La AN desestima la medida cautelar para facilitar equipos de protección y test a guardias civiles
Afea a la AEGC que pida EPI y test de forma “indiscriminada” para los guardias civiles; dice que ante una situación de "notoria escasez", hay que hacer un "uso racional" para "garantizar la salud colectiva". Foto: EP

La AN desestima la medida cautelar para facilitar equipos de protección y test a guardias civiles

También la solicitada por ASP para que se realicen de forma urgente test a los funcionarios de la Policía Nacional
|
15/4/2020 16:13
|
Actualizado: 15/4/2020 16:13
|

La Audiencia Nacional (AN) ha desestimado la medida cautelar solicitada por la Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC) para que en el plazo de 24 horas la Dirección General del Instituto Armado entregue los equipos de protección y realice las pruebas de detección del coronavirus a los agentes que se encuentren prestando servicio activo de protección de la seguridad y los cometidos asignados a este cuerpo en su territorio competencial.

La AN considera que ante una situación de «notoria escasez» de estos elementos hay que hacer un «uso racional» de los mismos con el objetivo de «garantizar la salud colectiva».

La AEGC exponía que el Ministerio de Sanidad, como autoridad competente delegada, ha establecido una serie de medidas y protocolos de prevención para evitar el contagio «consistentes en la entrega de equipos de protección individual, soluciones alcohólicas y que se practiquen los test de detección a los profesionales que pudieran estar contagiados de la enfermedad, con el fin de evitar un grave riesgo para la salud de quienes prestan sus servicios en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de cuantos ciudadanos acudan a las mismas o puedan tener contacto».

Añadía que estas medidas «están siendo omitidas» por la Dirección General de la Guardia Civil, «siendo escasos» los Equipos de Protección Individual (EPIS) «de los que se disponen y siempre para situaciones concretas, teniendo que dar cuenta al mando de su utilización, habiéndose dado el caso de que los propios guardias han tenido que concertar un bote colectivo para comprar desinfectantes para limpiar sus zonas de servicio».

También denunciaba que «no se están realizando los test de detección a los agentes que puedan encontrarse contagiados, por haber tenido contacto con agentes que desgraciadamente han fallecido, que se encuentran gravemente enfermos o que han podido tener contacto con lugares o personas que están infectadas».

‘GRAVES ASEVERACIONES’ QUE ‘QUEDAN PRÁCTICAMENTE DESVIRTUADAS’ POR LA DOCUMENTACIÓN ENTREGADA POR LA ABOGACÍA DEL ESTADO

En un auto fechado a 13 de abril, el tribunal de la Sala de lo Social destaca la ausencia de acreditación alguna, si quiera indiciaria por parte de la AEGC de las «graves de aseveraciones» que se contienen «de forma genérica» en el escrito, que, por otro lado, considera que quedan «prácticamente desvirtuadas» por la documentación entregada por la Abogacía del Estado en sus alegaciones.

El tribunal explica que según dicha documentación, se acredita que desde finales de enero la Dirección General de la Guardia Civil está desarrollando una actividad preventiva, encaminada a evaluar los riesgos de la diferentes unidades en atención a los riesgos que se expone en cada una de ellas, así como las gestiones necesarias para el acopio de recursos preventivos en una situación mundial de desabastecimiento para paliar los riesgos de exposición al Covid 19, «habiendo dado cumplida cuenta del material que se dispone y de los criterios adoptados para su uso».

En esta situación, entiende que «difícilmente puede apreciarse la actitud de inobservancia de la normativa en materia de seguridad y salud laboral» que, «de forma un tanto gratuita» imputa la AEGC a la Dirección General del Instituto Armado.

Además, los magistrados señalan que la medida solicitada respecto a la entrega de los EPIs y la realización de los test de forma indiscriminada a todos los agentes que se encuentren en servicio activo de protección de la seguridad, «lejos de mitigar el riesgo de retardo, lo acrecienta».

A juicio del tribunal, pone «en peligro un bien jurídico superior y trascendente al que se pretende proteger con la futura demanda», como es «la salud pública de la sociedad en su conjunto».

Añade que en efecto, ante una situación de notoria y conocida escasez de recurso preventivos y de test diagnósticos eficaces para la detección del Covid-19, producida por el alcance mundial de los contagios producidos por el patógeno vírico, «la pretensión de la parte, amén de trascender las competencias de la DGGC (…) pone en peligro el uso racional que de los mismos debe efectuar por la propia DGGC de los recursos disponibles con relación a s plantilla – y atención a las particularidades de cada una de las actuaciones que se le encomienda para cada caso concreto-, así como las prioridades que al respecto puedan efectuarse por las autoridades sanitarias, en orden a la práctica de los test, para garantizar la salud colectiva».

Este auto lo firman los magistrados Emilia Ruiz-Jarabo Quemada (presidenta), Carolina San Martín Mazzucconi y Ramón Gallo Llanos, que ha sido el ponente.

Contra esta resolución cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días siguientes a su notificación, ante esta Sala.

En otro auto, con fecha de hoy, el tribunal también rechaza la medida cautelar solicitada por el Sindicato Alternativa Sindical de Policía para que se realicen de forma urgente test de detección rápida a los funcionarios de la Policía Nacional.

Respecto a su petición de que dicha medida se extienda al resto de cuerpos policiales y a la Guardia Civil, los magistrados estiman la falta de legitimación del sindicato para la ampliación de dicha medida al resto de miembros de las Fuerzas de Seguridad.

Contra esta resolución también cabe recurso de reposición.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales