Garzón plantea un marco regulatorio para la publicidad del juego con horarios limitados y sin la presencia de famosos
Alberto Garzón, ministro de Consumo. Foto: Ministerio de Consumo.

Garzón plantea un marco regulatorio para la publicidad del juego con horarios limitados y sin la presencia de famosos

Consumo abre a consulta pública desde este lunes el Real Decreto Ley sobre comunicaciones comerciales que cuenta con más de cien medidas fijadas
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22/2/2020 06:30
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Actualizado: 22/8/2023 11:43
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Restricciones fuertes llegan al campo de la publicidad del juego ‘online’, una actividad que tras cinco años de puesta en marcha tendrá a lo largo de este verano su primera normativa.

“Hemos optado por un paradigma regulatorio estricto antes que por un paradigma de la prohibición total» porque «entendemos que esa es la mejor de las medidas», defendió este viernes el ministro de Consumo, Alberto Garzón, durante la presentación del proyecto, que definió como un primer paso a la «regulación integral».

El ministro recordó que en 2018 Italia impulsó una prohibición total del juego que se ha comenzado a flexibilizar ahora ante el aumento del juego ilegal. «La prohibición total de la publicidad no solo es inadecuada sino que es imprudente», insistió.

Según explicó, este Real Decreto sobre comunicaciones comerciales de las actividades de juego se abrirá a audiencia pública a partir del lunes, momento en el que se conocerá su contenido íntegro.

La convocatoria de la Conferencia Sectorial del Juego el próximo mes de marzo será un buen lugar para que las comunidades autónomas con competencias en el juego físico puedan dar su opinión sobre esta normativa y realizar sus aportaciones.

Este Real Decreto que ya ha sido enviado a Bruselas, para su análisis, modificará de forma notable el 99% de la actual comunicación comercial del sector en España y prohibirá el 80% de los actuales anuncios.

Sin embargo, entidades como FACUA o la OCU ya han vertido sus primeras críticas por considerar que las medidas son «escasas» y piden una regulación similar a la que existe en relación al alcohol y al tabaco, tal y como viene reflejado en el acuerdo programático que suscribieron en diciembre PSOE y Unidas Podemos.

El ministro que no fue demasiado concreto en su exposición dejó entrever que habrá un régimen sancionador con multas entre 100.000 y 1 millón de euros para aquellas empresas que inclumplan este régimen que ahora tendrá un amplio debate.

También recordó que las empresas tendrán un tiempo para adaptarse al nuevo escenario que va a afectar a la mayor parte de la publicidad del juego ‘online’ que existe en la actualidad.

El texto supone un desarrollo de los artículos 7 y 8 de la Ley 13/2011 de regulación del juego y ordena tanto los mensajes como el horario para la publicidad del sector. La medida afectará al juego público y al privado.

Una norma estricta

La futura  norma se convertirá así en la más estricta de la Unión Europea y del Reino Unido, apostando por la “regulación” frente a la prohibición “por su eficacia” y para “evitar el juego ilegal”.

Los datos revelan que para la salud es mejor que el juego “se practique de forma controlada” para que el Estado tenga capacidad de protección.

En el nuevo desarrollo de los artículos 7 y 8 de la Ley 13/2011 -que, según ha explicado al ministro, ya ha sido transmitida a la Comisión Europea para su validación- los famosos no podrán aparecer en la publicidad de las casas de apuestas.

Sin embargo, la prohibición no afectará a las camisetas de los jugadores, en las que no es raro ver los logos de empresas del sector del juego.

En cualquier caso, que aparezcan estos logos o referencias será ilegal en las prendas que se venden en tallas para menores. Los estadios y equipos de fútbol tampoco podrán llevar la marca de una casa de apuestas en su nombre.

«Los famosos no van a poder hacer publicidad y es evidente que los jugadores de fútbol de primera división son famosos», aclaró,  para luego añadir que “ningún estadio podrá llamarse con el nombre de una empresa de juego, tampoco ningún equipo de baloncesto o balonmano».

Restricciones horarias en publicidad

Garzón hizo una síntesis del citado Real Decreto, sobre la publicidad de los operadores de juego en radio y televisión solo podrá emitirse entre las 1 y las 5 de la madrugada.

Excepcionalmente podrán anunciarse apuestas en retransmisiones audiovisuales de eventos deportivos, pero solo si son en directo, fuera del horario de protección infantil, a partir de las 20 horas, y no infringe ninguna de las normas que regula el Real Decreto sobre contenidos de los mensajes.

