El Tribunal Supremo admite a trámite el recurso contra la inclusión de Iglesias en la Comisión del CNI
La asistencia del vicepresidente segundo del Gobierno, y líder de Podemos, Pablo Iglesias, será estudiada por el Tribunal Supremo. Foto: EP.

El Tribunal Supremo admite a trámite el recurso contra la inclusión de Iglesias en la Comisión del CNI

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28/2/2020 06:25
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Actualizado: 27/2/2020 23:34
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo admitió ayer a trámite el recurso interpuesto por VOX contra el Real Decreto 399/2020, solicitando la medida cautelar de suspensión del artículo 4, apartado 2, que atribuye la condición de miembro integrante de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia al vicepresidente segundo y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias, según informa VOX. 

A juicio de este partido, el citado Real Decreto infringe frontalmente la Ley 11/2002 por incluir a Iglesias en un órgano al que no debe tener acceso ni formar parte.

Y, en consecuencia, por darle acceso a los secretos del Estado. 

Iglesias, afirma VOX, no está habilitado para acceder a dicha información ni, desde luego, para participar en la toma de decisiones que se adopten por el citado Órgano colegiado.

«Se desconocen las razones que han podido llevar al Consejo de Ministros a considerar que el Ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030 debía acceder a la información sensible que centraliza el CNI pero, con tal previsión, ha obviado que la voluntad del Legislador fue que dicho acceso estuviera limitado a los miembros del Gobierno que determina taxativamente la Ley 11/2002, y, con carácter de invitados y de manera eventual, los titulares de aquellos otros órganos superiores y directivos de la Administración General del Estado que se estime conveniente», dice VOX en un comunicado.

De acuerdo con esta formación, si el Gobierno quiere que Iglesias tenga acceso al Centro Nacional de Inteligencia debe promover una reforma legislativa que así lo determine, modificando el artículo 6 de la Ley 11/2002.

En el ínterin, la seguridad jurídica y el respeto al ordenamiento jurídico imponen que, mediante la suspensión del Real Decreto recurrido (el artículo 4.2), no se permite acceder a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia a quien el Legislador no se lo permite.

VOX, tal como se establece en el proceso contencioso-administrativo, ha reclamado el expediente administrativo para formalizar la correspondiente demanda.

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