Condenado por abuso sexual el empresario que simuló besar a Teresa Rodríguez (Podemos)

Condenado por abuso sexual el empresario que simuló besar a Teresa Rodríguez (Podemos)

Y por un delito leve de falta de respeto y consideración debida a la autoridad, mientras que ha sido absuelto del delito contra la integridad moral y del delito de atentado

30 / 09 / 2019 13:51

Actualizado el 28 / 10 / 2019 12:50

En esta noticia se habla de:

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado por abuso sexual al empresario y exvocal de la Cámara de Comercio de Sevilla Manuel Muñoz Medina, quien simuló besar a la coordinadora general de Podemos Andalucía, Teresa Rodríguez.

Medina también ha sido condenado por un delito leve de falta de respeto y consideración debida a la autoridad; mientras que ha sido absuelto del delito contra la integridad moral y del delito de atentado de los que también había sido acusado.

El tribunal le ha impuesto el pago de una multa de 13.800 euros (20 euros al día durante 23 meses), con responsabilidad personal legal subsidiaria en caso de impago, y que indemnice a Teresa Rodríguez con 2.500 euros.

La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla considera que es «indudable que los hechos descritos en el relato de hechos probados en esta resolución provocan en cualquier persona, sin necesidad de mayor prueba, un innegable impacto psíquico, desazón e incluso humillación, que ha de ser compensado».

Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Dos días después de estos hechos, ocurridos el 20 de diciembre de 2016, el empresario presentó su renuncia irrevocable como vocal a instancias de la propia Cámara de Comercio.

«No son bromas, sino delitos. Basta ya de impunidad con el machismo», ha señalado Teresa Rodríguez en Twitter tras conocer el fallo.

LA FISCALÍA PEDÍA UN AÑO Y NUEVE MESES DE CÁRCEL Y EL ABOGADO DE RODRÍGUEZ UN AÑO Y SEIS MESES

La Fiscalía de Sevilla solicitaba un año y 9 meses de cárcel: un año y una multa de 1.200 euros por un delito de atentado a la autoridad, y nueve meses de prisión por un supuesto delito contra la integridad moral.

También reclamaba que indemnizara con 6.500 euros a Rodríguez por los «perjuicios personales» causados.

Por su parte, el abogado de Teresa Rodríguez reclamaba seis meses de prisión por un delito contra la integridad moral, y un año de cárcel, así como el pago de una multa de 7.200 euros por un delito de atentado a la autoridad, así como que indemnice a su patrocinada con 6.500 euros.

El acusado solicitó su absolución al entender que no ha cometido ningún delito y reiteró que su intención fue «gastarle una broma» en un momento en el que se encontraba «embriagado».

RECHAZA LOS ARGUMENTOS DEL EMPRESARIO DE QUE FUE UNA ‘BROMA PESADA’: ES UNA ‘EXCUSA INACEPTABLE’ TRATÁNDOSE DE DOS PERSONAS DESCONOCIDAS’

El tribunal considera probado que el 20 de diciembre de 2016 se celebró en la sede de la Cámara de Comercio de Sevilla un acto al que había sido invitada, entre otras autoridades, Teresa Rodríguez, en su condición de miembro del Parlamento de Andalucía por la formación Podemos Andalucía de la que, entonces, era portavoz.

Indica que Teresa Rodríguez accedió a subir y lo hizo acompañada de la jefa de Protocolo.

Unos minutos después, y cuando ésta salía del despacho, el condenado salió de una sala contigua «con una copa en la mano» y, «conocedor de la condición» de la afectada «y de la función representativa que cumplía, se dirigió apresuradamente hacia ella».

El tribunal detalla que «de forma sorpresiva e inopinada, sin mediar palabra ni saludo previo, la rodeó por la espalda con su brazo derecho, haciéndola retroceder contra un rincón, al tiempo que aproximaba su cuerpo al de ella y le ponía la otra mano sobre la boca besando a continuación su propia mano en lo que simulaba ser un beso en los labios a la parlamentaria».

Estos hechos que tuvieron lugar en presencia de la jefa de Protocolo, el presidente y un vocal de la Cámara de Comercio.

El tribunal indica que Rodríguez, «incapaz de reaccionar tras lo sucedido, optó por abandonar el lugar de forma rápida, acompañada de la jefa de Protocolo, a quien transmitió de «manera inmediata su malestar e indignación».

Considera que el testimonio prestado por Teresa Rodríguez «ha sido claro, preciso y contundente, sin contradicciones que pudieren considerarse relevantes y persistentes en todos sus extremos esenciales, sin que quepa aventurar ningún móvil espurio que pudiera impulsarla a narrar unos hechos en forma distinta a como realmente sucedieron», mientras que los testigos que declararon en el juicio «confirman la realidad del incidente y de su carácter inopinado y sorpresivo».

El tribunal también alude al visionado del vídeo que contiene la grabación de lo sucedido, que «corrobora la versión de los hechos» ofrecida por la denunciante, frente a lo que el empresario «se limita a manifestar que fue «un saludo normal», que no le puso la mano sobre la boca o que tampoco la agarró por la espalda», y calificó los hechos como una «broma pesada».

El tribunal asevera que «no se trata más que de una excusa inaceptable, tratándose, como se trataba, de dos personas desconocidas, que no habían mantenido la menor relación».

Considera que «es indudable» que la conducta llevada a cabo por el empresario «tenía un inequívoco significado sexual» y que fue realizada «sin el consentimiento» de la denunciante, «que se vio involucrada en un comportamiento sexual no deseado», y que ambas cosas «eran conocidas y queridas por el acusado».

El tribunal recuerda que el delito de abuso sexual del artículo 181.1 del Código Penal, por el que Manuel Muñoz Medina ha sido condenado en concurso ideal con un delito leve de falta de respeto, contempla una pena de prisión de uno a tres años o multa de 18 a 24 meses.

Explica que la interposición de la mano» del empresario entre su boca y los labios» de la denunciante, «el carácter fugaz del acto y la gravedad de la conducta aconsejan la opción por la pena pecuniaria».

Noticias relacionadas:

El juez Pedraz imputa al exjefe de la UDEF en la causa sobre las presuntas investigaciones a Podemos

Ione Belarra e Irene Montero: ¿cometieron un delito de desobediencia en la etapa final de La Vuelta Ciclista a España?

Caso Errejón: una Ley del «sólo sí es sí» que incumplen sus propios creadores, y que no contempla sanciones

Alberto Rodríguez, «El rastas», puede pedir responsabilidad patrimonial al Estado tras la sentencia del Constitucional

Sumar reconoce que se enteró por la prensa de que Podemos se iba al Grupo Mixto y acusa a los morados de desleales

La Comisión de Justicia del Congreso aprueba la reforma socialista de la ley del “sólo sí es sí” con el rechazo de Podemos 

Lo último en Tribunales

Guardia civil de espaldas.

La Guardia Civil abre expediente disciplinario al capitán de la UCO implicado en el ‘caso Leire Díez’ y lo suspende de funciones, cautelarmente

leire diez en plaza de castilla

El PSOE eleva a 44.859 euros los pagos reconocidos a Leire Díez como asesora de comunicación

Policía Nacional(1)

El TSJ de Madrid anula la exclusión de un aspirante a Policía Nacional por la pérdida traumática del bazo

stradivarius zara despido

Un holding uso datos de dos empresas para despedir a una empleada: el juez condena con 5.000 € por vulneración de la intimidad

Ferrer y Martínez Arrieta compiten por presidir la Sala Penal del TS y Teso y Lucas, por lo Contencioso-Administrativo

El Supremo pone freno a las empresas: las cláusulas que permiten cambiar unilateralmente la jornada son nulas