Condenado a 20 años de cárcel por violencia doméstica y abuso sexual a sus dos hijas menores
El magistrado Javier Ercilla Garcia, titular del Juzgado de lo Social número 10 de Las Palmas de Gran Canaria, destaca que la automatización de una empresa no puede considerarse causa técnica del “despido objetivo”.

Condenado a 20 años de cárcel por violencia doméstica y abuso sexual a sus dos hijas menores

El tribunal concluye que abusó sexualmente de la hija de 11 años desde que tenía 4 y hasta que cumplió los 8, y que a otra hija, de 6 años, realizó distintos tocamientos
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13/11/2019 09:54
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Actualizado: 06/4/2021 11:29
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La Audiencia Provincial de Teruel ha condenado a un individuo a penas que suman 20 años de cárcel por un delito continuado de abuso sexual a una de sus hijas (12 años de prisión); un delito continuado de abuso sexual a otra hija (seis años de prisión), y por un delito de violencia habitual en el ámbito familiar (dos años).

El tribunal ha retirado a este sujeto, de nacionalidad colombiana, y de 51 años, la patria potestad de sus dos hijas, y le prohíbe, durante 15 años, acercarse a las tres víctimas a una distancia inferior a los 300 metros y a comunicarse con ellas por cualquier medio y procedimiento.

El condenado deberá indemnizar a su hija de 11 años con 30.000 euros por los daños psíquicos y morales sufridos y a la de 6 años con 15.000 euros.

Estas cantidades estima el tribunal que son prudenciales y adecuadas, «si se atiende el daño que irreparablemente ha supuesto para las víctimas, a su indemnidad sexual, y la necesidad de tratamiento psíquico y psicológico anudado también a la violencia familiar habitual sufrida».

Por otra parte, el tribunal lo ha absuelto del delito de violencia contra la mujer, en su modalidad de un delito de lesiones, del que le acusaba la acusación particular.

Los magistrados no consideran probado que las lesiones sufridas por la mujer fueran el resultado de una agresión física previa del acusado contra su pareja, y recuerdan que la causa por este delito, ya denunciado, fue sobreseída a petición de la Fiscalía en noviembre de 2017.

Esta sentencia, fechada a 4 de noviembre, la firman las magistradas María Teresa Rivera Blasco, Sara Cristina García Casanova, y María de los Desamparados Cerdá Miralles, que ha sido la ponente.

Contra esta resolución (la número 72/2019) cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

El condenado ha estado en prisión provisional desde febrero de 2018.

El juicio tuvo lugar el pasado 14 de octubre, a puerta cerrada, para preservar el derecho a la intimidad de las menores.

El tribunal relata que desde hace aproximadamente 14 años este individuo, sin antecedentes penales, mantuvo una relación sentimental de pareja estable con una mujer, y que fruto de la relación nacieron dos hijas que tienen 11 y 6 años de edad.

Para el tribunal, los hechos relatados durante el juicio no dejan duda de que desde el año 2004, y hasta el momento de la crisis familiar en el domicilio de la pareja y de las hijas (momento en que se presenta la denuncia que dio origen a este procedimiento), «se han venido sucediendo constantes actos de menosprecio, humillación e insultos a la madre, de cuya gravedad nos hablan las secuelas descritas (estrés postraumático)».

Indican que «ello ha generado un sustrato de convivencia de la pareja, y familiar, insoportable en el que no han faltado, numerosos y frecuentes castigos físicos, menosprecios e insultos a las hijas, ambas menores de edad, habiéndose sucedido los diferentes episodios en el domicilio familiar, y también en presencia de las menores».

Sobre los delitos de abuso sexual continuado cometidos con las dos hijas, el tribunal ha considerado probado que, en el caso de la niña de 11 años, el padre abusó sexualmente de ella desde que ésta tenía 4 años y hasta que cumplió los 8 años, habiendo incurrido en la conducta tipificada en el párrafo tercero del artículo 183 del Código Penal (“cuando el ataque consista en acceso carnal por vía vaginal, anal, bucal…”).

En el caso de la otra hija, de 6 años, también considera probado que realizó con ella distintos tocamientos.

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