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En síntesis, cómo queda la cosa tras la aprobación del Real Decreto-ley: Vuelven los plazos

En síntesis, cómo queda la cosa tras la aprobación del Real Decreto-ley: Vuelven los plazos
En la foto el autor de la columna, Eduardo Ranz, director de ERA Abogados.
14/5/2020 06:30
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Actualizado: 13/5/2020 23:31
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El Congreso de los Diputados convalidó ayer el Real Decreto-ley contra el colapso de Justicia, con el voto a favor de PSOE, Unidas Podemos, PNV, ERC, y Partido Regionalista Cántabro; en contra, Partido Popular, Ciudadanos, CUP, Junts per Catalunya y Vox.

En términos numéricos, 178 votos a favor, 161 en contra y 10 abstenciones.

Contexto

Contextualizando, por Resolución del 12 de marzo del secretario de Estado de Justicia, Pablo Zapatero, entre otras cuestiones, quedaban en suspenso los plazos procesales.

El sábado 9 de mayo se publicó en el Boletín Oficial del Estado, la Orden Ministerial de Justicia, del titular de la cartera, Juan Carlos Campo, por la cual se acuerda el plan de desescalada de la Administración de Justicia, conforme a cuatro fases.

La primera comienza el martes 12 de mayo y supondrá que entre el 30 y el 40 % del personal funcionario se reincorporará, por turnos de mañana y tarde, a su centro de trabajo.

Este porcentaje irá en aumento, siendo la meta y cuarta fase, la primera semana de junio y la reincorporación del 100 % del personal del órgano judicial y de la fiscalía.

En cuanto a protección de abogados, colegios profesionales como el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, pondrá a disposición de los abogados y abogadas del turno, protectores faciales, en la semana de guardia, e igualmente la nombra prevé la exención del uso de la toga.

Plazos

La vuelta a la normalidad, supone, además de la reincorporación del personal, la reactivación de los plazos procesales, los cuales, si todo va como debería podrían retomarse tras casi tres meses en suspenso, en la primera semana de junio, o incluso el 25 de mayo, por ser el primer día hábil tras la última ampliación del estado de alarma al 24 de mayo.

Vacaciones

Ante la incertidumbre previa del mes de agosto, como hábil o inhábil, tras el desacuerdo de un sector importante de la justicia como fiscales, abogados o procuradores, se considerará hábil del 11 al 31 de agosto de 2020.

Siglo XXI

Todas las fases son referencias preventivas, en las que se mantendrá la distancia social, se deberá pedir cita para consultas en el juzgado, y se prevén usos informáticos, pero sin especificar en qué tipo de pleitos.

Si algo hemos aprendido durante la pandemia es que, desde nuestro confinamiento, las nuevas tecnologías ayudan a realizar según que comunicaciones.

Pongo un ejemplo y termino, un problema que consumidores, abogados, procuradores y funcionarios de justicia no hemos olvidado, es el colapso de los juzgados por los pleitos de cláusulas suelo o gastos de hipoteca, que en estos años, no nos engañemos, se han celebrado prácticamente como una coreografía delante del juez, y desde luego nada impediría que se pudieran celebrar telemáticamente, agilizando la acción de justicia y eliminando riesgos de contagio.

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