4 cuestiones a tener en cuenta, desde el punto de vista legal, para invertir en patrocinio de los «e-Sports»

7 / 11 / 2019 06:30

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Las previsiones indican que la industria de los «Electronic Sports» o «e-Sports», como también se les denomina, posiblemente superará los 1.000 millones de dólares (903.455.000 euros) en ingresos al acabar 2019.

Su crecimiento es exponencial.

Sólo en España, el número de usuarios este 5,5 millones. Por lo que ya existe masa crítica para las grandes marcas y para muchas otras que no han estado relacionadas con el sector, pero que ven en los «e-Sports», la práctica de videojuegos multijugador, una oportunidad para llegar a más público.

El problema es que no existe un marco jurídico propio en España.

Bird & Bird, un despacho international de abogados con experiencia en este campo, opina que existen algunos aspectos que las empresas deben tener muy presente a la hora de cerrar contratos de patrocinio de «e-Sports». Son cuatro:

PROTECCIÓN ANTE UNA INDUSTRIA CAMBIANTE

El carácter dinámico del mundo de los deportes electrónicos hace que presente interesantes oportunidades a la vez que desafíos.

Las listas de equipos se modifican con frecuencia, los jugadores franquicia cambian de equipo con poca antelación, el equipo ganador de una temporada podría descender la siguiente o puede cambiar de liga e incluso las estructuras de dichos campeonatos pueden también variar de una temporada a otra”, explica Alberto Rodríguez, abogado  de Bird & Bird y experto en este área.

Por esa razón, tanto los patrocinados como los patrocinadores deben tomar medidas en los contratos para garantizar la menor exposición posible a las fluctuaciones de un entorno tan cambiante.

“Si un contrato de patrocinio depende de la permanencia de un jugador, de que un equipo continúe jugando cierta liga o de que un torneo siga celebrándose en una región concreta, es importante prever las consecuencias de cualquiera de las anteriores circunstancias y revisar con especial cuidado las cláusulas de terminación», aconseja Rodríguez.

ATENTOS A LOS DERECHOS DE IMAGEN

No es nada frecuente que los contratos de patrocinio impliquen una cesión de derechos de imagen, lo que añade una derivada adicional a los ya de por sí complejos contratos de patrocinio.

Es fundamental que las partes del contrato analicen previamente la bondad de sus respectivos derechos (derechos de imagen del patrocinado y marcas del patrocinador), evitando de esa forma celebrar contratos que posteriormente no podrán cumplir con las consecuentes penalidades.

“Los deportes electrónicos son un fenómeno global en que interviene un gran número de operadores diferentes (tales como publishers, ligas, equipos, jugadores, retransmisores) por lo que es fundamental que el patrocinador se asegure de la plena disponibilidad de los derechos de imagen. Del mismo modo el patrocinado debe asegurarse de que la marca patrocinadora cuenta con un nivel de protección suficiente y no vulnera los derechos de terceros, ya que de lo contrario el patrocinado podría incurrir en responsabilidades frente a terceros» asegura Lourdes Ayala, responsable del departamento de Derecho Mercantil de la firma.

Por todo ello, explica que «en un mundo tan complejo es crucial ambos realicen una ‘due diligence’ previa sobre los citados derechos de la otra parte.”

LA REPUTACIÓN DE LA MARCA, UN PUNTO CRÍTICO

Los «e-Sports» se están profesionalizando rápidamente, sin embargo, dada su naturaleza global e instantánea, así como el nivel de actividad (relativamente autónoma) de los jugadores en los medios de comunicación online, a veces pueden producirse incidentes que dañen la reputación del patrocinador.

Los patrocinados deben ser conscientes de los daños reputacionales que sus actuaciones pueden infligir a la marca, de ahí que sea imprescindible que los contratos aborden situaciones de crisis reputacional de la forma más eficaz y ágil posible.

UN ACUERDO BIEN CERRADO  

El último paso a la hora de firmar el contrato de patrocinio es asegurarse de que esté debidamente documentado.

Con el aumento de los valores del patrocinio en el sector de los esports y los contratos que se extienden desde una sola temporada hasta cuatro o cinco, nunca ha sido más importante asegurarse de que los acuerdos alcanzados en una reunión o por correo electrónico se formalicen con todo detalle, aseguran desde Bird & Bird.

De este modo, tanto los titulares de los derechos como los patrocinadores pueden establecer relaciones duraderas y aprovechar al máximo las enormes oportunidades que ofrece la industria del deporte electrónico.

A medida que los esports continúan su crecimiento exponencial en España, el marco jurídico deberá evolucionar y adaptarse a las particularidades de este sector para garantizar el máximo de seguridad jurídica a todos los actores. Para ello contamos con los precedentes de mercados más maduros como Corea del Sur o Francia”, concluye Alberto Rodríguez.

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