Jaime Botín reconoce que no quería que el Gobierno se hiciera con el cuadro de Picasso que intentaba vender

La juez eleva la condena a Jaime Botín por contrabando de un Picasso a tres años de cárcel y multa de 91,7 millones

Explica que la pena debe imponerse en su mitad superior, lo que implica ese agravamiento de la condena y que podría implicar el ingreso en prisión de Botín al superar los dos años

4 / 02 / 2020 11:13

Actualizado el 04 / 02 / 2020 12:08

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El Juzgado de lo Penal número 27 de Madrid concluye que el delito de contrabando de bienes culturales por el que se condenó a Jaime Botín, expresidente de Bankinter y hermano del banquero fallecido Emilio Botín, se ha de imponer en su mitad superior, por lo que de conformidad con el artículo 66.6 del Código Penal debe hacer frente a una pena de prisión de tres años y un día, y a una multa de 91.700.000 euros, con responsabilidad subsidiaria de cuatro meses.

Así lo señala la magistrada Elena Raquel González Bayón en un auto fechado a 30 de enero y difundido hoy.

El pasado 14 de enero condenó a Botín a 18 meses de cárcel y a una sanción de 52,4 millones de euros por un delito de contrabando de bienes culturales, por querer sacar de territorio nacional sin permiso alguno el cuadro de Picasso ‘Cabeza de mujer joven’, para venderlo en Reino Unido.

Además, determinó que la propiedad del cuadro -incautado en 2015 en el barco del condenado en Córcega (Francia)- es del Estado, en aplicación de la Ley de Patrimonio Histórico Español.

La Fiscalía y la Abogacía del Estado pedían 4 años de prisión y más de 100 millones de multa. Además, la Abogacía reclamaba que se decomisara el medio de transporte del cuadro, la goleta Adix. La defensa, por su parte, pedía la absolución.

‘Cabeza de una mujer joven’ data de 1906 y es una de las pocas obras del periodo ‘Gosol’; está valorada en 26.200.000 de euros.

El pasado 20 y 24 de enero, la magistrada recibió sendos escritos del Ministerio Público y la Abogacía del Estado en los que pedían la aclaración de la sentencia -número 1/2020- «al haberse observado un error en la imposición de la pena».

Tras la revisión, la magistrada aumenta la pena de cárcel a tres años y un día, y fija la multa en 91,7 millones de euros.

El resto de la sentencia lo mantiene intacto.

Contra este auto no cabe interponer recurso alguno.

La defensa, ejercida por el letrado Javier Gómez Bermudez, magistrado en excedencia y socio de Ramón y Cajal Abogados, anunció el pasado 16 de enero que recurriría la sentencia.

Sostiene que Botín es inocente y afirma que la resolución “incurre en graves defectos y errores” e «introduce varios factores de inseguridad jurídica con graves consecuencias para España».

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