Tres años de prisión para el joven que mató a su hermano accidentalmente

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a tres años de prisión a un joven por el delito de homicidio imprudente y tenencia ilícita de armas

13 / 02 / 2020 06:30

En esta noticia se habla de:

El magistrado presidente del Tribunal del Jurado que ha enjuiciado el caso, Pascual Fabiá Mir, ha condenado al joven, Euris Ariel Amador Celestino, por un delito de homicidio imprudente a dos años de prisión y a un año más por tenencia ilícita de armas, según la sentencia 8/2020, de 11 de febrero, a la que ha tenido acceso Confilegal.

Además, tendrá que indemnizar al padre de la víctima y a su hermano menor con una cantidad de 70.000 y 20.000 euros, respectivamente.

La resolución recuerda que el jurado entendió probado que el acusado no disparó intencionadamente la escopeta de cañones recortados, cuyo proyectil alcanzó a su hermano y le causó la muerte. Durante el juicio, la defensa explicó –y así quedó probado– que Euris Ariel Amador Celestino había sufrido en el pasado una agresión con un machete en su mano derecha que le dejó secuelas posteriores, reduciendo su movilidad, lo que contribuyó a que se produjera el disparo accidental.

Asimismo, el jurado no consideró acreditado que Euris Ariel formara parte el día en que acontecieron los hechos de la banda latina ‘Dominican Don´t Play’ y que hubiera un enfrentamiento entre los dos hermanos, tal y como señalaba el Ministerio Fiscal.

Sin embargo, el acusado, subraya el magistrado, «debió prever la posibilidad de que se disparara el arma y el disparo alcanzara a alguien, ante las concretas circunstancias concurrentes, pues cogió una escopeta (instrumento generador de grave riesgo para la integridad física), arma modificada (y, por ello, más inestable y difícil de manejar), en la que podía confundirse si estaba activado el mecanismo de seguro, desconociéndose si estaba o no cargada».

El abogado defensor, Jaime Sanz de Bremond –uno de los grandes especialistas en jurados populares de España– ha mostrado su satisfacción con la resolución, al igual que ya lo hizo en su día con el veredicto del Jurado.

“La sentencia amplía la ya destacable motivación del veredicto del jurado y la condena a un total de 3 años de prisión avala la petición de 2 años de prisión que realizó la defensa, lejos de los 22 años de prisión que le pedía el fiscal al empezar el juicio y lejos también de los 6 años de prisión que la el Ministerio Público pidió después del veredicto del jurado”.

A su juicio, “basta leer el acta del veredicto, con su detallada, coherente y ordenada motivación, para demostrar el buen funcionamiento de la institución del jurado, en contra de lo que interesadamente se ha llegado a afirmar desde determinados e interesados sectores. Somos los profesionales alrededor del jurado los que a veces fallamos, no el jurado”.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, que, en su caso, deberá interponerse dentro de los diez días siguientes a la notificación de la sentencia.

Noticias relacionadas:

Peinado abre juicio oral contra Begoña Gómez y le retira el pasaporte por los presuntos delitos de tráfico de influencias, malversación y apropiación indebida

Opinión | El tribunal del jurado, sí pero para que enjuicie a otro, no a mi

Condenado sin estar presente y sin un solo apoyo: la Audiencia de Madrid anula la sentencia contra un hombre con el 67% de discapacidad

10.000 euros de indemnización a una pareja a la que BBVA introdujo erróneamente en el fichero de morosos

El contenido del MASC no necesita incluir una «posibilidad de acuerdo», según la AP de Madrid

La discapacidad de un hijo mayor de edad no impide por sí mismo la extinción de la pensión de alimentos

Lo último en Tribunales

seguro obligatorio

El TJUE da vía libre a la compraventa de indemnizaciones de tráfico: los «cazacréditos» pueden reclamar, pero no son víctimas

clínica dental

El Supremo deja claro quién debe pagar si cierra una clínica dental y deja al cliente «tirado» con el tratamiento

construcción colegio extremadura administración

El Gobierno de Extremadura, condenado por su propia desidia en la construcción de un colegio: «nadie puede aprovecharse de sus propias torpezas»

José Luis Ábalos

¿Puede Ábalos cobrar la jubilación en la cárcel? El futuro económico del exministro en prisión analizado

JOsé Manuel Bandrés

El Supremo se rompe por la eutanasia: 8 magistrados, el 25 %, niegan que un padre pueda impedir la muerte asistida de su hijo