas en materia de protección de datos, explica el abogado del Bufete Mas y Calvet.

La AEPD, vigilante con esta situación

El pasado mes de marzo, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) publicaba una circular en la que restringía la recopilación y tratamiento de datos para trazar perfiles ideológicos y el envío de propaganda electoral por medios electrónicos o “spam electoral”.

Esta circular salía a colación de la posibilidad que abría una disposición aprobada en la nueva LOPD que facilitaba el perfilado de datos para los partidos políticos. En ese escenario la propia directora de la AEPD, Mar España, dejó claro que el regulador iba a ser inflexible contra esa medida.

Una situación que era  posible con la disposición final tercera, que modifica el artículo 58 de la Ley Electoral (LOREG) en la mano, introducida en la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos y de Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD) y de la que desde la AEPD se insistió en que no se informó de ella.

Precisamente la sociedad civil, guiada por diferentes expertos en privacidad instaba al Defensor del Pueblo que presentase un recurso de inconstitucionalidad contra dicha norma, una norma que finalmente el pasado 22 de mayo declaraba el Alto Tribunal inconstitucional  y anulaba dicho artículo.

El artículo anulado permitía a los candidatos rastrear Internet en busca de información ideológica de cada votante y sus datos de contacto, con el fin de enviar mensajes electorales personalizados en Whatsapp o redes sociales sin consentimiento previo.

Se trataba de frenar el spam político segmentado por perfiles ideológicos.

La propia AEPD en esa circular acotaba el uso del big data y la inteligencia artificial, prohibiendo prácticas como el microtargeting y el uso de sistemas que pudieran desviar la voluntad de los electores.

Adicionalmente, restringía el acceso a la información obtenida en páginas web o redes sociales, como Facebook o Twitter y obliga a que, una vez concluidas las elecciones, se destruya dicha información.

La AEPD entiende que el tratamiento de datos sobre opiniones políticas tiene carácter excepcional y supone un riesgo elevado para los derechos y libertades de las personas, por lo que puede realizar inspecciones por propia iniciativa o bien como consecuencia de las denuncias de los ciudadanos, e imponer sanciones millonarias.

Ahora ante la nueva campaña electoral, quizás una de las más reñidas que se esperan, nuestro regulador volverá a estar en guardia.

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