Firmas
En defensa del estado de alarma
04/5/2020 06:35
|
Actualizado: 04/5/2020 03:10
|
Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, ha pedido al Congreso de Diputados una nueva prórroga del estado de alarma. La cuarta. Y corre peligro de ser rechazada, según manifestaciones de dirigentes de la oposición, cuyo apoyo es necesario ante el insuficiente número de escaños de que dispone el Ejecutivo.
¿Tiene justificación esta posible negativa de los grupos políticos que hasta ahora la han aprobado?
Examinaremos el tema desde el punto de vista jurídico y político.
Desde el punto de vista jurídico, algunos juristas, incluso desde estas páginas de Confilegal, han cuestionado la legalidad del estado de alarma, llegando, incluso, a hablar de derecho penal del enemigo. Considerando así a los ciudadanos. Que son, precisamente, quienes democráticamente han votado al actual Gobierno.
Sin comentarios.
No es un estado de excepción
Se dice por algunos que el estado de alarma implica, de hecho, un estado de excepción.
Incluso que va más allá del artículo 55 de la Constitución, que solo permite suspender los derechos de libertad y seguridad, inviolabilidad del domicilio, secreto de las comunicaciones, libertad de circulación y residencia, de expresión, reunión y manifestación y huelga, cuando se acuerde el estado de excepción o de sitio.
Lo que no se ha efectuado.
Se alude concretamente a que el estado de alarma ha paralizado la actividad jurisdiccional, salvo excepciones.
Ha impuesto confinamiento y prohibición de la libertad de circulación, libertad ahora ampliada en las llamadas fases de desconfinamiento, e incluso de vulneración de la protección de datos por la orden SND 297/2020.
Pienso que en el artículo 11 de la Ley Orgánica de los estados de alarma, excepción y sitio tienen fundamento las limitaciones establecidas en la declaración del estado de alarma, pues, aunque este artículo no habla de limitaciones generalizadas, tampoco la excluye.
De los casos particulares se puede llegar a la generalización, si estos se extienden a todos, lo que es el caso actual ante los daños producidos por la pandemia del coronavirus.
De ahí que se precise limitar, no excluir del todo, actividades como la jurisdiccional por la seguridad de sus operadores y usuarios, el confinamiento ya suavizado y la limitación de circulación. E, incluso, un cierto control de movimientos cuando sea necesario a través de la geolocalización.
Hay pues razones que avalan la legalidad del estado de alarma, propuesta por el Gobierno y aprobada hasta ahora por el Congreso.
Base legal y fáctica ante la situación de grave peligro general sanitario.
Razones políticas de oposición a la petición de prórroga del estado de alarma
Se basan de un lado en motivos de defensa de competencias autonómicas que se pueden entender razonables si implican meramente petición de delegación parcial de aspectos de la regulación de la normalización, pero no si implican desconexión de la necesaria e ineludible coordinación general que solo corresponde al Gobierno del Estado frente al coronavirus.
No podemos olvidar que este es el problema general para todos, que no parcelable, pues cualquier medida de un territorio repercute ineludiblemente en los demás y eso es así a nivel mundial, lo que ha llevado al cierre de fronteras.
Otros motivos políticos de oposición es que algunos alegan que no se les consulta antes de tomar las propuestas.
Esto tal y como a veces se dice suena a mero pataleo político, que no puede afectar a la salud de todos, sin perjuicio de reclamar al Gobierno la máxima empatía con la oposición.
Su modo de actuar, es cierto, es manifiestamente mejorable. Así como su política de comunicación.
De otro lado, hace falta que la oposición haga públicas propuestas concretas, y no solo reproches negativos, en lo que sea necesario.
Lo cierto es que el tema es dificilísimo.
En lenguaje vulgar, un «marrón». Gobierne quien gobierne. Con múltiples facetas sanitarias y socio económicas. Con exigencia de ayuda ineludible a los más necesitados. Con solidaridad de todos y más aportación de quienes más tienen. Incluso por exigencia legal, cuando sea necesario .
Es hora de navegar juntos. No hay otra posibilidad para salir adelante.
La dirección se quiera o no corresponde al Gobierno del Estado, eso sí, escuchando las quejas y propuestas razonables que se le hagan por la oposición, los grupos socio-económicos y los medios de comunicación.
Otras Columnas por Manuel Álvarez de Mon Soto: