El confinamiento, un problema para acreditar ser inquilino vulnerable y acceder a las ayudas del Gobierno
Como consecuencia del confinamiento, las calles están desiertas, como esta de Pozuelo Estación, localidad cercana a Madrid, al oeste. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

El confinamiento, un problema para acreditar ser inquilino vulnerable y acceder a las ayudas del Gobierno

Se permite presentar una declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos ante la imposibilidad de obtener determinados documentos
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02/4/2020 06:35
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Actualizado: 02/4/2020 02:34
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El Gobierno aprobó el martes nuevas ayudas socioeconómicas para los alquileres dentro de las medidas propuestas durante el estado de alarma por el coronavirus. Estas medidas entran en vigor este jueves 2 de abril tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Se puede acoger a las ayudas aquellos inquilinos que se haya quedado en paro, los que han sufrido un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) o aquellos que hayan visto reducida su facturación debido a la crisis del coronavirus, como en el caso de los autónomos.

El principal problema que se plantea para los ciudadanos confinados en sus casas es acreditar la condición de consumidor vulnerable, ya que se piden certificados censales o acreditar que no hay ningún tipo de ingresos.

El bloqueo está llegando a Internet por su gran uso en estos días. Los sistemas que deben proporcionar esa información están dejando de funcionar y eso preocupa a los expertos. En el artículo 17 del Real Decreto-Ley se establece la posibilidad de presentar una declaración responsable si hay algún problema para presentar esa documentación.

En cuanto al aplazamiento del alquiler se ha aprobado una moratoria para que el pago se prolongue durante el estado de alarma por el coronavirus o si el inquilino mantiene una situación de vulnerabilidad con un máximo de cuatro meses.

El Gobierno señala que el pago sería automático si la vivienda proviene de un tenedor o una empresa con más de diez inmuebles. En este caso se les da la opción de rebajar el 50% del alquiler a los colectivos más vulnerables o aplazar la deuda a un máximo de tres años.

Si se trata de un propietario de una sola vivienda, el inquilino puede pedir un aplazamiento del pago del alquiler y el casero tendrá un plazo de siete días para aceptarla, cancelarla o hacerle una propuesta durante la crisis del coronavirus.

Si no hay acuerdo el inquilino puede acogerse a solicitar un microcrédito que no tendrá coste para el solicitante. Donde podrá pedir un importe de hasta seis meses del alquiler y que podrá devolverse en seis años, con una ampliación hasta los diez, debido a la crisis del coronavirus.

Para evitar que alguien se quede en la calle durante el estado de alarma por el coronavirus o que le suban el precio del alquiler, el Gobierno ha establecido una prórroga de seis meses de los contratos que estén a punto de caducar, con un período que se fija desde el comienzo del estado de alarma hasta dentro de tres meses.

La recién constituida Asociación de Propietarios de Vivienda en Alquiler (ASVAL) ha propuesto constituir una mesa de colaboración público-privada con el objetivo de involucrar a todas las partes implicadas en el alquiler para buscar soluciones estructurales y paliar los efectos de esta situación.

Esta organización recientemente constituida con el objetivo de promover el desarrollo del mercado del alquiler en España es partidaria de una colaboración activa entre el Gobierno y los representantes del sector de cara a proteger tanto a los inquilinos como a los propietarios, para dar estabilidad y promover el desarrollo del mercado del alquiler.

ASVAL ha defendido que sus asociados están «comprometidos en la ayuda a todos aquellos inquilinos en dificultades económicas«, como pone de manifiesto la aplicación por parte de la mayoría de los profesionales de medidas y programas de ayudas a los colectivos más perjudicados desde el inicio de esta crisis, a los que ahora se sumarán las medidas aprobadas por el Consejo de Ministros.

Estas medidas pasan por estudiar facilidades en el pago de las rentas de los alquileres, posibles aplazamientos en el abono de las rentas, así como estudiar caso a caso la situación de los afectados por el impacto causado por el coronavirus, con el objetivo de encontrar soluciones adecuadas a la actual situación.

Perjuicios para los grandes tenedores

Por su parte, Alejandro Fuentes-Lojo, experto en derecho inmobiliario, señala que “son medidas más equilibradas de lo que se podría pensar en un principio. No se ha impuesto el criterio directo de establecer una moratoria del pago de los alquileres, pero sí se ha establecido para grandes tenedores de viviendas. El criterio es que tengan más de diez viviendas en su poder”.

Para Fuentes-Lojo “esta medida frente a estos grandes propietarios no va acompañada de la necesaria indemnización económica del Estado. Se está obligando a hacer una quita de la renta o no cobrar en los próximos cuatro meses y establecer ese pago diferido en seis años, todo esto comporta un perjuicio del arrendador. Es un menoscabo sobre su derecho de propiedad”.

En este escenario, “no hay que cerrar la puerta a que pueda haber un aluvión de reclamaciones patrimoniales por parte de los propietarios. Si se expropia un derecho de uso, como son los frutos civiles de un inmueble habría que ofrecerles una indemnización que no se contempla en el citado RD-Ley. Veremos que dirán los tribunales ante las pérdidas de los grandes tenedores cuando salgamos de esta crisis”.

