CGPJ: Los servicios declarados esenciales seguirán tramitándose de modo preferente después del 4 de junio
De no situarse en un plano análogo, en cuanto a su tramitación, se produciría el indeseable efecto de que estos asuntos esenciales se verían pospuestos. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

CGPJ: Los servicios declarados esenciales seguirán tramitándose de modo preferente después del 4 de junio

|
24/5/2020 06:39
|
Actualizado: 24/5/2020 00:08
|

De un modo telemático, como viene siendo habitual desde la declaración del estado de alarma, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, acordó ayer que los servicios declarados esenciales desde el 14 de marzo seguirán situándose «en un plano análogo» al de las actuaciones declaradas preferentes y urgentes por las leyes procesales una vez que se produzca el alzamiento de los plazos procesales, el próximo 4 de junio.

Una situación que se prolongará hasta el restablecimiento de la plena normalidad de la Administración de Justicia, que el Ministerio fijó a primeros de septiembre.

“El alzamiento de la suspensión de los plazos procesales habrá de operar sobre una situación en la que los órganos judiciales no dispondrán de la totalidad de sus medios personales, por razón de las necesidades derivadas de las medidas sanitarias y de seguridad que deben mantenerse durante la prórroga del estado de alarma, e incluso después de su finalización –sin que se descarten ulteriores prórrogas-, de acuerdo con las disposiciones de las autoridades sanitarias», señala el órgano de gobierno de los jueces.

«Por lo tanto, permanecen, aun después del alzamiento de la suspensión de los plazos procesales, aunque de forma más limitada y en menor medida, las razones que llevaron a exceptuar de la regla de suspensión a las actuaciones consideradas esenciales”, añade.

La Comisión Permanente explicó que, de no situarse en un plano análogo, en cuanto a la tramitación de unas y otras actuaciones, “se produciría el indeseable efecto de que, por virtud del elevado número de asuntos que habrán de reanudarse y/o tramitarse tras el alzamiento de la suspensión, estos asuntos esenciales se verían indefectiblemente pospuestos en el tiempo, más allá del que ordinariamente llevaría su despacho, tramitación y resolución”.

Por ello se dispone que a los efectos de la aplicación de los planes de reanudación de la actividad judicial que lleven a cabo las Salas de Gobierno de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia, según los criterios generales aprobados por la Comisión Permanente el pasado 11 de mayo, “se tendrán en cuenta, junto con las actuaciones declaradas preferentes y urgentes por las leyes procesales, las actuaciones consideradas esenciales” en los distintos acuerdos dictados al efecto por este órgano del CGPJ entre los pasados días 13 de marzo y 11 de mayo y en el Real Decreto 463/2020, por el que se declaró el estado de alarma.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Mundo Judicial