El Supremo rechaza obligar al Gobierno al reparto de material sanitario como pedía Abogados Cristianos

La Sala de lo Penal determina que la solicitud desborda con claridad los márgenes y objeto del proceso penal, así como la competencia de la propia Sala

6 / 04 / 2020 19:09

Actualizado el 06 / 04 / 2020 19:13

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha desestimado la medida cautelar instada por la asociación de Abogados Cristianos para obligar al Gobierno al reparto de material sanitario en determinados centros asistenciales.

En una providencia conocida hoy, la Sala argumenta que el contenido de la querella formulada no revela los presupuestos necesarios para la adopción de una medida cautelar como la instada, que el tribunal considera que desborda con claridad los márgenes y objeto de este proceso penal, así como la competencia de la propia Sala de lo Penal del Supremo.

Esta medida cautelar se reclamaba en una querella que esta asociación presentó hace unos días contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, los vicepresidentes Pablo Iglesias y Carmen Calvo, los ministros de Defensa, Margarita Robles; Interior, Fernando Grande-Marlaska; Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos; Sanidad, Salvador Illa e Igualdad, Irene Montero. Así como, contra el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón.

La asociación, presidida por Polonia Castellanos, presentó esta querella contra el Gobierno por los delitos de omisión del deber de socorro y prevaricación en la gestión de la crisis del coronavirus.

Culpa al Ejecutivo de Pedro Sánchez, entre otras cosas, de “no tomar medidas pese a estar informado de la letalidad del virus y a que la OMS ya había indicado en enero la necesidad de adquirir test”.

Una vez resuelta la petición de medida cautelar, ahora el Supremo seguirá los pasos para decidir en su momento si procede admitir a trámite o no la querella.

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