Alejandro Fuentes-Lojo, experto en derecho inmobiliario.

En cuanto a las medidas en sí “creo que técnicamente la suspensión de lanzamientos se podría haber hecho mejor. Es una suspensión del procedimiento de desahucio hasta seis meses. Estas personas si no pagan el alquiler se irán a la calle después. Ahí no se ha entrado en la resolución del contrato. Como arrendatario hay que pagar la renta. Por un solo impago te pueden desahuciar. Se tendría que haber establecido que el impago no fuera causa de resolver el contrato”.

A juicio de este jurista, “con esta suspensión de los contratos se hubiera evitado el problema de raíz. De forma transitoria el impago de la renta no será causa de rescisión del contrato pero realmente el desahucio se producirá más tarde”, aclara Fuentes-Lojo.

Apuesta porque entre propietarios y arrendatarios haya cierta flexibilidad a la hora de negociar en esta situación excepcional. “Hay que evitar también un colapso de los tribunales. Habrá que ver cómo los tribunales abordan cada caso, no es lo mismo el problema surgido hace días que quien ahora no puede pagar la renta”.

Una norma que llega tarde

Para Dionisio Moreno, abogado experto en derechos hipotecarios, “a toro pasado es muy fácil criticar esta norma. Se puede decir que llega tarde y que no cubre todas las situaciones de vulnerabilidad, pues aunque se incluyen empleados de hogar, quedan fuera colectivos que no cotizan en la Seguridad Social como muchos profesionales –abogados, procuradores, arquitectos, ingenieros, etc.- que no pueden trabajar y no cobran de su trabajo o no tendrán trabajo».

Este jurista considera “que la norma es muy compleja porque pretende cubrir muchos supuestos, pero las medidas domésticas se amplían en los supuestos de las hipotecas a los créditos, arrendamientos y suministros y en los destinatarios de la vivienda habitual a los negocios, que puede arruinar la economía al trasladar los costes de un arrendamiento o servicios a los propietarios y empresas”.

Desde su punto de vista esta norma deja la puerta abierta a ciertos cambios “de momento no conozco a nadie que en esta situación lo hayan desahuciado por no pagar la renta o le hayan cortado el suministro por no pagar la factura y creo que eso es lo que debe proporcionar la Ley: tranquilidad y seguridad para los más vulnerables”.

«En nuestra mano está utilizarla con responsabilidad, sin abusos y pensando que nuestra situación, que pudiera no estar contemplada, sea conocida y obtenga una respuesta a través de las interpretaciones legislativas que se han ido haciendo con otras para desahogo de los juzgados y agilidad de su aplicación” apunta Moreno.

Dionisio Moreno, abogado experto en derechos hipotecarios.

A su juicio “sin duda hay casos que pueden quedar fuera. Quizá deban arbitrarse canales para que esos supuestos olvidados, no queden abandonados. La prensa puede hacer una labor de intermediación grande por su acceso a los políticos y acceso a la generalidad. Que nadie quede fuera para no generar discriminaciones”.

Sobre la norma, Moreno subraya que las personas que acrediten necesidad (y es un colectivo muy amplio) pueden tener la tranquilidad de que no quedarán sin vivienda ni servicios y podrán destinar los recursos a comida y productos esenciales”.

Tender hacia la exoneración de rentas

Para Paco Morote, portavoz de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), estas medidas “constituyen un avance importante en relación a la situación anterior que era inexistente. No obstante sigo pensando que no se corresponde con la necesidad de la ciudadanía en estos momentos. Es más una norma planteada para el día después de la crisis sanitaria que tenemos”.

Reconoce que es «complicado» lograr la documentación que se pide aunque recuerda que se puede presentar de forma provisional una declaración responsable.

En las circunstancias actuales habría que hablar “de exoneración del pago de hipoteca, alquileres y suministros con compensación a los pequeños propietarios de las rentas que dejaran de pagar los pequeños inquilinos. Esas cantidades podrían ser pagadas por el propio Estado”.

Paco Morote, portavoz de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH).

En cuanto a los grandes propietarios de vivienda, hay algunos que manejan tanto la vivienda como el mercado del alquiler “estamos hablando de la banca, fondos buitres que compraron lotes de viviendas a precios irrisorios, algunas vienen de desahucios. Algunos de ellos podrían ver la forma de exonerar de las rentas de esos alquileres”.

Sobre las consultas que están recibiendo, “es muy importante comunicar, tanto al banco en caso de moratoria hipotecaria como al propio casero, la situación que hay y que se quieren acoger a los beneficios del RD-Ley, pero el problema que hay ahora es de tener acceso a la documentación por Internet. Ahí la declaración responsable será clave para más adelante presentar la definitiva”.

Para Morote, esto no ha hecho más que empezar, “tras la crisis sanitaria habrá que ver los efectos de la crisis económica y cuantos ERTE van a evolucionar a ERE y cuántos autónomos tendrán que cerrar su negocio. En principio la exoneración de rentas debería mantenerse en el estado de alarma más un mes posterior, sin embargo aún es pronto para saber el alcance de esta crisis económica”.

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