La juez decana de Madrid da instrucciones, en un acuerdo gubernativo, sobre cómo deben celebrarse los juicios tras el estado de alarma
Sobre estas líneas, María Jesús del Barco, juez decana de los Juzgados de Madrid, autora de este acuerdo. Foto: ICAM.

La juez decana de Madrid da instrucciones, en un acuerdo gubernativo, sobre cómo deben celebrarse los juicios tras el estado de alarma

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21/5/2020 02:00
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Actualizado: 21/5/2020 09:14
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María Jesús del Barco, juez decana de los Juzgados de Madrid, ha distribuido un acuerdo gubernativo –el 232/2020 de 18 de mayo– entre los jueces y magistrados del partido judicial de la capital de España en el que da recomendaciones claras sobre cómo celebrar juicios una vez que llegue a su fin el estado de alarma, con el objetivo de minimizar al máximo los riesgos de contagio.

Son las siguientes:

SEÑALAR Y CELEBRAR SÓLO AQUELLAS ACTUACIONES QUE SEAN URGENTES E INAPLAZABLES 

Con carácter general, se recomienda la celebración de actos procesales preferentemente mediante la presencia telemática de los intervinientes para garantizar la protección de la salud de las personas y minimizar el riesgo de contagio.

Durante las dos primeras semanas posteriores al fin del estado de alarma, sería recomendable señalar y celebrar solo aquellas actuaciones que tengan el carácter de urgente e inaplazable y priorizando siempre la utilización de medios telemáticos.

DISTANCIAR LA HORA DE LOS DIFERENTES SEÑALAMIENTOS 

Debe hacerse a lo largo de la jornada de modo que, finalizada la declaración, vista o juicio, no coincidan en un mismo espacio, –sea en la puerta del juzgado o en la proximidad de las salas de vistas–, los citados a un acto procesal cuando finalice éste y los del siguiente señalamiento.

Un intervalo de 15 minutos entre el tiempo estimado para la celebración de un acto procesal y el señalamiento del siguiente podría evitar esa coincidencia.

DAR PRIORIDAD A LOS SEÑALAMIENTOS EN LOS QUE SOLO ACTÚEN PROFESIONALES 

Durante las primeras semanas dar prioridad a aquellos señalamientos en los que sólo es precisa la intervención de los profesionales, sin necesidad de que acudan la parte, testigos o peritos. 

Señalar preferentemente aquellas vistas en las que se ha declarado la rebeldía del demandado.

EXCUSAR DE PERMANECER EN SALA A PARTES, TESTIGOS O PERITOS 

En aquellos actos procesales en los que es precisa la intervención de las partes, testigos o peritos, excusarles de permanecer en la sala o en el edificio judicial una vez que haya finalizado aquella intervención.

PROCURAR NO CITAR A LAS PARTES, TESTIGOS O PERITOS A LA MISMA HORA 

Cuando se cite para la celebración de un juicio en el que esté prevista la práctica del interrogatorio de las partes, testigos o peritos en un elevado número, procurar no citar a todos a la misma hora sino hacer un cálculo previo y aproximado del tiempo estimado que durará la declaración de cada uno para citarles en diferentes horas.

ATENCIÓN AL PÚBLICO POR VÍA TELEFÓNICA 

Establecer un sistema de atención al público por vía telefónica o a través del correo electrónico habilitado a tal efecto, para que la atención presencial se limite a los supuestos estrictamente necesarios y únicamente mediante cita previa.

ESTABLECER HORARIOS QUE IMPIDAN LA INDEBIDA AGLOMERACIÓN DE PERSONAS 

La juez decana también  recomienda que en la programación de la agenda se establezcan unos horarios que impidan la indebida aglomeración de personas en los vestíbulos y se utilicen, en la medida de lo posible, los medios telemáticos que permitan que aquellos juicios en los que, -el acusado o los testigos- se encuentren en un centro penitenciario se evite su traslado a los calabozos del edificio y el trasiego por sus dependencias.

SOLO ACCEDERÁN A LOS EDIFICIOS JUDICIALES LOS PARTICULARES CITADOS PARA COMPARECER ANTE UN JUZGADO

Cuando la citación se haya hecho por vía telefónica el juzgado debe comunicar el nombre y la hora de la citación al servicio de seguridad del edificio mediante la remisión de un correo electrónico a la dirección …@madrid.org antes de las 15:00 horas del día hábil inmediatamente anterior.

Se ruega a los profesionales que limiten su acceso a las sedes judiciales a aquellas actuaciones que no puedan resolver por vía telefónica o por correo electrónico.

En cualquier caso, el acceso al edificio sólo se autorizará 15 minutos antes de la hora de la citación.

LAS RECOMENDACIONES DE LA JUEZ DECANA PARTEN SOBRE LA BASE LEGAL EXISTENTE

María Jesús del Barco explica en su acuerdo gubernativo que ha tenido en cuenta tanto el Real Decreto 463/2020, que estableció el estado de alarma, así como los acuerdos de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial y el Real Decreto-ley 16/2020 de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en la Administración de Justicia, sin olvidar el acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 15 de mayo.

Este documento, en su punto 32, dice que “En aras de una más eficaz utilización de las salas disponibles, para aquellos casos en los que varios órganos judiciales hayan de compartir el uso de las salas de vistas, se encomienda a los/as Jueces Decanos la asignación en cada sede por días, debiendo garantizarse en todo caso, en función de las características no solo de la sala sino del resto de las instalaciones y espacios de espera, el cumplimiento de las medidas generales de seguridad y prevención«.

«Deberán tenerse en cuenta en cualquier caso factores como la duración de las vistas, su necesaria distancia temporal, el número de asistentes, el aforo de la sede, y se deberá cuidar de la limpieza recomendada de las salas tras cada uso», añade.

SON SEDES JUDICIALES CON UNA GRAN AFLUENCIA DE PERSONAS 

Las sedes judiciales de Madrid presentan una gran afluencia de personas a diario. Al de Plaza de Castilla, por ejemplo, acceden diariamente 4.500 personas; el de Poeta Joan Maragall, 66, 3.500; el de la calle Princesa, 3, donde están los juzgados de lo social, entre 3000 y 3.500; el núcleo penal de las calles Julián Camarillo, Albarracín e Institución Libre de Enseñanza, cerca de 4000 personas, como el Registro Civil de la calle Pradillo.

De la información remitida por la Jefatura del Área Prevención Riesgos Laborales de la Dirección General Infraestructuras Judiciales resulta que, por ejemplo, el aforo de edificios como el mencionado, de Plaza de Castilla, no podría exceder de 1164 personas, el de los Juzgados de lo Social de Princesa, 3, de 680 personas o los juzgados de Albarracín, 31 de 467 personas y ello a los efectos de poder mantener la distancia interpersonal de 2 m.

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