En cualquier caso, la comunicación comercial que se emita en las franjas permitidas, no podrá incluir referencias directas o indirectas a promociones o bonos económicos.

Tampoco se permitirá el uso de interpelaciones o incitaciones a la realización inmediata de apuestas, del tipo “juega ya”, “apuesta ahora” o recursos similares.

La publicidad no podrá contener la posibilidad de reintegrar la cantidad apostada, ni información sobre cotizaciones, ni vincular la apuesta a la lealtad del apostante hacia participantes o deportistas.

Responsabilidad social

También comentó que aquellos  anuncios comerciales que sugieran que el juego es una solución para problemas profesionales o financieros, que representen de forma atractiva el juego o que otorguen superioridad moral a aquellos que juegan sobre los que no, también quedarán excluidos con este proyecto de Real Decreto.

De la misma manera se prohibirán los mensajes que desvaloricen el esfuerzo en relación al juego, los que utilicen representaciones gráficas de dinero o artículos de lujo, los que inciten a la práctica compulsiva del juego, los que presenten ofertas de préstamo para jugar y los que vinculen el juego con ideas que expresen éxito personal, social, económico o profesional.

Por último, el Real Decreto prohíbe también el uso de mensajes comerciales que sugieran que la repetición del juego aumenta la probabilidad de ganar o que la habilidad del jugador eliminará el azar, así como los que presenten el juego como una actividad económica o financiera.

En cuanto a las medidas enfocadas a la protección de los menores, el Real Decreto incluye la prohibición de todos los mensajes publicitarios que inciten a menores de edad a jugar o que resulten especialmente atractivas para captar su atención.

De la misma manera, el Real Decreto garantiza que toda la publicidad que se difunda queda excluida de medios de comunicación destinados a los menores tales como aplicaciones, páginas web o contenidos digitales específicos.

Por último, el texto regula los espacios físicos donde la publicidad puede aparecer y detrae tanto los exteriores o interiores de salas de espectáculos a los que puedan acceder a menores de edad, así como el interior o exterior de estadios o recintos deportivos que celebren competiciones destinados a menores de edad.

Regulación específica de ‘YouTube’

El ministro explicó que se está desarrollando el caso concreto de la publicidad de juego online en ‘YouTube’, uno de los canales más utilizados por los menores de edad.

«La regulación de servicios como ‘YouTube’ es distinta porque la Unión Europea lo marca así» y «hay problemas técnicos» que se están intentando superar, detalló Garzón, que ha insistido en que la plataforma tendrá que cumplir la restricción horaria.

«La sociedad de la información está incorporada en el Real Decreto y los horarios que operan para los medios convencionales operarán también para internet», afirmó.

A los efectos de facilitar el funcionamiento de los mecanismos de control parental, toda la publicidad del juego deberá incorporar un identificador que habilite su categorización relativa a juegos de azar.

El Real Decreto garantiza que no haya sobreimpresiones ni ‘pops’ de juego en el contenido principal de una página web o en una aplicación sin que exista una acción previa del usuario.

En todo caso, las comunicaciones comerciales nunca bloquearán la navegación y deberán poder ser cerradas o detener su ejecución con facilidad. Por su parte, los ‘banners’ deben aparecer con un identificador que permita el control parental.

Gestión de la publicidad en redes sociales

En cuanto a la regulación de las redes sociales, habrá un mensaje gráfico íntegro sobre juego responsable cada cuatro anuncios publicados en las cuentas desde las que emiten, de forma directa, comunicaciones comerciales dirigidas a residentes en España.

También se plantea que los operadores harán uso de aquellos mecanismos habilitados por las redes sociales en línea para evitar que los menores de edad puedan seguir sus cuentas oficiales, así como cuantos otros mecanismos ofrezcan dichas redes para garantizar la protección de ese colectivo.

Por tanto, los operadores solo podrán emitir publicidad en aquellas redes sociales que tengan mecanismos de filtrado para anuncios.

Respecto a los portales web y aplicaciones móviles de juego, los operadores dispondrán de un enlace directo a información con la denominación de “juego informado” y deberá ser claramente visible en la página de inicio del portal o aplicación.

Garzón insistió en su comparecencia en que el propósito de su ministerio es que se pueda jugar en España de una forma responsable pero que a la vez «no haya perjuicios para la salud pública».

«El juego es legal» y «tenemos que buscar una forma de ocio alternativa, saludable y sin riesgos», subrayó tras añadir que «todo lo que tiene que ver con la prevención es mucho más eficaz que la sanción y la restricción«.

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